8716 de 2008 |
PLAN DE DESARROLLO LOCAL - Elaboración, Aprobación, Ejecución y Seguimiento |
Aplicación del Acuerdo 13 de 2000 del Concejo de Bogotá, en armonía con los Decretos 739 de 1998 y 518 de 1999 expedidos por el Alcalde Mayor de Bogotá¿ A juicio de esta jefatura, no existe incompatibilidad alguna entre las normas citadas, por cuanto la primera se refiere sencillamente a la consolidación del Proyecto del Plan de Desarrollo Local, de conformidad con las atribuciones del Alcalde Local y los Encuentros Ciudadanos, mientras que la segunda se ocupa de la intervención de la UEL en fase posterior, es decir en la solicitud de contratación de cada proyecto ya elaborado y registrado y a la posibilidad de que la misma intervenga para procurar la reformulación de proyectos que no se pueden ejecutar y, a su vez, para asistir a los Encuentros Ciudadanos a fin de exponer a la comunidad sobre los proyectos que sí resultan viables.
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2008-05-30 |