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Acuerdo 17 de 1930 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/08/1930
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/1930
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 17 DE 1930

(Agosto 27)

Por el cual se exime al Teatro Municipal del impuesto sobre espectáculos.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

En uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Distrital 56 de 1931

ACUERDA:

ARTICULO 1. A partir del primero de mayo del presente año, el Teatro Municipal de Bogotá quedará exento del impuesto sobre espectáculos públicos.

PARAGRAFO. Se exceptúa expresamente de la exención el impuesto de pobres.

ARTICULO 2. Este Acuerdo regirá desde el día de su sanción.

Dado en Bogotá, a veintitrés de agosto de mil novecientos treinta.

El Presidente, CARLOS LOZANO Y LOZANO

– El Secretario, Roberto Liévano.

Alcaldía de Bogotá – Agosto 27 de 1930.

Publíquese y ejecútese.

LUIS CARLOS PAEZ

– El Secretario de Gobierno, Rafael Abello Salcedo.

Gobernación de Cundimarca – Bogotá, 30 de agosto de 1930.

Es exequible.

JUAN SAMPER SORDO

El Secretario de Gobierno, Juan Lozano y Lozano.