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Resolución 15 de 2003 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos

Fecha de Expedición:
18/09/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/09/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2951 de septiembre 22 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCIÓN 015 DE 2003

(Septiembre 18)

"Por la cual se especifica la información a cargo de las Curadurías Urbanas, en relación con la expedición de las licencias de urbanización y/o construcción y reconocimiento de construcción en la jurisdicción de Bogotá, D.C."

LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 1o y 51 del Decreto Distrital número 807 de 17 de diciembre de 1993.

Ver el art. 51, Decreto Distrital 807 de 1993 , Ver el art. 51, Decreto Distrital 807 de 1993 , Ver el art. 29, Decreto Nacional 1052 de 1998

RESUELVE:

Artículo 1º. Sujetos obligados a suministrar información. Las Curadurías Urbanas de Bogotá D.C., deberán suministrar la información solicitada en la presente Resolución, con relación a las licencias de urbanismo y/o construcción y sus diferentes modalidades, al igual que el reconocimiento que de ellas se hagan en la jurisdicción de Bogotá D.C.

Artículo 2º. Contenido de la información.

La información solicitada mediante la presente Resolución, deberá contener la siguiente información relacionada con la expedición de las licencias para construcciones nuevas y sus modalidades de ampliación, adecuación y modificación; las licencias de urbanismo en todas sus modalidades, así como el reconocimiento de obras o construcciones, acaecidos en el año gravable 2003 en la jurisdicción de Bogotá:

DE LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA

No. Radicación de la solicitud

 

Licencia Número

 

Fecha de Expedición

 

Fecha notificación Personal

 

Fecha notificación por Edicto

 

Modalidad de licencia:

 

1. Nueva

 

2. Adecuación y Reparación

 

3. Ampliación

 

4. Modificación

 

5. Reconocimiento

 

6. Urbanización de terrenos

 

7. Otra

INFORMACIÓN DEL PREDIO OBJETO DE LICENCIA

Dirección

CHIP

Matrícula Inmobiliaria

Estrato

Dirección

CHIP

Matrícula Inmobiliaria

Estrato

Dirección

CHIP

Matrícula Inmobiliaria

Estrato

INFORMACIÓN DEL TITULAR

Nombre o Razón social

Identificación

Nombre o Razón social

Identificación

Nombre o Razón social

Identificación

Dirección de correspondencia

 

INFORMACIÓN DE LA OBRA O CONSTRUCCIÓN

USO

AREA(M2)

NUMERO DE UNIDADES

Vivienda

 

 

Comercial

 

 

Oficinas o Servicios

 

 

Institucional

 

 

Industrial

 

 

Estacionamientos visitantes

 

 

Estacionamientos Privados

 

 

Áreas comunes

 

 

Otras áreas

 

 

Total

 

 

DEL IMPUESTO DE DELINEACIÓN URBANA

Fecha de presentación

Número de Sticker Bancario o Número de Formulario

DE LAS CIFRAS DE CONTROL

Número total de licencias expedidas:

Número total de licencias expedidas para vivienda de interés social:

Artículo 3º. Características, especificaciones y organización del medio Magnético a utilizar. La información deberá ser presentada en archivo tipo .XLS (hoja de cálculo EXEL) teniendo en cuenta las siguientes características:

- Tipo de Medio: Diskette de 3(1/4) o CD-ROM.

Especificaciones:

1. Los datos que involucren fechas deben presentarse en formato año, mes, día (AAAAMMDD). (Ocho caracteres numéricos).

2. Los datos que involucren áreas de construcción deben escribirse con 2 cifras decimales. (Ej: 87.50 M2).

3. Los datos que involucren direcciones, no deben estar separados por puntos, guiones o comas. Se deben utilizar abreviaturas. (Ejemplo1 : KR 30 24 90 P1 ejemplo2: AK 15 123 30 LC 315.)

4. El número de identificación o NIT del titular de la licencia, no debe estar separado por puntos, guiones, comas, underscore, no deben contener el dígito de verificación y debe estar justificado a la Derecha.

5. Los campos numéricos en los cuales no se registre ningún trámite se deben diligenciar con 0 (cero).

6. Los campos correspondientes al sticker bancario y al número de formulario no deben estar separados por puntos, guiones, comas, underscore, y debe estar justificados a la derecha. De todas formas se deberá informar al menos uno de los campos.

Artículo 4º. Entrega de los medios magnéticos. Los medios magnéticos deberán entregarse junto con el formato DDI 001 contenido en el anexo No 1 de la presente Resolución, en original y copia debidamente diligenciados y firmados por el curador urbano que suministra la información. De igual manera, se deberá adherir a los mismos, un rótulo de identificación que contenga como mínimo los siguientes datos: el año gravable al que corresponda la información, el NIT, la clase de medio magnético (disquete o CD-ROM), la fecha de generación de la información y el tipo de archivo.

En todo caso, la información suministrada deberá adaptarse a las especificaciones técnicas descritas en el artículo 3 (tercero) y al diseño de registro contenido en el anexo No 2 de la presente Resolución.

Artículo 5º. Plazo para presentar la información. La entrega de la información a la que se refiere la presente Resolución deberá surtirse el último día hábil del mes de marzo de 2004.

Artículo 6º. Sitios de presentación de la información. La información a que se refiere la presente Resolución deberá radicarse en las ventanillas habilitadas para recibir correspondencia en el Centro Administrativo Distrital ubicado en la carrera 30 No. 24-90, piso 1.

Artículo 7º. Sanción por no informar. Las personas y entidades señaladas en la presente resolución, que no suministren la información solicitada dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, incurrirán en las sanciones establecidas en el artículo 69 del Decreto 807 de 1993.

Artículo 8. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, a los 18 días del mes de Septiembre de 2003

MARIA CAMILA URIBE

Directora Distrital de Impuestos

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2951 de Septiembre 22 de 2003.

Los anexos referidos, pueden consultarse en las oficinas de la entidad que expide la presente resolución.

Ver la Resolución de la Dirección Distrital de Impuestos 14 de 2003