Documento:  Ley 715 de 2001 Congreso de la República de Colombia
Temas del Documento: (14)
Tema: ENTIDADES TERRITORIALES 
Sub-Tema: Fondos de Salud

Establece que las entidades territoriales, para la administración y manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones y de todos los demás recursos destinados al sector salud, deberán organizar un fondo departamental, distrital o municipal de salud, según el caso, que se manejará como una cuenta especial de su presupuesto, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente, al que se girarán todas las rentas nacionales cedidas o transferidas con destinación específica para salud, los recursos libremente asignados para la salud por el ente territorial, la totalidad de los recursos recaudados en el ente territorial respectivo que tengan esta destinación, los recursos provenientes de cofinanciación destinados a salud, y en general los destinados a salud, que deban ser ejecutados por la entidad territorial. Art. 57.

Tema: ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS 
Sub-Tema: Fondos de Servicios Educativos

Creación, art. 11. Definición, art. 12. Proceso de contratación, art. 13. Manejo presupuestal, art. 14.

Tema: ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS 
Sub-Tema: Programa de Alimentación Escolar (PAE)

Establece los porcentajes que se destinarán a los distritos y municipios para programas de alimentación escolar. Arts 2 y 76.

Tema: FONDOS NACIONALES 
Sub-Tema: Fondo del Pasivo Prestacional para el Sector Salud

Suprime el Fondo del Pasivo Prestacional para el Sector Salud, y señala que en adelante para atender la responsabilidad financiera a cargo de la Nación para el pago de las cesantías y pensiones de las personas beneficiarias de este Fondo el Ministerio de Hacienda, se hará cargo del giro de los recursos e indica el procedimiento para ello. Art. 61 y ss.

Tema: GASTO PUBLICO SOCIAL 
Sub-Tema: Focalización Servicios Sociales

Define la focalización de los servicios sociales como el proceso mediante el cual se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable. Señala que el Conpes Social definirá cada tres años los criterios para la determinación, identificación y selección de beneficiarios, así como los criterios para la aplicación del gasto social por parte de las entidades territoriales. En todo caso, las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deberán aplicar los criterios de focalización, definidos por el Conpes Social. Art. 94.

Tema: PLAN OBLIGATORIO DE SALUD - POS 
Sub-Tema: Normas Aplicables

Contratación en la prestación de servicios, art. 51.

Tema: SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD 
Sub-Tema: Planes Bienales de Inversiones

Las secretarías de salud departamentales y distritales prepararán cada dos años un plan bienal de inversiones públicas y privadas en salud, en el cual se incluirán las destinadas a infraestructura, dotación o equipos biomédicos que el Ministerio de Salud determine que sean de control especial.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Fondos de Salud

Creación y definición, art. 57. Control y vigilancia, art. 68.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Naturaleza y Constitución

Señala la naturaleza del Sistema General de Participaciones, regula la base de cálculo, conformación del sistema, distribución de recursos; competencias nacionales y territoriales; recursos del sector educativo, distribución, transferencia y administración, recursos para el sector salud, distribución y transferencia, participación de propósito general, distribución, criterios de distribución; resguardos indígenas, apropiación territorial de recursos, programación y distribución, ajustes, seguimiento y control fiscal, evaluación de gestión, prohibición de unidad de caja, servicio de la deuda y sanciones por desviación de recursos.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Participación de Propósito General

Regula la participación de propósito general, señala competencias de la Nación y de entidades territoriales en especial en relación con el Sistema General de Participaciones, en servicios públicos, transporte, vivienda, sistema agropecuario, materia ambiental, deporte, recreación, reclusión, cultura, prevención y atención de desastres, justicia, empleo, entre otras, señala la distribución de participación de propósito general, beneficiarios, destino de recursos, criterios de distribución, giro, distribución y administración de recursos de resguardos indígenas, apropiaciones, distribución y programación, nuevos municipios, prestación de servicios, seguimiento, control y sanciones.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Planes Bienales de Inversiones

Las secretarías de salud departamentales y distritales prepararán cada dos años un plan bienal de inversiones públicas y privadas en salud, en el cual se incluirán las destinadas a infraestructura, dotación o equipos biomédicos que el Ministerio de Salud determine que sean de control especial.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Programa de Alimentación Escolar (PAE)

Establece los porcentajes que se destinarán a los distritos y municipios para programas de alimentación escolar. Arts 2 y 76.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Sector Educativo

Fija competencias de la Nación y de entes territoriales en educación, instituciones educativas, rectores y recursos, funciones, Fondos de Servicios Educativos, manejo presupuestal y contratación en estos, distribución de recursos en este sector, destilación, criterios de distribución, transferencia, administración, información, entidades territoriales certificadas, crecimiento de costos, restricciones financieras, sostenibilidad del sistema, disposiciones laborales, prestación del servicio educativos, inversión y régimen de transición en educación. Art. 5 a 41.

Tema: SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 
Sub-Tema: Sector Salud

Fija competencias de la Nación y de entes territoriales en salud, señala la forma de distribuir recursos del Sistema Generadle Participaciones para el sector, destino de éstos, financiación de población pobre, distribución de recursos, contratación de prestación de servicios, transferencia, organización y consolidación de redes, dirección y prestación de servicios en salud, registro de entidades de salud, Fondos de Salud, aportes patronales, direcciones territoriales de salud, pasivo prestacional, administración, giro de recursos, información, inspección, vigilancia y transición del sistema en salud. Art. 42 a 72.