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Acuerdo 17 de 1926 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/06/1926
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/06/1926
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 17 DE 1926

(Junio 1)

"Por el cual se reforma el reglamento del Concejo".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

en uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Distrital 33 de 1934 , Ver el Acuerdo Distrital 95 de 2003 arts. 41 y 44

ACUERDA:

ARTICULO UNICO. Desde la sanción del presente acuerdo, el Secretario del Concejo tiene la obligación de presentar impresa el acta de la sesión anterior a cada uno de los miembros de la corporación, quienes harán las observaciones en el momento en que la presidencia la someta a su consideración.

PARAGRAFO. Queda en estos términos reformada la parte pertinente del acuerdo número 39 de 1925.

Dado en Bogotá, a primero de junio de mil novecientos veintiséis.

El Presidente del Concejo, EDUARDO BRICEÑO

- El Secretario, Ignacio Castro

Alcaldía de Bogotá – Junio 7 de 1926.

Publíquese y ejecútese.

JOSE POSADA TAVERA

– Luis Francisco García, Secretario

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, junio 8 de 1926.

Es exequible.

SALVADOR FRANCO

– El Secretario de gobierno, Alejandro Osorio G.