Documento:  Decreto 318 de 2006 Alcalde Mayor
Temas del Documento: (2)
Tema: POT BOGOTÁ D.C. 
Sub-Tema: Planes Maestros

Adopta el Plan Maestro de Equipamientos de Salud para Bogotá D.C., cuyo ámbito de aplicación será el Distrito Capital tanto en su territorio urbano como rural y el cual tendrá un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2019, y para tales efectos, se considera el corto plazo desde la fecha de publicación de este Decreto hasta el 2008; como el mediano plazo, hasta el 2012; y como largo plazo, hasta el 2019. Señala que todas las acciones que se desarrollen en cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Decreto deberán atenerse a las previsiones del Plan de Ordenamiento Territorial y en especial, a las relacionadas con: la estructura ecológica principal y su integración con la estructura regional y de servicios, incluidos los sistemas generales de servicios públicos y equipamientos; el sistema de espacios públicos construidos, el sistema de movilidad; y la estructura socioeconómica y espacial de que trata el Artículo 23 del Decreto Distrital 190 de 2004.


Tema: SISTEMA DISTRITAL DE SALUD 
Sub-Tema: Plan Maestro Bogotá D.C.

Adopta el Plan Maestro de Equipamientos de Salud para Bogotá D.C., cuyo ámbito de aplicación será el Distrito Capital tanto en su territorio urbano como rural y el cual tendrá un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2019, y para tales efectos, se considera el corto plazo desde la fecha de publicación de este Decreto hasta el 2008; como el mediano plazo, hasta el 2012; y como largo plazo, hasta el 2019. Señala que todas las acciones que se desarrollen en cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Decreto deberán atenerse a las previsiones del Plan de Ordenamiento Territorial y en especial, a las relacionadas con: la estructura ecológica principal y su integración con la estructura regional y de servicios, incluidos los sistemas generales de servicios públicos y equipamientos; el sistema de espacios públicos construidos, el sistema de movilidad; y la estructura socioeconómica y espacial de que trata el Artículo 23 del Decreto Distrital 190 de 2004.