Documento de Relatoría: Doctrina Distrital
 
     
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DOCTRINA DISTRITAL
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OBRA PUBLICA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
34310 de 2005  INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU - Compensaciones 
La compensación a que se refieren los decretos distritales 619 de 2000 y 296 de 2003, aplica preferentemente a los estratos 1 y 2, pero puede llegar a hacerse extensiva a los demás estratos, teniendo en cuenta criterios de vulnerabilidad, responsabilidad e igualdad. No pueden cancelarse compensaciones "con la Resolución de Suba" a las unidades sociales que resulten afectadas con la construcción de ciclo rutas y corredores de movilidad. De tal suerte que, si el Instituto adopta la decisión de pagar dichas compensaciones, el Director General del IDU, debe expedir una Resolución que autorice su pago, teniendo en cuenta específicamente los supuestos de hecho y de derecho al momento de su expedición y en consideración a los fines de las normas que autorizan dichos reconocimientos. 
2005-08-01 
4050 de 2015  VALORIZACIÓN - Por Beneficio Local 
Se resuelve el interrogante, sobre la potestad de la Administración Distrital o del Concejo Distrital, para aprobar las modificaciones a los planes de obra con códigos 108, 109, 115 y 116. Tomando como referentes a la Constitución Política y los Acuerdos Distritales 7 de 1987 ?Por el cual se adopta el Estatuto de Valorización del Distrito Especial de Bogotá? y 180 de 2005 ?Por el cual se autoriza el cobro de una Contribución de Valorización por Beneficio Local para la construcción de un Plan de obras?, concluye que la Administración Distrital no es competente para realizar modificaciones a los planes de obras contemplados en el Acuerdo Distrital 180 de 2005 bajo las 3 condiciones establecidas en el artículo 5 dado que el competente es el Concejo de Bogotá. Sin embargo, los cambios a las especificaciones técnicas de las obras si son potestativos por parte de la Administración Distrital, siempre y cuando sean sobre obras individuales, sean cambios necesarios, introduzcan especificaciones técnicas y se encuentren sustentados en estudios contratados por el IDU. 
2015-09-18 
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RECURSOS DISTRITALES - Destinación
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
5013 de 2016  INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU - Fondos 
Se resuelve una consulta acerca de la destinación de recursos por concepto de fondo e compensación de cargas urbanísticas recaudadas por el IDU. Al respecto señala la entidad que no existen parámetros claros y funcionales de administración, ordenación, destino y fines de los recursos en cuestión, por lo tanto es a la fecha resulta riesgoso e inconveniente aprovecharlos en los propósitos indicados por la Oficina Asesora de Planeación en el memorando 20162050111773. 
2016-06-21 
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SUELOS - Usos
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
9063 de 2016  SUELOS - Usos 
Se resuelve consulta acerca de la posibilidad de modificar el uso de unos predios que pudiesen tener similitudes jurídicas a otros con beneficios emanados de fallos del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Al respecto la entidad considera improcedente extender los efectos de las sentencias a quienes no fueron partes dentro de esos litigios. 
2016-06-03 
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TRIBUTARIO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
66052 de 2009  VALORIZACIÓN - Sujeto Pasivo 
¿ el sujeto pasivo de la contribución de valorización es la persona natural o jurídica que sea titular de derechos reales sobre la mencionada propiedad¿ A nivel distrital, como consecuencia del principio de representación política en materia tributaria, el Concejo de Bogotá aprueba el Acuerdo 7 de 1987, mediante el cual adopta el Estatuto de Valorización del Distrito Capital. En el artículo 92 de este Acuerdo se determina, en relación con el sujeto pasivo de la contribución de valorización, que  
2009-09-25 
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