Documento de Relatoría: Doctrina Distrital
 
     
Seleccionar un Tema

DOCTRINA DISTRITAL
null



ACCIÓN COMUNAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220192290 de 2019  JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES - Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos 
Señala las incompatibilidades e inhabilidades aplicables para aspirar a cargos de elección popular en las Juntas Administradoras Locales. 
2019-02-27 
220193263 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Precisa que la inhabilidad para ser elegido edil, de que trata el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, aplica para quien, dentro del término de 3 meses anteriores a la inscripción de la candidatura, haya ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel distrital o nacional. Es decir, que el aspirante a ser elegido edil, no podrá haber ejecutado dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura, contrato suscrito con cualquier entidad pública, cuya ejecución deba realizarse precisamente en la localidad para la cual se inscribió. Significa lo anterior, que la ejecución del contrato debe estar por fuera de los tres meses anteriores a la fecha de la inscripción de la candidatura, tal y como se advierte de la disposición legal antes enunciada, y como se ha esbozado de los apartes transcritos de las sentencias del Consejo de Estado, a efecto de evitar incurrir en la inhabilidad para ser elegido edil. Ello, por cuanto la inhabilidad no se genera por la ejecución misma del contrato, sino por el hecho de que dicha ejecución se realice en la localidad donde se inscribió como candidato a edil. 
2019-03-19 
220193263 de 2019  EDILES - Inhabilidades 
Precisa que la inhabilidad para ser elegido edil, de que trata el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, aplica para quien, dentro del término de 3 meses anteriores a la inscripción de la candidatura, haya ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel distrital o nacional. Es decir, que el aspirante a ser elegido edil, no podrá haber ejecutado dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura, contrato suscrito con cualquier entidad pública, cuya ejecución deba realizarse precisamente en la localidad para la cual se inscribió. Significa lo anterior, que la ejecución del contrato debe estar por fuera de los tres meses anteriores a la fecha de la inscripción de la candidatura, tal y como se advierte de la disposición legal antes enunciada, y como se ha esbozado de los apartes transcritos de las sentencias del Consejo de Estado, a efecto de evitar incurrir en la inhabilidad para ser elegido edil. Ello, por cuanto la inhabilidad no se genera por la ejecución misma del contrato, sino por el hecho de que dicha ejecución se realice en la localidad donde se inscribió como candidato a edil. 
2019-03-19 
220193263 de 2019  JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES - JAL - Inhabilidades 
Precisa que la inhabilidad para ser elegido edil, de que trata el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, aplica para quien, dentro del término de 3 meses anteriores a la inscripción de la candidatura, haya ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel distrital o nacional. Es decir, que el aspirante a ser elegido edil, no podrá haber ejecutado dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura, contrato suscrito con cualquier entidad pública, cuya ejecución deba realizarse precisamente en la localidad para la cual se inscribió. Significa lo anterior, que la ejecución del contrato debe estar por fuera de los tres meses anteriores a la fecha de la inscripción de la candidatura, tal y como se advierte de la disposición legal antes enunciada, y como se ha esbozado de los apartes transcritos de las sentencias del Consejo de Estado, a efecto de evitar incurrir en la inhabilidad para ser elegido edil. Ello, por cuanto la inhabilidad no se genera por la ejecución misma del contrato, sino por el hecho de que dicha ejecución se realice en la localidad donde se inscribió como candidato a edil. 
2019-03-19 
220202664 de 2020  JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL - JAC - Reglamentación 
Analiza la naturaleza jurídica de las Juntas de Acción Comunal ?JAC, así como las normas que la regulan de conformidad con lo dispuesto en la Ley 743 de 2020.  
2020-02-28 
220202664 de 2020  EDILES - Inhabilidades 
Aclara lo concerniente a una presunta inhabilidad del edil por ejercer como dignatario de una junta de acción comunal ?JAC., y por ejercer como consejero del Consejo Local de Propiedad Horizontal ?CLPH.  
2020-02-28 
220202664 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto jurídico en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto Distrital 323 de 2016, mediante el cual se estable que corresponde a la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos ?Expedir los conceptos jurídicos que sean requeridos a la Secretaría Jurídica Distrital, siempre y cuando no correspondan a otra dependencia?. 
2020-02-28 
220203847 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre las prohibiciones para los parientes de miembros de las Juntas Administradoras Locales. 
2020-03-31 
220203847 de 2020  CONTRATACIÓN ESTATAL - Prohibiciones 
Emite concepto sobre las prohibiciones para los parientes de miembros de las Juntas Administradoras Locales. 
2020-03-31 
ir al inicio


ACCIONES CONSTITUCIONALES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202219364 de 2022  ACCIÓN DE REPETICIÓN - Sujetos 
Emite concepto unificador sobre si CAPITAL SALUD EPS-S SAS puede iniciar Acciones de Repetición en contra de los trabajadores y cuáles serían las acciones procedentes para reclamar los presuntos perjuicios ocasionados por los trabajadores, la Secretaría Jurídica responde que si es posible, siempre y cuando aquellos trabajadores particulares hayan sido destinatarios del ejercicio de funciones públicas por autorización legal expresa y la acción u omisión dolosa o gravemente culposa generadora del daño, haya tenido ocurrencia en el marco de esa misma actividad; los medios de control procedentes serían el de repetición, el de controversias contractuales y el de reparación directa. los medios de control procedentes serían el de repetición, el de controversias contractuales y el de reparación directa. 
2022-09-23 
2202219364 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto unificador sobre si CAPITAL SALUD EPS-S SAS puede iniciar Acciones de Repetición en contra de los trabajadores y cuáles serían las acciones procedentes para reclamar los presuntos perjuicios ocasionados por los trabajadores, la Secretaría Jurídica responde que si es posible, siempre y cuando aquellos trabajadores particulares hayan sido destinatarios del ejercicio de funciones públicas por autorización legal expresa y la acción u omisión dolosa o gravemente culposa generadora del daño, haya tenido ocurrencia en el marco de esa misma actividad; los medios de control procedentes serían el de repetición, el de controversias contractuales y el de reparación directa. los medios de control procedentes serían el de repetición, el de controversias contractuales y el de reparación directa. 
2022-09-23 
ir al inicio


ACTIVIDAD COMERCIAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220225937 de 2022  CONTRATOS - Contrato de Fiducia Publica 
Aclara que si una entidad cuya contratación se rige por el derecho privado, suscribe un contrato de fiducia mercantil regulado por las normas del Código de Comercio, no podría ceder su posición de contratante o de fideicomitente a una entidad que no se rige en su contratación por las normas del derecho privado, sino por las normas de la Ley 80 de 1993. Por consiguiente, un establecimiento público del orden distrital, no puede constituirse como fideicomitante aportante en un contrato de fiducia mercantil en los casos en que no exista normatividad habilitante para dicho fin.  
2022-04-19 
220225937 de 2022  CONTRATOS - Fiducia Mercantil 
Aclara que los establecimientos públicos del orden distrital cuentan con competencia para celebrar encargos fiduciarios o encargos de fiducia pública conforme a la Ley 80 de 1993, no obstante, en relación a la celebración de contratos de fiducia mercantil, dichos establecimientos necesitan norma legal o reglamento habilitante para tal fin. 
2022-04-19 
220225937 de 2022  CONTRATOS - Encargo Fiduciario 
Aclara que si una entidad cuya contratación se rige por el derecho privado, suscribe un contrato de fiducia mercantil regulado por las normas del Código de Comercio, no podría ceder su posición de contratante o de fideicomitente a una entidad que no se rige en su contratación por las normas del derecho privado, sino por las normas de la Ley 80 de 1993. Por consiguiente, un establecimiento público del orden distrital, no puede constituirse como fideicomitante aportante en un contrato de fiducia mercantil en los casos en que no exista normatividad habilitante para dicho fin. 
2022-04-19 
ir al inicio


ACTOS ADMINISTRATIVOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220224696 de 2022  SANCIONES ADMINISTRATIVAS - Fundamento 
Precisa la normatividad aplicable y las tesis contempladas en la jurisprudencia del Consejo de Estado, así como aquella de mayor acogida por los consejeros, en relación a la caducidad de la potestad sancionatoria del Estado. Adicionalmente, agrega en respuesta a la solicitudes que no se puede perseguir un derecho a perpetuidad, salvo que sea considerado y establecido como espacio público el lugar en el que se construyo el inmueble, y tampoco el ordenamiento jurídico establece un término para que los ciudadanos puedan radicar las solicitudes para dar apertura a las investigaciones administrativas a que haya lugar. 
2022-03-31 
220224696 de 2022  ACTUACIONES Y DECISIONES JUDICIALES Y PROCESALES - Caducidad y Prescripción 
Precisa la normatividad aplicable y las tesis contempladas en la jurisprudencia del Consejo de Estado, así como aquella de mayor acogida por los consejeros, en relación a la caducidad de la potestad sancionatoria del Estado. Adicionalmente, agrega en respuesta a la solicitudes que no se puede perseguir un derecho a perpetuidad, salvo que sea considerado y establecido como espacio público el lugar en el que se construyo el inmueble, y tampoco el ordenamiento jurídico establece un término para que los ciudadanos puedan radicar las solicitudes para dar apertura a las investigaciones administrativas a que haya lugar. 
2022-03-31 
ir al inicio


ACUERDO DE PAGO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220227903 de 2022  INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES - Administración y Operación Plazas de Mercado 
Conceptúa sobre la suscripción de acuerdos de pago y la procedencia de adelantar el cobro persuasivo y coactivo con usuarios y comerciantes que hacen uso de un módulo en plazas de mercado y que no han regulado su relación contractual con el Instituto para la Económica Social - IPES. 
2022-05-12 
ir al inicio


ALCALDES LOCALES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
22017866 de 2017  ALCALDE/SA LOCAL - Competencia 
Los alcaldes locales tienen la facultad para ordenar el cierre temporal o definitivo de un establecimiento de comercio, cuando se den las causales para dicho cierre, tal y como ocurre para cuando una persona jurídica que se haya constituido o registrado bajo la denominación de club o centro social y que ofrezca servicios o actividades de recreación, expendio de licor, baile o cualquier tipo de espectáculo, extienda tales servicios, actividades o espectáculos a toda clase de público, trascendiendo de lo privado a lo público, por lo cual se consideran establecimientos abiertos al público, siendo de competencia de los alcaldes locales. 
2017-01-25 
220172210 de 2017  ALCALDE/SA LOCAL - Designación, Nombramiento y/o Encargo 
Precisa que: 1) Si alcalde local renuncia dentro del primer año del periodo cuatrienal de los ediles, configura como tal una falta absoluta y el Alcalde Mayor podrá solicitar a la Junta de Acción Local la elaboración de la terna correspondiente, de la cual designará al alcalde local de conformidad con el artículo 85 del Decreto Ley 1421 de 1993; 2) Si la renuncia que configura la falta absoluta del alcalde local acaece faltando un corto tiempo para la conclusión del periodo constitucional de los ediles, deberá ser analizada a la luz de los principios constitucionales de moralidad, eficacia y economía y los legales de responsabilidad, transparencia y coordinación; determinando la necesidad y/o la pertinencia de llevar a cabo el proceso de que trata el Decreto Nacional 1350 de 2005, y 3) El Alcalde Mayor con el fin de garantizar el ejercicio de las funciones a cargo de las alcaldías locales en el territorio de su jurisdicción, y ante la falta absoluta del titular del cargo de alcalde local por renuncia al empleo de quien había sido designado, y mientras que la JAL adelante el proceso para la conformación de la terna, podrá encargar a un servidor de carrera administrativa, de las funciones del cargo de alcalde local, en tanto se provee el cargo de forma definitiva, en los términos fijados por los artículos 84 y 85 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Nacional 1350 de 2005. 
 
220173283 de 2017  ALCALDE/SA LOCAL - Propiedad Horizontal 
Define el alcance de las funciones asignadas a los Alcaldes Locales, respecto de las propiedades horizontales que existan en la Localidad, aclarando que ninguna de las atribuciones asignadas corresponde a efectuar actividades de asesoría, orientación, direccionamiento, absolución o servir de órgano consultivo en el funcionar de las entidades sin ánimo de lucro surgidas del sometimiento de los edificios al régimen de propiedad horizontal. 
2019-03-27 
22019987 de 2019  ALCALDE/SA LOCAL - Funciones 
La función de las autoridades municipales y distritales es la de adelantar el registro de las personas jurídicas reguladas por la Ley 675 de 2001, y expedir las certificaciones sobre su existencia y representación legal, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 8º de la misma Ley. 
2019-01-30 
220202424 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto referente a las inhabilidades contempladas por la ley para ejercer el cargo de Alcalde local. 
2020-02-25 
220202424 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Funciones 
Emite concepto referente a las inhabilidades contempladas por la ley para ejercer el cargo de Alcalde local, de conformidad con los parámetros establecidos por el Decreto Distrital 323 de 2016 dentro del cual se establece la Estructura Organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital y se le asigna la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, la función de Expedir los conceptos jurídicos que sean requeridos a la Secretaría Jurídica Distrital, siempre y cuando no correspondan a otra dependencia 
2020-02-25 
220202424 de 2020  ESTATUTOS - Estatuto Orgánico de Bogotá D.C. 
Cita las inhabilidades para ser designado en el cargo de alcalde local, reglamentadas por los artículos 66 y 84 del Decreto Ley 1421 de 1993  
2020-02-25 
220202424 de 2020  ALCALDE/SA LOCAL - Inhabilidades 
Emite concepto referente a las inhabilidades contempladas por la ley para ejercer el cargo de Alcalde local, indicando que las inhabilidades aplicables a los aspirantes a ser designados como alcaldes locales de Bogotá, D.C., son las establecidas en el artículo 66 del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C.  
2020-02-25 
220202948 de 2020  ALCALDIAS LOCALES - Creación y Organización 
Señala que la Alcaldía Local es una dependencia de la Secretaría Distrital de Gobierno responsable de las competencias asignadas a los Alcaldes Locales. En este sentido, se ocupa de facilitar la acción del Distrito Capital en las localidades y ejecutar las funciones delegadas por el Alcalde Mayor, o desconcentradas según las disposiciones legales, en cumplimiento de los fines del Distrito Capital. 
2020-03-04 
220202948 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Señala que la Alcaldía Local es una dependencia de la Secretaría Distrital de Gobierno responsable de las competencias asignadas a los Alcaldes Locales. En este sentido, se ocupa de facilitar la acción del Distrito Capital en las localidades y ejecutar las funciones delegadas por el Alcalde Mayor, o desconcentradas según las disposiciones legales, en cumplimiento de los fines del Distrito Capital. 
2020-03-04 
220206621 de 2020  ALCALDE/SA LOCAL - Designación, Nombramiento y/o Encargo 
Conceptúa en cuanto al proceso de terna para la designación de Alcaldes Locales de Bogotá, que ser residente para efectos de ser alcalde local implica estar de asiento o establecido en una localidad, esto es, que en la misma habita o ejerce de manera permanente una profesión o un empleo, o se está personalmente al frente de un establecimiento de comercio. 
2020-06-18 
ir al inicio


APLICACIÓN NORMATIVA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202221797 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre la vigencia del Decreto Distrital 093 de 2020, donde se precisa que perdió vigencia por disposición expresa del mismo decreto, bajo la causal 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 - CPACA ?Cuando se cumpla la condición resolutoria a que se encuentre sometido el acto?, el artículo 26 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 mantuvo la vigencia del Sistema Bogotá Solidaria así como sus mecanismos de focalización, financiamiento, operación y arreglo institucional definidos en los Decretos Distritales 93 y 108 de 2020; en tal sentido, y tal como lo expresa la Secretaría Distrital de Hacienda ?(?) como el Decreto Distrital 93 de 2020 había incluido las donaciones denominadas ?aportes voluntarios? del Decreto 797 de 2018 dentro de los mecanismos de financiamiento del Sistema, se considera vigente dicha destinación? 
2022-10-01 
2202319630 de 2023  CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Normas Aplicables 
Profiere concepto sdobre la naturaleza jurídica de la multa en los contratos estatales, precisando que la multa se deriva de la facultad sancionatoria con que cuenta el Estado, en ejercicio del deber de control y vigilancia con que cuentan las entidades estatales con el fin de conminar al contratista a cumplir con sus obligaciones, por lo que son las llamadas a hacerlas efectivas, una vez hayan sido pactadas en el contrato y conforme al procedimiento contemplado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. 
2023-09-19 
ir al inicio


AUTORIDADES DE POLICÍA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202117764 de 2021  INSPECCIONES DE POLICIA - Procedimientos Policivos 
Emite concepto sobre la autorización para el movimiento de tierras. Se realizan las siguientes orientaciones en virtud del concepto: 1. El movimiento de tierras sin la autorización previa se considera una infracción en materia ambiental y puede ser susceptible de una sanción urbanística. 2. Las infracciones se encuentran en la Ley 1801 de 2016 (núm.. 2, art.135), Decreto Ley 2811 de 1974 (art.183) y Ley 1333 de 2009 (art.5). 3. Los inspectores de policía pueden conocer de estos comportamientos que atentan contra la convivencia en materia de urbanismo, y ambiente (art.206, Ley 1801 de 2016).  
2021-09-06 
ir al inicio


BIENES DE USO PUBLICO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220179323 de 2017  MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD - Ocupación 
Dado que la ocupación del predio Vereditas data del año 2012, y que el Programa de Acompañamiento Integral para Mitigación del Impacto Social derivado de las acciones de recuperación de bienes fiscales, uso público, espacio público u objeto de recuperación ecológica o preservación ambiental, se adoptó en el año 2015, a la fecha, la ocupación en ese predio suma alrededor de tres años, lo que configura una causal de exclusión que no hace viable la aplicación del Decreto Distrital 227 de 2015. Tampoco resulta viable la pretendida modificación del citado Decreto hasta tanto no se surta la revisión del caso ante la Subcomisión Intersectorial como trámite previo a la posible expedición de un acto administrativo que modifique el Decreto 227 de 2015. 
2017-08-23 
ir al inicio


BIENES MUEBLES E INMUEBLES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220181011 de 2018  ENTIDADES PÚBLICAS - Recursos Públicos 
Precisa que las entidades públicas solo pueden destinar recursos para la conservación y uso del bien, efectuando las reparaciones necesarias para permitir su uso, por cuanto en el caso de efectuar obras, mejoras o arreglos al inmueble, distintos de los requeridos para su normal uso y/o conservación, no podrá exigirle al comodante, salvo pacto expreso, el pago de tales obras efectuadas sobre el bien raíz. De otra parte, en lo atinente a los contratos de arrendamiento celebrados por las entidades públicas, en la que estas se constituyen en arrendatarias, estas últimas pueden realizar las reparaciones locativas tendientes a mantener el bien inmueble en el estado que lo hayan recibido, o ejecutar las obras para atender o corregir pequeños daños presentados en el bien raíz, que no revisten mayor gravedad y que ocurren generalmente por el transcurso del tiempo o por su deterioro natural, como consecuencia del disfrute material del bien por parte del arrendatario. 
2018-01-26 
220201208 de 2020  BIENES MUEBLES E INMUEBLES - Posesión 
Establece que la posesión es un hecho material y quien la detenta ejerce actos de señor y dueño; por ende, puede renunciar en cualquier momento a esta realidad fáctica, bien sea abandonando el inmueble o reconociendo la propiedad de su titular mediante la entrega del mismo, aspecto que no requiere de contraprestación alguna. 
2020-01-30 
220201208 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Establece que conforme lo prescribe el Acuerdo Distrital 18 de 1999, el DADEP no goza de competencia alguna para adquirir bienes inmuebles con el fin de incrementar su patrimonio, en su lugar, le compete, entre otras funciones, llevar a cabo la administración de los bienes inmuebles, así como la conformación del inventario general del patrimonio inmobiliario Distrital. 
2020-01-30 
220223135 de 2022  EXPROPIACIÓN - Inmuebles 
Solicita, se le informe sobre el proceso de adquisición del inmueble, el cual tiene afectación a reserva vial y su titularidad recae en una sociedad fiduciaria. El estado garantiza la propiedad privada y podrá haber expropiación por sentencia judicial, siempre y cuando por motivos de utilidad pública o interés social. La inversión de recursos públicos en bienes privados no es posible. Igualmente pregunta cuales son las acciones que como particular puede iniciar contra el Estado, LA la Secretaría Jurídica Distrital, le manifiesta que no está dentro de sus funciones, brindar asesoría jurídica. 
2022-03-07 
ir al inicio


BOGOTA D.C. - Entidades Centralizadas
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
22018487 de 2018  CORPORACIÓN DE ABASTOS DE BOGOTÁ S.A. -CORABASTOS- - Participación del Distrito Capital 
Confirma la participación de los diferentes sectores administrativos, en el Proyecto de Decreto de Adopción de la Operación Estratégica Centralidad Corabastos, se hace necesario que el aludido Decreto sea suscrito por todos los Secretarios de Despacho de los organismos involucrados, al considerarse dentro del mismo Decreto temáticas cuyas responsabilidades corresponden a diferentes Secretarías.  
2018-01-16 
220193589 de 2019  ACTO ADMINISTRATIVO - Legalidad 
Señala que los actos administrativos se presumen legales mientras no hayan sido anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por lo tanto son de obligatorio cumplimiento y cuando fueren suspendidos, no podrán ejecutarse hasta tanto se resuelva definitivamente sobre su legalidad o se levante dicha medida cautelar. 
2019-03-27 
220193589 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Señala que los actos administrativos se presumen legales mientras no hayan sido anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por lo tanto son de obligatorio cumplimiento y cuando fueren suspendidos, no podrán ejecutarse hasta tanto se resuelva definitivamente sobre su legalidad o se levante dicha medida cautelar. 
2019-03-27 
220193589 de 2019  FUNCION PUBLICA - Reglamentación 
Señala que los actos administrativos se presumen legales mientras no hayan sido anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por lo tanto son de obligatorio cumplimiento y cuando fueren suspendidos, no podrán ejecutarse hasta tanto se resuelva definitivamente sobre su legalidad o se levante dicha medida cautelar. 
2019-03-27 
220193589 de 2019  BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Estructura, Organización y Funcionamiento 
Señala que los actos administrativos se presumen legales mientras no hayan sido anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por lo tanto son de obligatorio cumplimiento y cuando fueren suspendidos, no podrán ejecutarse hasta tanto se resuelva definitivamente sobre su legalidad o se levante dicha medida cautelar. 
2019-03-27 
ir al inicio


CADUCIDAD
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202220995 de 2022  URBANISMO - Infracciones 
Conceptía sobre el alcance de la caducidad de la acción de control urbanistico que trata el art. 138 de la Ley 1801 de 2016, asi como de la operabilidad de las infracciones urbanisticas en obras de construcción adelantadas en terrenos aptos. 
2022-10-10 
ir al inicio


CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE CONTROL URBANISTICO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202220995 de 2022  URBANISMO - Caducidad de la acción de control urbanístico 
Conceptía sobre el alcance de la caducidad de la acción de control urbanistico que trata el art. 138 de la Ley 1801 de 2016, asi como de la operabilidad de las infracciones urbanisticas en obras de construcción adelantadas en terrenos aptos. 
2022-10-10 
ir al inicio


CARRERA ADMINISTRATIVA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220177640 de 2017  ACCESO A CARGOS PÚBLICOS - Convocatoria Pública 
Precisa para las certificaciones de experiencia laboral, la normatividad establece que cuando en estas se indique que se laboró en un tiempo inferior a ocho (8) horas diarias, el mismo se establecerá sumando las horas trabajadas y dividiendo el resultado en ocho (8).  
2017-07-10 
ir al inicio


COBRO COACTIVO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220199835 de 2019  SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA - Oficina de Cobro General 
El cobro persuasivo de las obligaciones claras, expresas y exigibles a favor del Fondos de Desarrollo Local y que estén contenidas en cualquier acto proferido con ocasión de la actividad contractual, radica en cabeza de los alcaldes locales. En tanto, el cobro coactivo y el otorgamiento de facilidades de pago de las mismas obligaciones es de competencia de la Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Oficina de Gestión de Cobro de la Subdirección de Cobro No Tributario. 
2019-07-24 
ir al inicio


COMITÉS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220172516 de 2017  COMITES DISTRITALES - Comité de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos 
Señala la vigencia del Acuerdo Distrital 4 de 1995, por el cual se conforma el Comité Distrital de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y la Unidad Coordinadora de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá. 
2017-03-06 
2201810514 de 2018  EMPLEADOS PUBLICOS - Clasificación 
Concluye que el Secretario Técnico de los Comités de Conciliación de las entidades públicas debe ser, preferiblemente un profesional del Derecho que haga parte de la planta de personal de la respectiva entidad pública, teniendo en cuenta, que las funciones del Secretario Técnico del Comité de Conciliación son eminentemente operativas y están dirigidas al normal funcionamiento del Comité (sesiones, actas, informes), razón por la cual, el desarrollo de las mismas no requiere de conocimientos especializados ni de experiencia, capacitación y formación superior a la de un funcionario de planta de la respectiva entidad con vocación para adelantar dicha función. 
2018-08-01 
2201810514 de 2018  COMITES DE CONCILIACIÓN - Secretaría Técnica 
Concluye que el Secretario Técnico de los Comités de Conciliación de las entidades públicas debe ser, preferiblemente un profesional del Derecho que haga parte de la planta de personal de la respectiva entidad pública, teniendo en cuenta, que las funciones del Secretario Técnico del Comité de Conciliación son eminentemente operativas y están dirigidas al normal funcionamiento del Comité (sesiones, actas, informes), razón por la cual, el desarrollo de las mismas no requiere de conocimientos especializados ni de experiencia, capacitación y formación superior a la de un funcionario de planta de la respectiva entidad con vocación para adelantar dicha función. 
2018-08-01 
ir al inicio


COMPETENCIA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220171863 de 2017  CÓDIGOS - Código Nacional de Policía 
En relación a la solicitud de aplicación de la excepción de incostitucionalidad a el numeral 4 y el parágrafo 3 del artículo 140 de la ley 1801 de 2016, la Dirección de Doctrina y Asuntos Normativos traslada la petición al Instituto para la Economía Social -IPES- y al DADEP por razones de competencia y para que en el marco de sus competencias evalúen la pertinencia de emitir pronunciamiento sobre la petición mencionada. 
2017-02-16 
220189093 de 2018  JURISDICCIÓN DE PAZ - Competencias 
Precisa que en el concepto 1151393 de 2012 Colpensiones consideró que: ?(?) los jueces de paz, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los centros de conciliación no tienen dentro de sus facultades y competencias la de iniciar o tramitar juicios de carácter ejecutivo, por lo que no es procedente que de tales entidades emanen declaraciones de adopción de medidas cautelares y por ende órdenes de embargo. Por lo tanto, es necesario señalar que terceros o entidades públicas, o autoridades diferentes a los Jueces de la República, no están facultados para emitir órdenes o solicitudes de embargo de dineros que estén destinados al pago de pensiones, aunque a favor de estos particulares o terceros existan créditos correspondientes a deudas de los pensionados. (?)?. Para concluir que: ?Sólo los jueces de la República de la Jurisdicción Ordinaria pueden emitir órdenes de embargo sobre mesadas pensionales.? 
2018-07-06 
220197840 de 2019  FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES - FONCEP - Competencia 
Conceptúa que el Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones - FONCEP si tiene la competencia para sustituir al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD en el pago de obligaciones pensionales de ex trabajadores del IDRD de acuerdo a la posición unánime adoptada por las entidades que son cabeza de los Sectores Hacienda y Cultura, Recreación y Deporte, con base en el artículo 2 del Decreto Distrital 339 de 2006 y Decreto 629 de 2016. 
2019-06-14 
220197840 de 2019  INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD - Competencia 
Conceptúa que el Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones - FONCEP si tiene la competencia para sustituir al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD en el pago de obligaciones pensionales de ex trabajadores del IDRD de acuerdo a la posición unánime adoptada por las entidades que son cabeza de los Sectores Hacienda y Cultura, Recreación y Deporte, con base en el artículo 2 del Decreto Distrital 339 de 2006 y Decreto 629 de 2016. 
2019-06-14 
220198050 de 2019  PROPIEDAD HORIZONTAL - Revisor Fiscal 
En respuesta a la pregunta planteada por la consultante, en nuestra opinión, todas las copropiedades de uso comercial o mixtas deben tener Revisor Fiscal y en el caso de que sean copropiedades de uso residencial, es decisión de la asamblea de propietarios si lo tienen o no. Ahora bien, el Revisor Fiscal de la copropiedad comercial o mixta no puede ser dueño de un bien privado y no puede vivir en calidad de arrendatario. Tampoco puede existir de primer a cuarto grado de consanguinidad con los miembros del consejo de administración o el administrador. Pero en el caso de las PH netamente residenciales, el Revisor Fiscal si podría ser propietario o incluso arrendatario. Lo que no se puede es tener grado de consanguinidad o afinidad con el consejo o la administración. En conclusión, salvo que se materialicen las inhabilidades citadas, podrá desempeñar sin problema el cargo de revisor fiscal de la copropiedad. 
2019-06-19 
2201912785 de 2019  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Competencia 
La competencia para que el Concejo Distrital dicte normas relativas a la organización de la administración no se deriva de las normas constitucionales y legales relativas a la regulación de los municipios, tales como el artículo 313 numeral 6º de la Constitución Política y las normas legales concordantes, pues éstas solo se aplican a falta de la regulación especial; es decir, si las normas especiales que contemplan el régimen especial para Bogotá no regulan la materia, se acudirá a las normas constitucionales y legales que regulan el régimen general para los demás municipios del país. 
2019-09-16 
220201208 de 2020  DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PUBLICO - DADEP - Administración de Patrimonio Inmobiliario D.C. 
Informa que respecto de los bienes inmuebles el DADEP desarrolla las siguientes funciones: a) ejercer la administración, directa o indirectamente, de todos los bienes inmuebles del nivel central del Distrito Capital, salvo aquellos en donde funcionen las entidades del nivel central del Distrito Capital puesto estos serán administrados directamente por las mismas, previa firma del acta respectiva; b) recibir, custodiar y administrar los bienes inmuebles que le transfieran otras entidades distritales; c) promover en nombre del Distrito Capital las acciones judiciales y administrativas que fueren necesarias para la defensa de los bienes inmuebles de su propiedad; y, d) adelantar las acciones requeridas para lograr el saneamiento de los bienes inmuebles del Distrito Capital. 
2020-01-30 
220201208 de 2020  DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PUBLICO - DADEP - Funciones 
Indica que el Departamento Administrativo Defensoría del Espacio Público-DADEP conforme lo prescribe el artículo 3 del Acuerdo Distrital 18 de 1999, ejerce la defensa, inspección, vigilancia, regulación y control del espacio público del Distrito Capital; así como la administración de los bienes inmuebles, y la conformación del inventario general del patrimonio inmobiliario Distrital.  
2020-01-30 
2202125090 de 2021  SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO - Funciones 
De conformidad con lo expuesto en precedencia, se considera que el secretario Distrital de Gobierno ad-hoc, designado mediante la Resolución 022 de 2021, sólo podrá conocer de lo relacionado con la disposición de las acciones y la adopción de las medidas dirigidas a garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, en el proceso de recolección de firmas, como fase intermedia del proceso de revocatoria del mandato iniciado en contra de la alcaldesa mayor, que tenga relación con el proceso de revocatoria del mandato, cuya vocera es la señora Nidia Esperanza Márquez Monroy. Finalmente, teniendo en cuenta lo señalado en el correo electrónico, respecto de que: ?la Registraduría Distrital me informó de la aprobación de nuevo proceso revocatorio, sobre el cual me requirió el desempeño de la función asignada en mencionada Resolución?, se recomienda que en el evento de que se reciban nuevas solicitudes atientes a la realización del efectivo control y vigilancia de los protocolos de bioseguridad, para otros procesos de revocatoria del mandato diferentes a aquel en el cual obra como vocera la señora Nidia Esperanza Márquez Monroy, se dé traslado de las mismas al Secretario Distrital de Gobierno, para los efectos derivados de lo dispuesto en el artículo 52 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 15 del Acuerdo Distrital 637 de 2016, el cual establece como función de la Secretaría Distrital de Gobierno, la de: ?g). Apoyar a las autoridades electorales, con miras al fortalecimiento de la democracia pluralista y participativa y el cumplimiento de los derechos y deberes civiles y políticos?. 
2022-01-24 
220221375 de 2022  PROPIEDAD HORIZONTAL - Personería Jurídica y Representación Legal 
Solicita concepto Jurídico sobre si los Administradores de Conjuntos Residenciales o Mixtos de Propiedad Horizontal, (personas Jurídicas), pueden dictar Actos Administrativos en reclamaciones (PQRSDF), que interponen los copropietarios. Doctrina distrital, responde que, los actos administrativos son una de las formas propias de declaración de voluntad de los organismos y entidades públicas de las ramas del poder público y demás autoridades, es decir, su origen proviene de una persona jurídica pública y excepcionalmente de un particular cuando cumplen funciones administrativas, por consiguiente, los pronunciamientos o decisiones de las personas jurídicas reconocidas bajo el régimen de propiedad horizontal, no pueden ser catalogados o definidos como actos administrativos, ya que esta es una potestad consagrada de manera excluyente para las entidades que ostentan la calidad de autoridades. 
2022-02-07 
ir al inicio


CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220192290 de 2019  ELECCIÓN POPULAR - Inhabilidades 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para las personas que aspiren a ser elegidos como diputados, concejales o ediles en el Distrito Capital, así como el término en que deben desvincularse los contratistas para poder ser elegidos en estas corporaciones. 
2019-02-27 
220192290 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para las personas que aspiren a ser elegidos como diputados, concejales o ediles en el Distrito Capital, así como el término en que deben desvincularse los contratistas para poder ser elegidos en estas corporaciones.  
2019-02-27 
220192290 de 2019  CONCEJOS MUNICIPALES Y DISTRITALES - Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos 
Señala las incompatibilidades e inhabilidades aplicables para aspirar a cargos de elección popular en los concejos municipales o distritales. 
2019-02-27 
220192290 de 2019  CORPORACIONES DE ELECCIÓN POPULAR - Inhabilidades e Incompatibilidades 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para las personas que aspiren a ser elegidos como diputados, concejales o ediles en el Distrito Capital, así como el término en que deben desvincularse los contratistas para poder ser elegidos en estas corporaciones. 
2019-02-27 
220192290 de 2019  CONCEJOS MUNICIPALES - Inhabilidades e Incompatibilidades 
Señala las incompatibilidades e inhabilidades aplicables para aspirar a cargos de elección popular en los concejos municipales o distritales. 
2019-02-27 
220203476 de 2020  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Sesiones Ordinarias y Extraordinarias 
Considera dar aplicación a lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 23 de la ley 136 de 1994, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1148 de 2007, para que la presidencia del Concejo de Bogotá, D.C., dentro del marco de autonomía de que está investido, adopte las medidas que considere convenientes, para viabilizar la implementación de las sesiones de la plenaria y de las comisiones de manera no presencial, por razones de orden público, en atención a las condiciones de salubridad y/o de salud pública, que actualmente se presentan en el Distrito Capital. 
2020-03-13 
220203476 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Considera dar aplicación a lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 23 de la ley 136 de 1994, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1148 de 2007, para que la presidencia del Concejo de Bogotá, D.C., dentro del marco de autonomía de que está investido, adopte las medidas que considere convenientes, para viabilizar la implementación de las sesiones de la plenaria y de las comisiones de manera no presencial, por razones de orden público, en atención a las condiciones de salubridad y/o de salud pública, que actualmente se presentan en el Distrito Capital. 
2020-03-13 
220208817 de 2020  PRESUPUESTO RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIONES DEL DISTRITO - Modificación 
Resuelve preguntas en relación con el Proyecto de Acuerdo de Armonización Presupuestal 219 de 2020, especialmente en cuanto a las competencias del Concejo de Bogotá, D.C., para realizar modificaciones al presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, D.C..  
2020-07-21 
220208817 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Resuelve preguntas en relación con el Proyecto de Acuerdo de Armonización Presupuestal 219 de 2020, especialmente en cuanto a las competencias del Concejo de Bogotá, D.C., para realizar modificaciones al presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, D.C.. 
2020-07-21 
220208817 de 2020  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Competencia 
Resuelve preguntas en relación con el Proyecto de Acuerdo de Armonización Presupuestal 219 de 2020, especialmente en cuanto a las competencias del Concejo de Bogotá, D.C., para discutir y aprobar este proyecto de acuerdo en sesiones extraordinarias. 
2020-07-21 
220208817 de 2020  BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Presupuesto 
Resuelve preguntas en relación con el Proyecto de Acuerdo de Armonización Presupuestal 219 de 2020, que busca ajustar el presupuesto al nuevo plan de desarrollo de Bogotá, D.C. 2020 - 2023.  
2020-07-21 
2202115914 de 2021  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Recurso de Apelación 
Considera que el efecto en que debe concederse el recurso de apelación en relación a las decisiones del presidente del Concejo Distrital es el efecto suspensivo atendiendo el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 320 y 322 del Código General del Proceso. 
2021-08-13 
2202115914 de 2021  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Control Político 
La Secretaría Jurídica Distrital responde que las decisiones tomadas con base en la realización de la actividad de control político por parte de los presidentes de las comisiones permanentes son decisiones en materia política. 
2021-08-13 
2202115914 de 2021  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Comisiones Permanentes 
La Secretaría Jurídica Distrital responde que las decisiones tomadas con base en la realización de la actividad de control político por parte de los presidentes de las comisiones permanentes son decisiones en materia política, mientras que aquellas actuaciones realizadas por la Comisión Permanente relacionadas con el trámite de proyectos de acuerdo no pueden considerarse decisiones en materia política. 
2021-08-13 
2202120191 de 2021  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Competencia 
Conceptúa que el Concejo de Bogotá D.C. es competente para aprobar los artículos 6, 7 y 8 del Acuerdo Distrital 816 de 2021 como consecuencia de que los artículos a estudio fueron votados favorablemente por el Concejo de Bogotá y posteriormente éstos fueron convalidaron por el Secretario de Hacienda, quien tiene dicha competencia en virtud del Estatuto Orgánico del Presupuesto, el Estatuto Tributario y las demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia. 
2021-10-08 
22022364 de 2022  CONCEJALES - Pérdida de Investidura 
Aclara que si existen las figuras jurídicas de impedimentos y recusaciones frente a los concejales distritales en los escenarios de control político, con el fin de evitar escenarios de materialización de conflicto de intereses, los cuales conllevan a procesos de pérdida de investidura. Agrega que para la determinación de la perdida de investidura de un servidor público no es suficiente el valor objetivo, por ejemplo: el vínculo de consanguinidad o haber conocido del asunto en oportunidad anterior, sino también es necesario estudiar el valor subjetivo, es decir la subjetividad de la conducta, demostrando el interés privado de manera evidente, directo, actual y de carácter moral o económico. 
2022-01-18 
22022364 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Aclara que si existen las figuras jurídicas de impedimentos y recusaciones frente a los concejales distritales en los escenarios de control político, con el fin de evitar escenarios de materialización de conflicto de intereses, los cuales conllevan a procesos de pérdida de investidura. Agrega que para la determinación de la perdida de investidura de un servidor público no es suficiente el valor objetivo, por ejemplo: el vínculo de consanguinidad o haber conocido del asunto en oportunidad anterior, sino también es necesario estudiar el valor subjetivo, es decir la subjetividad de la conducta, demostrando el interés privado de manera evidente, directo, actual y de carácter moral o económico. 
2022-01-18 
22022364 de 2022  CONCEJALES - Impedimentos y Recusaciones 
Aclara que si existen las figuras jurídicas de impedimentos y recusaciones frente a los concejales distritales en los escenarios de control político, con el fin de evitar escenarios de materialización de conflicto de intereses, los cuales conllevan a procesos de pérdida de investidura. Agrega que para la determinación de la perdida de investidura de un servidor público no es suficiente el valor objetivo, por ejemplo: el vínculo de consanguinidad o haber conocido del asunto en oportunidad anterior, sino también es necesario estudiar el valor subjetivo, es decir la subjetividad de la conducta, demostrando el interés privado de manera evidente, directo, actual y de carácter moral o económico. 
2022-01-18 
220226752 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Procesos y Procedimientos 
Conceptúa, que la decisión del presidente del concejo distrital de rechazar los proyectos de acuerdo, por incumplimiento de los requisitos exigidos, es susceptible de apelación si así lo estima pertinente la mesa directiva del Concejo Distrital, puedan servir de insumo para establecer las decisiones del presidente de la corporación que podrían ser susceptibles de apelación ante la plenaria del Concejo de Bogotá D.C. El CPACA, establece que, por regla general, contra los actos definitivos procede el recurso de apelación, para ante el inmediato superior administrativo o funcional, que en caso del presidente de la corporación, sería la plenaria del Concejo de Bogotá D.C., y de los presidentes de las comisiones, sería la comisión en particular 
2022-05-03 
220226752 de 2022  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Recurso de Apelación 
Conceptúa, que la decisión del presidente del concejo distrital de rechazar los proyectos de acuerdo, por incumplimiento de los requisitos exigidos, es susceptible de apelación si así lo estima pertinente la mesa directiva del Concejo Distrital, puedan servir de insumo para establecer las decisiones del presidente de la corporación que podrían ser susceptibles de apelación ante la plenaria del Concejo de Bogotá D.C. El CPACA, establece que, por regla general, contra los actos definitivos procede el recurso de apelación, para ante el inmediato superior administrativo o funcional, que en caso del presidente de la corporación, sería la plenaria del Concejo de Bogotá D.C., y de los presidentes de las comisiones, sería la comisión en particular 
2022-05-03 
2202221402 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre si existe conflicto de competencias administrativas entre las Comisiones Segunda Permanente de Gobierno y Primera Permanente del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para conocer en primer debate el Proyecto de Acuerdo 462 de 2022, la Secretaría Jurídica responde que No existe conflicto de competencias administrativas entre las Comisiones Segunda Permanente de Gobierno y Primera Permanente del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para conocer en primer debate el Proyecto de Acuerdo 462 de 2022, al no darse los presupuestos del artículo 39 del CPACA, es decir, al no existir controversia o conflicto entre distintas autoridades administrativas. Igualmente conceptúa si El haber sido admitida la demanda de conflicto de competencias administrativas, interrumpe el término para la discusión del Proyecto de Acuerdo 462 de 2022 y la Secretaría responde que no existir la controversia entre dos o más autoridades administrativas, no hay lugar a que se suspenda el trámite de la iniciativa en el concejo distrital, por no existir conflicto de competencias administrativas. 
2022-10-14 
2202222846 de 2022  CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. - Estructura Orgánica 
Aclara que las normas legales vigentes para los municipios serán aplicables al Distrito Capital, solo y cuando quiera que en el Estatuto Orgánico de Bogotá D.C. no haya regulación expresa sobre el asunto en particular, por consiguiente en la pregunta presentada por el Concejal, en relación a la posibilidad de que el periodo de elección del Secretario del Concejo de Bogotá sea mayor al fijado en el artículo 37 de la Ley 136 de 1994, no resulta procedente la aplicación de esta disposición normativa, como consecuencia de que existe norma en el Estatuto Orgánico de Bogotá, en este caso los artículos 16 y númeral 24 del artículo 12 de la Ley 1421 de 1993 que regulan el asunto a estudio y establecen el periodo de elección del secretario general del Concejo de Bogotá D.C. en un (1) año. 
2022-11-01 
2202222846 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Aclara que las normas legales vigentes para los municipios serán aplicables al Distrito Capital, solo y cuando quiera que en el Estatuto Orgánico de Bogotá D.C. no haya regulación expresa sobre el asunto en particular, por consiguiente en la pregunta presentada por el Concejal, en relación a la posibilidad de que el periodo de elección del Secretario del Concejo de Bogotá sea mayor al fijado en el artículo 37 de la Ley 136 de 1994, no resulta procedente la aplicación de esta disposición normativa, como consecuencia de que existe norma en el Estatuto Orgánico de Bogotá, en este caso los artículos 16 y númeral 24 del artículo 12 de la Ley 1421 de 1993 que regulan el asunto a estudio y establecen el periodo de elección del secretario general del Concejo de Bogotá D.C. en un (1) año. 
2022-11-01 
ir al inicio


Consejo Territorial de Planeación Distrital
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220226544 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre el Consejo Territorial de Planeación Distrital, sus reuniones, la asistencia de sus miembros a las sesiones, impugnación de sus decisiones, entre otras dudas, basado en el reglamento interno de dicho ente. 
2022-04-29 
220226544 de 2022  CONSEJOS DISTRITALES - Consejo Territorial de Planeación Distrital 
Conceptúa sobre el Consejo Territorial de Planeación Distrital, sus reuniones, la asistencia de sus miembros a las sesiones, impugnación de sus decisiones, entre otras dudas, basado en el reglamento interno de dicho ente. 
2022-04-29 
ir al inicio


CONSTRUCCIÓN DE OBRAS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
14595 de 2021  URBANISMO - Infracciones 
Profiere concepto jurídico sobre la construcción urbanística, infracción y su respectiva caducidad, entre otros. 
2021-07-28 
14595 de 2021  URBANISMO - Concepto 
Profiere concepto jurídico sobre la construcción urbanística, infracción y su respectiva caducidad, entre otros. 
2021-07-28 
14595 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Profiere concepto jurídico sobre la construcción urbanística, infracción y su respectiva caducidad, entre otros. 
2021-07-28 
220222874 de 2022  CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA - Reglamentación 
Responde a la inquietud del peticionario sobre la caducidad de la potestad sancionatoria del Estado en materia de infracciones al Derecho Urbanístico. La no operancia de la caducidad sobre terrenos públicos. Ley 1801 de 2016  
2022-03-03 
ir al inicio


CONTRATACIÓN
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220175476 de 2017  EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - EAAB - ESP - Contratación 
Se deniegan las solicitudes presentadas por el peticionario, como consecuencia de que el Alcalde Mayor no tiene competencia legal para intervenir en los trámites ni adjudicación de los contratos de Unidad Administrativa de Servicios Públicos y de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP al ser miembro de sus juntas directivas y no el representante legal de las Entidades a quien faculta los artículos 58 y 146 del Decreto Ley 1421 de 1993 para realizar trámites contractuales de ésta. Por ende se traslada la petición a Secretaría Distrital del Hábitat, a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP, y a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, para que en el marco de sus competencias le den respuesta directa. 
2017-05-22 
220175476 de 2017  UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS - UAESP - Procesos de Contratación 
Se deniegan las solicitudes presentadas por el peticionario, como consecuencia de que el Alcalde Mayor no tiene competencia legal para intervenir en los trámites ni adjudicación de los contratos de Unidad Administrativa de Servicios Públicos y de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP al ser miembro de sus juntas directivas y no el representante legal de las Entidades a quien faculta los artículos 58 y 146 del Decreto Ley 1421 de 1993 para realizar trámites contractuales de ésta. Por ende se traslada la petición a Secretaría Distrital del Hábitat, a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP, y a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, para que en el marco de sus competencias le den respuesta directa. 
2017-05-22 
22018963 de 2018  CONTRATACIÓN PÚBLICA - Ley de Garantías 
De acuerdo con lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, se concluye que la negociación directa para la adquisición de inmuebles con el fin de ejecutar las actividades mencionadas en los Decretos Distritales 621 de 2016 y 595 de 2017, por parte de las entidades descritas en el artículo 11 de la Ley 9 de 1989, con la concurrencia o no de terceros, se encuentra afectada por la prohibición descrita en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, y no se encuentra tipificada como una de las excepciones a la restricción de celebrar contratos de manera directa, prevista en el inciso del artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales. 
2018-01-26 
220186765 de 2018  CONTRATO ESTATAL - Liquidación 
En la contratación administrativa se ha establecido legal y jurisprudencialmente que, al finalizar el plazo de ejecución que se había destinado para el cumplimiento de la obligación contractual, las partes no quedan liberadas ipso facto del negocio jurídico sino hasta tanto se realice la liquidación del contrato, ya que dicho acto jurídico es el que extingue, como tal, el acuerdo de voluntades celebrados por las partes intervinientes en él. Si para la liquidación del contrato las partes no acordaron los plazos para el efecto, el término máximo para que la entidad estatal pueda proceder a liquidarlo, en ejercicio de las funciones atribuidas por ley, es de dos (2) años y seis (6) meses siguientes al vencimiento del término de ejecución, es decir, las partes cuentan con treinta (30) meses para extinguir sea de manera bilateral, unilateral o judicial el negocio jurídico. 
2018-05-23 
2201812256 de 2018  CONTRATO ESTATAL - Liquidación 
Precisa que en la contratación administrativa se ha establecido legal y jurisprudencialmente que, al finalizar el plazo de ejecución que se había destinado para el cumplimiento de la obligación contractual, las partes no quedan liberadas ipso facto del negocio jurídico sino hasta tanto se realice la liquidación del contrato, ya que dicho acto jurídico es el que extingue, como tal, el acuerdo de voluntades celebrados por las partes intervinientes en él. Es por ello que, la Sección Tercera del Consejo de Estado ha establecido que el contrato estatal tiene dos plazos: uno para la ejecución y otro para la liquidación y que no tienen jurídicamente el mismo alcance las expresiones contrato vencido y contrato extinguido, toda vez que frente al primero la administración tiene la potestad para exigir las obligaciones a cargo del contratista y evaluar su cumplimiento. La extinción del contrato, por el contrario, se configura cuando éste ha sido liquidado. 
2018-09-10 
2201812256 de 2018  CONTRATO ESTATAL - Pólizas 
Precisa que las garantías en la contratación estatal constituyen una salvaguarda que la ley le otorga al interés público frente a los eventuales incumplimientos del negocio jurídico imputables al contratista. De ahí que, desde el primer Estatuto de Contratación de la Administración Pública adoptado mediante el Decreto Ley 1670 de 1975, se estableciera la obligatoriedad de su constitución como requisito de ejecución, disposición que fue reproducida, posteriormente, tanto en el Decreto Ley 150 de 1976 como en el Decreto Ley 222 de 1983. 
2018-09-10 
2201812256 de 2018  ADMINISTRACIÓN PUBLICA - Potestad Sancionatoria 
Precisa que, la potestad sancionatoria de la administración se basa en el principio constitucional de legalidad, el cual, se ha instituido como uno de los más importantes instrumentos de garantía ciudadana, es decir, constituye un límite a los poderes del Estado, y más aún, frente al ejercicio del poder punitivo. Sobre el particular, la Corte Constitucional determinó que la propia Carta Política en su artículo 29, es quien impone a las autoridades judiciales y administrativas realizar sus actuaciones bajo el principio del debido proceso, el cual lleva intrínseco la presunción de legalidad y la obligatoriedad de la tipicidad de las conductas a sancionar. 
2018-09-10 
2201814399 de 2018  CONTRATACIÓN ESTATAL - Inhabilidades 
La consagración de las inhabilidades e incompatibilidades en la contratación estatal, obedece por una parte, a razones éticas de la persona natural o jurídica, y por otra, se vincula con los principios constitucionales de eficiencia, eficacia y la imparcialidad administrativa, pues, se busca asegurar una adecuada selección del contratista, que redunde en beneficio de los fines de interés público o social ínsitos en la contratación. 
2018-10-12 
2201998 de 2019  CONTRATACIÓN ESTATAL - Generalidades 
concepto jurídico frente a la definición del plazo y obligaciones condicionales en los contratos estatales 
2019-01-08 
2201998 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
concepto jurídico frente a la definición del plazo y obligaciones condicionales en los contratos estatales 
2019-01-08 
2201998 de 2019  CONTRATOS - Autonomía Contractual 
El principio de la autonomía contractual impone que al efectuarse la interpretación de las cláusulas del contrato deberá acudirse a la común intención de las partes exteriorizada, la cual corresponderá, por encima del sentido estrictamente gramatical de la expresión, a la voluntad común y originaria que acompañó a los contratantes. Lo anterior, con fundamento en el artículo 1618 del Código Civil y en la jurisprudencia que sobre el particular, ha establecido la Sección Tercera del Consejo de Estado. 
2019-01-08 
2201998 de 2019  CONTRATOS - Libertad Contractual 
Las partes de un negocio jurídico pueden, con fundamento en la autonomía de la voluntad (libertad contractual) determinar libremente los términos y condiciones del contrato, hecho que debe articularse, en tratándose de la contratación estatal, con el principio rector del interés general, así como respetar las restricciones que imponen la Constitución y la ley. Es decir, es la voluntad de las partes la que determina el contenido, alcance, plazo, condiciones y obligaciones del contrato, así como las modificaciones que se requieren para asegurar su cumplimiento y ejecución, de manera que su interpretación se atiende fundamentalmente a su intención. En este orden de ideas, las partes son libres para atribuir a los contratos celebrados los efectos que consideren pertinentes, verbigracia, someterlos a obligaciones condicionales u obligaciones a plazo, ya que las reglas del legislador son, en general, meramente supletorias de su voluntad. 
2019-01-08 
220192289 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Precisa que la idoneidad hace referencia a la aptitud de una persona para ser adecuado y apropiado para la ejecución de ciertas actividades y, tratándose de contratos de prestación de servicios profesionales propiamente dichos, la idoneidad también contempla entre otros aspectos, acreditar su formación profesional y el cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas. 
2019-02-27 
220192289 de 2019  CONTRATISTAS - Escogencia  
Precisa que la idoneidad hace referencia a la aptitud de una persona para ser adecuado y apropiado para la ejecución de ciertas actividades y, tratándose de contratos de prestación de servicios profesionales propiamente dichos, la idoneidad también contempla entre otros aspectos, acreditar su formación profesional y el cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas. 
2019-02-27 
220192289 de 2019  CONTRATACIÓN ESTATAL - Selección o Escogencia del Contratista 
Precisa que la idoneidad hace referencia a la aptitud de una persona para ser adecuado y apropiado para la ejecución de ciertas actividades y, tratándose de contratos de prestación de servicios profesionales propiamente dichos, la idoneidad también contempla entre otros aspectos, acreditar su formación profesional y el cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas. 
2019-02-27 
220192295 de 2019  CONTRATACIÓN ESTATAL - Requisitos 
Tratándose de contratos de prestación de servicios profesionales, la idoneidad del futuro contratista está supeditada a la acreditación de su formación profesional a través del título de idoneidad o profesional, y al cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas, requisitos que de no ser verificados por la entidad pública, vulnerarían el principio de selección objetiva para adelantar esta modalidad de contratación.  
2019-02-27 
220192295 de 2019  CONTRATISTAS - Escogencia  
Tratándose de contratos de prestación de servicios profesionales, la idoneidad del futuro contratista está supeditada a la acreditación de su formación profesional a través del título de idoneidad o profesional, y al cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas, requisitos que de no ser verificados por la entidad pública, vulnerarían el principio de selección objetiva para adelantar esta modalidad de contratación.  
2019-02-27 
220197040 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa respeto a que el régimen de Inhabilidades e incompatibilidades definido en la Constitución Política y en la Ley para la función pública, no establece ninguna causal, relacionada con que el servidor público ejecute las recomendaciones de una instancia asesora creada al interior de la entidad pública, en la que este haga parte, y a su vez, en ejercicio de sus funciones definidas en el manual de funciones, adelante o dirija las actuaciones administrativas tendientes a tramitar los diferentes procedimientos de contratación o de selección de contratistas definidos en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1508 de 2012 y 1882 de 2018. 
2019-05-31 
220197040 de 2019  CONTRATACIÓN ESTATAL - Conducta Sancionable 
El régimen de inhabilidades e Incompatibilidades definido en la Constitución Política y en la Ley para la función pública, no establece ninguna causal, relacionada con que el servidor público ejecute las recomendaciones de una instancia asesora creada al interior de la entidad pública, en la que este haga parte, y a su vez, en ejercicio de sus funciones definidas en el manual de funciones, adelante o dirija las actuaciones administrativas tendientes a tramitar los diferentes procedimientos de contratación o de selección de contratistas definidos en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1508 de 2012 y 1882 de 2018. 
2019-05-31 
220197042 de 2019  EDILES - Inhabilidades 
Concluye la Sección Primera del Consejo de Estado y el Departamento Administrativo de la Función Pública, que se incurrirá en la inhabilidad prescrita en el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, la persona que dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de inscripción de la candidatura como edil, hubiese intervenido en la celebración de contratos con el Distrito Capital. Por el contrario, si dicha celebración se realizó antes del plazo citado, no estaría inhabilitado para aspirar a la Junta Administradora Local.  
2019-05-31 
220197042 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concluye la Sección Primera del Consejo de Estado y el Departamento Administrativo de la Función Pública, que se incurrirá en la inhabilidad prescrita en el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, la persona que dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de inscripción de la candidatura como edil, hubiese intervenido en la celebración de contratos con el Distrito Capital. Por el contrario, si dicha celebración se realizó antes del plazo citado, no estaría inhabilitado para aspirar a la Junta Administradora Local. 
2019-05-31 
220197042 de 2019  PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLITICOS - Doble Militancia 
Precisa que los candidatos y los directivos de los partidos o movimientos políticos que se inscriban como candidatos, en ambas hipótesis incurren en doble militancia con anterioridad a las elecciones y no en las elecciones o al momento de las elecciones. Es así que el candidato no puede incurrir en doble militancia en el momento de la elección, sino antes, y tampoco incurre en doble militancia al momento de la elección sino dentro del proceso electoral en el que dicha elección tiene lugar, específicamente al momento de la inscripción. 
2019-05-31 
220197042 de 2019  PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES - Partidos y Movimientos Políticos 
Conforme lo prescribe el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, en los estatutos de los partidos y movimientos políticos se deben regular el régimen de pertenencia al partido o movimiento políticos en el que se señalen reglas de afiliación y retiro, así como los derechos, deberes y prohibiciones de sus miembros. En ese orden de ideas, los peticionarios deben consultar los estatutos del partido o movimiento político al cual pertenecen, con el fin de determinar lo que se dispuso sobre el particular.  
2019-05-31 
220197042 de 2019  PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLITICOS - Participación 
Conforme lo prescribe el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, en los estatutos de los partidos y movimientos políticos se deben regular el régimen de pertenencia al partido o movimiento políticos en el que se señalen reglas de afiliación y retiro, así como los derechos, deberes y prohibiciones de sus miembros. En ese orden de ideas, los peticionarios deben consultar los estatutos del partido o movimiento político al cual pertenecen, con el fin de determinar lo que se dispuso sobre el particular.  
2019-05-31 
220197043 de 2019  CONTRATACIÓN PÚBLICA - Modificación Unilateral 
Aclara el alcance de la mutabilidad en la contratación estatal, como la potestad que tiene la administración de variar, dadas ciertas condiciones, las obligaciones a cargo del contratista, siempre que sea necesario para el cumplimiento del objeto y de los fines generales del Estado. 
2019-05-31 
220197043 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Señala que en el pliego de condiciones se debe fijar las reglas de selección objetivas, justas, claras y completas que permitan elaborar la oferta o propuesta de acuerdo con las necesidades de la entidad administrativa. 
2019-05-31 
220197043 de 2019  ENTIDADES PÚBLICAS - Representantes Legales 
Aclara que solo el representante legal inscrito para tal efecto en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad, se entiende facultado para ejecutar o celebrar todo acto o contrato comprendido en el objeto social de la sociedad. 
2019-05-31 
220197043 de 2019  CONTRATACIÓN ESTATAL - Pliego de Condiciones o Términos de Referencia 
Señala que en el pliego de condiciones se debe fijar las reglas de selección objetivas, justas, claras y completas que permitan elaborar la oferta o propuesta de acuerdo con las necesidades de la entidad administrativa. 
2019-05-31 
220197044 de 2019  EDILES - Inhabilidades 
Señala que tal y como se señaló numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, la persona que dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de inscripción de la candidatura como edil, hubiese intervenido en la celebración de contratos con el Distrito Capital, incurrirá en la inhabilidad. 
2019-05-31 
220197044 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a cargos de elección popular en corporación públicas del orden territorial con relación a la celebración o suscripción de contratos con entidades públicas. 
2019-05-31 
220197044 de 2019  EDILES - Incompatibilidades 
Precisa que no se evidencia impedimento alguno para que un edil acepte empleo o cargo alguno, o suscriba un contrato de prestación de servicios con una entidad de un municipio diferente al que presta sus servicios. 
2019-05-31 
22020185 de 2020  CONTRATACIÓN ESTATAL - Lineamientos 
Lineamientos sobre la modalidad de liquidación de contratos 
2020-01-08 
22020185 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Lineamientos sobre la modalidad de liquidación de contratos 
2020-01-08 
22020356 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Análisis de los supuestos fácticos y jurídicos para que proceda la revocación del acto de apertura del proceso de selección; conceptos que se deben reconocer cuando al revocar el acto de apertura del proceso de selección se genera un daño antijurídico a los interesados que presentaron oferta; los eventos en que procede declarar desierto un proceso de selección - facultad discrecional de la administración; y suspensión del proceso de selección mediante acto administrativo 
2020-01-22 
22020356 de 2020  CONTRATACIÓN ESTATAL - Generalidades 
Análisis de los supuestos fácticos y jurídicos para que proceda la revocación del acto de apertura del proceso de selección; conceptos que se deben reconocer cuando al revocar el acto de apertura del proceso de selección se genera un daño antijurídico a los interesados que presentaron oferta; los eventos en que procede declarar desierto un proceso de selección - facultad discrecional de la administración; y suspensión del proceso de selección mediante acto administrativo 
2020-01-22 
120206200 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Contratistas 
Teniendo en cuenta que se desconoce el nivel al que pertenecen los servidores públicos que han contratado parientes en la alcaldía local, se responde de manera general que dependiendo del nivel de los servidores públicos éstos no pueden contratar con la respectiva entidad pública a sus cónyuges o compañeros permanentes, ni las personas que tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, conforme a la Ley 80 de 1993. 
2020-06-16 
120206200 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Teniendo en cuenta que se desconoce el nivel al que pertenecen los servidores públicos que han contratado parientes en la alcaldía local, se responde de manera general que dependiendo del nivel de los servidores públicos éstos no pueden contratar con la respectiva entidad pública a sus cónyuges o compañeros permanentes, ni las personas que tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, conforme a la Ley 80 de 1993.  
2020-06-16 
220204774 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
conceptúa frente a la relación que se desarrolla con base en la subordinación del contratante hacia el contratista, la cual debe contextualizarse sobre el tipo de contrato que se está ejecutando, toda vez que, el cumplimiento de un horario, el traslado a un sitio especifico o el seguimiento de instrucciones; no implica per se la existencia de una relación laboral, ya que en situaciones contractuales específicas, es necesario el seguimiento estricto de metodologías de ejecución contractual o periodos de dedicación previamente pactados con el contratante. 
2020-05-13 
220204774 de 2020  CONTRATISTAS - Autonomía 
Precisa que para identificar si en un determinado contrato, la relación se desarrolla con base en la subordinación del contratante hacia el contratista, debe contextualizarse sobre el tipo de contrato que se está ejecutando, toda vez que, el cumplimiento de un horario, el traslado a un sitio especifico o el seguimiento de instrucciones; no implica per se la existencia de una relación laboral, ya que en situaciones contractuales específicas, es necesario el seguimiento estricto de metodologías de ejecución contractual o periodos de dedicación previamente pactados con el contratante. 
2020-05-13 
220205296 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre adición, prórroga y renovación de contratos de prestación de servicios, en el marco del estado de emergencia, en el sentido de no encontrarse pronunciamiento sobre la obligación de renovación, prórroga y adición de contratos cuyos objetos no están asociados a la gestión y mitigación de la situación de emergencia. Para la continuidad de dichos contratos, los ordenadores del gasto y representantes legales de las respectivas entidades, deberán valorar las necesidades particulares de sus áreas, para determinar la renovación o las condiciones de continuidad de sus contratistas. 
2020-06-02 
220205296 de 2020  CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Adición, Prórroga y Renovación 
Conceptúa sobre adición, prórroga y renovación de contratos de prestación de servicios, en el marco del estado de emergencia, en el sentido de no encontrarse pronunciamiento sobre la obligación de renovación, prórroga y adición de contratos cuyos objetos no están asociados a la gestión y mitigación de la situación de emergencia. Para la continuidad de dichos contratos, los ordenadores del gasto y representantes legales de las respectivas entidades, deberán valorar las necesidades particulares de sus áreas, para determinar la renovación o las condiciones de continuidad de sus contratistas. 
2020-06-02 
220205296 de 2020  CONTRATO ESTATAL - Adición 
Conceptúa sobre adición, prórroga y renovación de contratos de prestación de servicios, en el marco del estado de emergencia, en el sentido de no encontrarse pronunciamiento sobre la obligación de renovación, prórroga y adición de contratos cuyos objetos no están asociados a la gestión y mitigación de la situación de emergencia. Para la continuidad de dichos contratos, los ordenadores del gasto y representantes legales de las respectivas entidades, deberán valorar las necesidades particulares de sus áreas, para determinar la renovación o las condiciones de continuidad de sus contratistas. 
2020-06-02 
220205296 de 2020  CALAMIDAD PÚBLICA - Virus del Covid-19 o Coronavirus 
Conceptúa sobre adición, prórroga y renovación de contratos de prestación de servicios, en el marco del estado de emergencia, en el sentido de no encontrarse pronunciamiento sobre la obligación de renovación, prórroga y adición de contratos cuyos objetos no están asociados a la gestión y mitigación de la situación de emergencia. Para la continuidad de dichos contratos, los ordenadores del gasto y representantes legales de las respectivas entidades, deberán valorar las necesidades particulares de sus áreas, para determinar la renovación o las condiciones de continuidad de sus contratistas. 
2020-06-02 
220206621 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre adición, prórroga y renovación de contratos de prestación de servicios, en el marco del estado de emergencia, en el sentido de que la extinción del plazo es una de las causales de terminación normal del contrato y frente a dichas causales no se ha generado un pronunciamiento particular por parte del gobierno nacional que modifique dichas causales u obligue a la renovación del mismo, y respecto de la prórroga, tampoco se incorporó en la reglamentación expedida por el gobierno nacional con ocasión del estado de emergencia, una prórroga automática de los contratos estatales sin distinción de su objeto, por el contrario, se estableció la posibilidad de exceder las limitaciones de cuantía que preveía el Artículo 40 de la Ley 80 de 1993, siempre y cuando los objetos contratados permitan una mejor gestión y mitigación de la situación de emergencia, valoración que deberá hacer el supervisor del contrato, en el marco de sus competencias. Así mismo conceptúa en relación al proceso de terna para la designación de Alcaldes Locales de Bogotá, que ser residente para efectos de ser alcalde local implica estar de asiento o establecido en una localidad, esto es, que en la misma habita o ejerce de manera permanente una profesión o un empleo, o se está personalmente al frente de un establecimiento de comercio.  
2020-06-18 
2202122075 de 2021  REGISTROS NACIONALES - Registro Único de Proponentes 
Las entidades compradoras no requieren realizar previamente el envío a Colombia Compra Eficiente de orden de compra de la verificación de la capacidad jurídica, financiera, organizacional y experiencia del proveedor que fuere contratado, como consecuencia de que el acuerdo marco de precios celebrado por la entidad permite a las entidades compradoras realizar las transacciones necesarias para la adquisición de bienes y servicios. 
2021-11-09 
2202122634 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Solicita dar respuestas a los interrogantes consultados relacionados en esencia con la planeación contractual y presupuestal en los contratos estatales para una adecuada ejecución, la Secretaria Jurídica responde que, de manera excepcional y debidamente justificada para no afectar el ejercicio básico de la función pública de la entidad u organismo, podrán adicionarse y prorrogarse estos contratos hasta la siguiente vigencia través del mecanismo de las reservas presupuestales. 
2021-11-18 
19330 de 2022  CONTRATOS - Supervisión 
Conceptúa frente a la figura jurídica de la supervisión contractual con el fin de vigilar permanentemente la correcta ejecución de los objetos contratados para buscar la protección de la moralidad administrativa, prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual. 
2022-09-21 
22022465 de 2022  SECRETARIA DISTRITAL DE EDUCACIÓN SED - Contratación 
Para dar respuesta a la solicitud de concepto consistente en: ?Una interventoría, contratada por la Secretaría de educación puede apartar de su puesto de trabajo a un obrero que ejecuta actividades de obra contratadas a un subcontratista del contratista que suscribió el contrato con la misma secretaria por razones o inhabilidad registrada en el certificado de antecedentes de la Procuraduría en el cual se registre inhabilidad para desempeñar cargos públicos Ley 734 art 38 num. 1?. Es viable concluir que la relación y responsabilidad contractual en principio recae sobre el contratista que celebró el vínculo contractual con la entidad, y que la naturaleza del contrato de interventoría se basa en el ejercicio de acciones de seguimiento, vigilancia y control de la correcta ejecución del contrato la cual se materializa en la presentación de informes y otras acciones de verificación, se considera que en principio el ejecutor del contrato de interventoría no tendría la capacidad de apartar a un empleado del subcontratista de sus funciones por una causal de inhabilidad, sin embargo, esto no resta para que dentro de los informes y en miras a prevenir actos de corrupción el interventor informe a la entidad estatal de cualquier situación irregular o que se pudiera llegar a constituir en un acto de corrupción, para que la misma tome las acciones pertinentes frente al contratista principal. Finalmente, me permito indicarle que esta dirección por medio del radicado interno 3-2022- 700 de fecha 19 de enero de 2021, remitió su solicitud a la Dirección Distrital de Política Jurídica de esta Secretaría, dependencia quien conforme al artículo 12 del Decreto Distrital 323 de 2016, modificado por el artículo 10 del Decreto Distrital 798 de 2019, tiene como funciones: ?(...) 5. Elaborar los proyectos de política en materia de contratación y demás temas jurídicos de interés para el Distrito, buscando la unificación de criterios para la aplicación de las normas y la ejecución concertada de acciones en esta materia, para que sean adoptados por la Secretaría Jurídica Distrital (...)?. 
2022-01-20 
220221989 de 2022  EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO - Contratación 
Emite concepto sobre el siguiente asunto: ?Canal Capital no está obligado a incluir dentro de sus estudios previos o pliegos de condiciones este requisito teniendo en cuenta que es una entidad no sometida al Estatuto General de Contratación de la administración pública en razón a su condición de empresa industrial y comercial del Estado. ¿Es correcta la afirmación??. La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, explica que : El Decreto Distrital 332 de 2020 ?(?) aplicarán para los procesos contractuales que adelanten las entidades del nivel central y descentralizado del Distrito Capital, incluyendo las localidades, que estén sometidos al estatuto general de contratación de la administración pública 
2022-02-09 
220221989 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre el siguiente asunto: ?Canal Capital no está obligado a incluir dentro de sus estudios previos o pliegos de condiciones este requisito teniendo en cuenta que es una entidad no sometida al Estatuto General de Contratación de la administración pública en razón a su condición de empresa industrial y comercial del Estado. ¿Es correcta la afirmación??. La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, explica que : El Decreto Distrital 332 de 2020 ?(?) aplicarán para los procesos contractuales que adelanten las entidades del nivel central y descentralizado del Distrito Capital, incluyendo las localidades, que estén sometidos al estatuto general de contratación de la administración pública". De otra parte, en virtud de lo dispuesto en la Escritura de Constitución 4854 del 14 de noviembre de 1995, a la empresa Canal Capital le es aplicable los dos tipos de regímenes de contratación, ya que por una parte tiene el carácter de entidad descentralizada indirecta del orden distrital como Empresa Industrial y Comercial del Estado y por el otro se indica que podrá celebrar actos, contratos y convenios con las normas que rigen a las entidades descentralizadas del orden distrital y las empresas industriales y comerciales del Estado entre otras. Concluye entonces que el régimen de derecho privado aplica para las actividades, bienes y servicios propios de la actividad misional industrial o comercial o de gestión económica en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados; y los procedimientos de contratación de Ley 80 de 1993 y sus modificaciones, aplican para las actividades requeridas para su funcionamiento o que contribuyan para cumplir su objeto misional. A la luz de lo anterior se deducirá la aplicación del Decreto 332 de 2020. 
2022-02-09 
2202218600 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa que existe viabilidad para celebrar convenios solidarios y contratos estatales, entre otros, de prestación de servicios con las juntas de acción comunal; así las cosas, la escogencia por parte de la entidad para la celebración de uno u otro, dependerá de la necesidad que pretenda satisfacer y de la correspondiente estructuración contractual. 
2022-09-16 
2202218600 de 2022  JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL - JAC - Contratos 
Conceptúa que existe viabilidad para celebrar convenios solidarios y contratos estatales, entre otros, de prestación de servicios con las juntas de acción comunal; así las cosas, la escogencia por parte de la entidad para la celebración de uno u otro, dependerá de la necesidad que pretenda satisfacer y de la correspondiente estructuración contractual.  
2022-09-16 
2202219564 de 2022  CONTRATACIÓN ESTATAL - Liquidación de contratos 
Conceptúa respecto a los términos de la liquidación de contratos, señalando que conforme al Decreto 491 de 2020 las entidades estatales tienen la facultad de suspender los términos para liquidar el contrato hasta tanto permaneciera vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social (30 de junio de 2022), pero para que ello fuere posible estaba supeditado a la expedición de un acto administrativo debidamente justificado en el que se determinara la actuación administrativa específica a suspender, razón por la cual, de no existir tal acto expedido por la Entidad Estatal, los términos para la liquidación siguen corriendo normalmente. 
2022-10-26 
2202219565 de 2022  MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO - Contratación Directa 
Existe algún lineamiento, concepto o recomendación que haya emitido su entidad sobre la suscripción de Memorandos de Entendimiento en periodo de restricción a la contratación directa; los acuerdos o memorandos de entendimiento se suscriben para lograr determinados fines que no tienen el carácter de obligaciones contractuales y su suscripción o adhesión a estos no constituye una violación a las restricciones de la Ley de Garantías Electorales. 
2022-09-26 
2202319630 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Dirección de Doctrina y Asuntos Normativos 
Profiere concepto sdobre la naturaleza jurídica de la multa en los contratos estatales, precisando que la multa se deriva de la facultad sancionatoria con que cuenta el Estado, en ejercicio del deber de control y vigilancia con que cuentan las entidades estatales con el fin de conminar al contratista a cumplir con sus obligaciones, por lo que son las llamadas a hacerlas efectivas, una vez hayan sido pactadas en el contrato y conforme al procedimiento contemplado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. 
2023-09-19 
ir al inicio


CONTRATACÍÓN - Prestación de Servicios
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220192289 de 2019  CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Servicios Profesionales 
Precisa que, en relación a los contratos de prestación de servicios profesionales, la idoneidad del futuro contratista está supeditada a la acreditación de su formación profesional a través del título de idoneidad o profesional, y al cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas, requisitos que de no ser verificados por la entidad pública, vulnerarían el principio de selección objetiva para adelantar esta modalidad de contratación. Es decir solo es viable la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales, cuando el futuro contratista acredite su formación profesional a través del título profesional y, obtenga, cuando a ello hubiere lugar, la correspondiente tarjeta profesional para el ejercicio legal de la profesión. 
2019-02-27 
220192295 de 2019  CONTRATACIÓN ESTATAL - Generalidades 
Tratándose de contratos de prestación de servicios profesionales, la idoneidad del futuro contratista está supeditada a la acreditación de su formación profesional a través del título de idoneidad o profesional, y al cumplimiento de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para el ejercicio de estas, requisitos que de no ser verificados por la entidad pública, vulnerarían el principio de selección objetiva para adelantar esta modalidad de contratación.  
2019-02-27 
220204129 de 2020  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Conflicto de Intereses 
Determina que no será inhabilidad para contratar con el Distrito haber presentado una acción popular contra ese ente territorial en el ejercicio que como ciudadano tiene derecho la persona a presentar acciones en causa propia, en el marco del númeral 1°del artículo 29 de la Ley 1123 de 2007 y el parágrafo del artículo 45 del Decreto 430 de 2018. 
2020-04-15 
220204129 de 2020  CONTRATISTAS - Escogencia  
Determina que no será inhabilidad para contratar con el Distrito haber presentado una acción popular contra ese ente territorial en el ejercicio que como ciudadano tiene derecho la persona a presentar acciones en causa propia, en el marco del númeral 1°del artículo 29 de la Ley 1123 de 2007 y el parágrafo del artículo 45 del Decreto 430 de 2018. 
2020-04-15 
220204774 de 2020  CONTRATISTAS - Responsabilidades 
Precisa que para identificar si en un determinado contrato, la relación se desarrolla con base en la subordinación del contratante hacia el contratista, debe contextualizarse sobre el tipo de contrato que se está ejecutando, toda vez que, el cumplimiento de un horario, el traslado a un sitio especifico o el seguimiento de instrucciones; no implica per se la existencia de una relación laboral, ya que en situaciones contractuales específicas, es necesario el seguimiento estricto de metodologías de ejecución contractual o periodos de dedicación previamente pactados con el contratante. 
2020-05-13 
220204887 de 2020  CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Normas Aplicables 
Da respuesta a la solicitud anónima sobre los contratos de prestación de servicios, indicando que no es que la administración esté dando por terminados los contratos de prestación de servicios, sino que los mismos han llegado al cumplimiento del plazo estipulado. Adicional a ello, no se encuentra la administración distrital en la obligación de dar continuidad a los contratos por encima del plazo inicialmente pactado, bajo ninguna circunstancia. 
2020-05-19 
220206621 de 2020  CONTRATACIÓN ESTATAL - Inhabilidades 
Conceptúa en relación con la Contratación de prestación de servicios para cónyuges o compañeros permanentes e hijos de Alcaldes Locales, que dependiendo del nivel de los servidores públicos, éstos no pueden contratar con la respectiva entidad pública a sus cónyuges o compañeros permanentes, ni las personas que tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, conforme a la Ley 80 de 1993. 
2020-06-18 
220221929 de 2022  OPERADORA DISTRITAL DE TRANSPORTE - Régimen Jurídico 
Responde la Directora de Doctrina y Asuntos Normativos, sobre el concepto de si existe inhabilidad o incompatibilidad para que una persona natural que ha ocupado cargo directivo en la Secretaría Distrital de Movilidad sea vinculada a través de contrato de prestación de servicios a la Operadora Distrital de Transporte, están inhabilitados para contratar con las entidades que hacen parte del sector administrativo de coordinación de la administración distrital, denominado ?Movilidad?, al igual que cualquier otro ex servidor del nivel directivo que haya ejercido tales cargos, en cualquier otra entidad adscrita o vinculada al sector movilidad, por el término fijado en la norma en comentó. 
2022-02-16 
ir al inicio


COVID-19
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202122877 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte concepto jurídico en relación con los tipos de establecimientos de comercio no enlistados por el artículo 1 del Decreto 442 de 2021 respecto al aforo y a la solicitud del carnet de vacunación. 
2021-11-23 
ir al inicio


DATOS PERSONALES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
8073 de 2021  DATOS PERSONALES - Protección 
Precisa que la jurisprudencia constitucional avala la condición establecida en el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Distrital 092 de 2021, relativa a no tener antecedentes penales para participar en las elecciones de Consejos Locales y Distrital de Vendedores Informales, como consecuencia de que se trata de una información de carácter público y debe entenderse además, como parte de un procedimiento que procura preservar los principios de moralidad pública y transparencia en el ejercicio de la toma de decisiones en asuntos públicos. 
2021-05-05 
220226845 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre la pregunta ¿Puede Ágata solicitar datos sensibles y personales de cualquier entidad pública sin que medie autorización, contrato o convenio previo en el que se encuentre debidamente habilitada por otra institución pública para exigir la transferencia de datos?, se da respuesta en el sentido de que, aun cuando el Estado se asocia con particulares para concurrir en el mercado en pie de igualdad como un competidor más, no pierden su carácter de entidad pública, y por lo tanto sus actuaciones también son la expresión de la actividad estatal, pudiendo ejecutar algunas funciones administrativas y también actividades comerciales en el giro propio de su actividad. Conforme lo expuesto, la excepción de la autorización para tratamiento de datos personales, encuentra justificación constitucional siempre y cuando exista conexidad directa entre la motivación de dicho tratamiento con el ejercicio de una competencia funcional de la entidad pública o administrativa. Dado que la Agencia de Analítica de Datos Ágata es una sociedad de economía mixta, cuando la necesidad del tratamiento de datos personales emerge del ejercicio de una actividad industrial y comercial realizada en competencia con otros actores del mercado, deberá obtener la autorización en observancia a los principios y normas que regulan la protección de datos personales. 
2022-05-04 
220226845 de 2022  DATOS PERSONALES - Concepto y Contenido 
Conceptúa sobre la pregunta sobre si ¿Las funciones establecidas en el decreto de creación de Ágata 272 del 2020 y el Plan Distrital de Desarrollo artículo 145 se entienden de manera similar a las asignadas por ley para el ejercicio de funciones administrativas??, la respuesta consiste en que las funciones públicas, así como actividades industriales y comerciales autorizadas para ser desarrolladas por la Agencia de Analítica de Datos Ágata, relacionados con la analítica de datos como la validación, recolección, integración, almacenamiento, depuración, estandarización, tratamiento, procesamiento, enriquecimiento, visualización y analítica multifinalitaria de datos estructurados y no estructurados del Distrito Capital e información pública y privada; se deberá establecer para cada caso particular, si el tratamiento de datos personales requerido se encuentra motivado en la conexidad directa con el ejercicio de una competencia cuyo contenido material consista en una potestad, autoridad o función que conforme a la Constitución o a la Ley se encuentre a cargo del Distrito y estuviere delegada a dicha entidad; o si por el contrario, se trata del ejercicio de una actividad de carácter industrial y comercial¸ es importante indicar que el tratamiento de datos sensibles está prohibido, salvo cuando tenga una finalidad histórica, estadística o científica, evento en el cual deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los titulares. 
2022-05-04 
ir al inicio


Deber de Información
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202214769 de 2022  PROYECTOS ESPECÍFICOS DE REGULACIÓN - Información Pública 
Resuelve inquietudes sobre el alcance del numeral 8 del artículo 8° del CPACA relativo al deber de información al público de los proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas, señalando el plazo para presentar observaciones, de las cuales se dejará registro público. En todo caso la Secretaría Jurídica Distrital adoptará autónomamente la decisión que a su juicio sirva mejor el interés general. 
2022-08-04 
ir al inicio


DEFENSA JUDICIAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
051 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte lineamientos sobre la necesidad de que los organismos y entidades distritales verifiquen permanentemente la totalidad de las sentencias desfavorables con obligaciones de pagar, y estas sean incorporadas al sistema diligenciando las respectivas fichas de pago e incluyendo la totalidad de los desembolsos efectuados para dar cumplimiento a la sentencia, y comprueben que los procesos terminados que han sido fallados en contra de la entidad distrital, que originan una erogación económica, tengan asociada una cuenta por pagar al beneficiario por concepto de sentencias judiciales, que deberá cancelarse con el fin de dar cumplimiento a la sentencia. De esta manera, se pueden prevenir posteriores incidentes de desacato o sobrecostos por concepto de intereses moratorios y otros conceptos que puedan originar el incumplimiento de la respectiva obligación. 
2022-10-19 
ir al inicio


DERECHO DE PETICIÓN
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220189320 de 2018  DERECHO DE PETICIÓN - Anónimos 
Las peticiones anónimas no podrán ser rechazadas por la autoridad administrativa y deberán ser tramitadas con observancia del procedimiento establecido para el efecto por el CPACA y resueltas dentro de los términos legales previstos para ello. 
2019-07-12 
2201815280 de 2018  BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Derecho de Petición 
Señala que los servidores de la Procuraduría General de la Nación, de la Defensoría del Pueblo, así como los personeros distritales y municipales, según la órbita de competencia, tienen el deber de prestar asistencia eficaz e inmediata a toda persona que la solicite, para garantizarle el ejercicio del derecho constitucional de petición. Si fuere necesario, deberán intervenir ante las autoridades competentes con el objeto de exigirles, en cada caso concreto, el cumplimiento de sus deberes legales. 
2018-10-31 
ir al inicio


DISCIPLINARIO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201814399 de 2018  ACCIÓN DISCIPLINARIA - Control Judicial 
Los actos disciplinarios expedidos por la administración pública son actos administrativos, contra los cuales, no es viable jurídicamente solicitar su revisión a través del recurso extraordinario, sino que, en su lugar, son objeto de control judicial mediante los medios de control contemplados en los artículos 137 y 139 del CPACA, relativos a nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho. 
2018-10-12 
2201914645 de 2019  ACCIÓN DISCIPLINARIA - Finalidad 
La jurisprudencia tanto del Consejo de Estado como de la Corte Constitucional, señala que corresponde al operador disciplinario, previo juicio de proporcionalidad, determinar e imponer, si es del caso, dentro del respectivo proceso, una de las sanciones previstas en el régimen disciplinario vigente (Ley 734 de 2002), hecho que dependerá del grado de la afectación de la falta cometida (leve, grave o gravísima), sobre los deberes del cargo del funcionario y sobre el cumplimiento de los fines del Estado y los principios constitucionales de la función pública. 
2019-10-24 
ir al inicio


EDILES - Funciones
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201810077 de 2018  EDILES - Inhabilidades 
Aclara que el aspirante a ser elegido edil, no podrá haber ejecutado dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura, contrato suscrito con cualquier entidad pública, cuya ejecución deba realizarse precisamente en la localidad para la cual haya sido elegido. 
2018-07-30 
220193263 de 2019  EDILES - Pérdida de Investidura 
Precisa que la inhabilidad para ser elegido edil, de que trata el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, aplica para quien, dentro del término de 3 meses anteriores a la inscripción de la candidatura, haya ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel distrital o nacional. Es decir, que el aspirante a ser elegido edil, no podrá haber ejecutado dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura, contrato suscrito con cualquier entidad pública, cuya ejecución deba realizarse precisamente en la localidad para la cual se inscribió. Significa lo anterior, que la ejecución del contrato debe estar por fuera de los tres meses anteriores a la fecha de la inscripción de la candidatura, tal y como se advierte de la disposición legal antes enunciada, y como se ha esbozado de los apartes transcritos de las sentencias del Consejo de Estado, a efecto de evitar incurrir en la inhabilidad para ser elegido edil. Ello, por cuanto la inhabilidad no se genera por la ejecución misma del contrato, sino por el hecho de que dicha ejecución se realice en la localidad donde se inscribió como candidato a edil. 
2019-03-19 
22020489 de 2020  EDILES - Incompatibilidades 
Conceptúa sobre la compatibilidad de una persona que funge como edil para inscribirse y ser elegido como Consejero Local de Propiedad Horizontal, y sobre la restricción de la capacidad jurídica de un edil en su condición de administrador y representante legal de una propiedad horizontal para participar de manera personal y activa en las actividades precontractuales, que conllevan a la suscripción de actos contractuales en nombre de la copropiedad.  
2020-01-16 
220202948 de 2020  JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES - Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos 
Indica que si un particular hace parte de una junta directiva de una Empresa Social del Estado del Distrito Capital lo es de una entidad descentralizada y adscrita al sector salud del Distrito, por lo cual estaría dentro de la inhabilidad contenida en el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993 que dispone que no podrán ser elegidos ediles quienes hayan sido miembros de una junta directiva distrital. 
2020-03-04 
220202948 de 2020  EDILES - Inhabilidades 
Indica que si un particular hace parte de una junta directiva de una Empresa Social del Estado del Distrito Capital lo es de una entidad descentralizada y adscrita al sector salud del Distrito, por lo cual estaría dentro de la inhabilidad contenida en el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993 que dispone que no podrán ser elegidos ediles quienes hayan sido miembros de una junta directiva distrital. 
2020-03-04 
10047 de 2021  EDILES - Honorarios 
Conceptúa que el pago de honorarios de los ediles tiene como base solamente la asistencia a las sesiones plenarias y a las comisiones permanente, que tengan lugar en días distintos a los de aquéllas, por cada sesión a la que concurran, sus honorarios serán iguales a la remuneración del Alcalde Local, dividida por veinte, siempre y cuando no exceda la remuneración mensual del Alcalde Local. 
2021-05-31 
ir al inicio


ELECCIONES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220237539 de 2023  ALCALDE/SA MAYOR - Actos Administrativos 
Dar concepto relacionado con la elección del Alcalde/sa Mayor de Bogotá como también indicar las prohibiciones de que trata el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, que se aplican durante los cuatro (04) meses anteriores a las elecciones del alcalde mayor de Bogotá D.C., independientemente de si las mismas se dan en primera o segunda vuelta, por cuanto lo que determina el término dentro del cual regirán las restricciones mencionadas, es la fecha de la realización de las elecciones. 
2023-05-09 
ir al inicio


EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220197559 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa que la capacidad de las Empresas Industriales y Comeciales del Estado para ser concedentes de los proyectos de Asociaciones Público Privados - APP, debe ser analizada de acuerdo a las reglas y requisitos exigidos en las leyes vigentes en el momento de su radicación ante las entidades públicas, y por consiguiente, ello no implica el cumplimiento de los supuestos definidos en las Leyes 1882 de 2018 y 1955 de 2019. 
2019-06-10 
220197559 de 2019  EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO - Normas Aplicables 
Conceptúa que la capacidad de las Empresas Industriales y Comeciales del Estado para ser concedentes de los proyectos de Asociaciones Público Privados - APP, debe ser analizada de acuerdo a las reglas y requisitos exigidos en las leyes vigentes en el momento de su radicación ante las entidades públicas, y por consiguiente, ello no implica el cumplimiento de los supuestos definidos en las Leyes 1882 de 2018 y 1955 de 2019. 
2019-06-10 
220197559 de 2019  EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO - Contratación 
Conceptúa que la capacidad de las Empresas Industriales y Comeciales del Estado para ser concedentes de los proyectos de Asociaciones Público Privados - APP, debe ser analizada de acuerdo a las reglas y requisitos exigidos en las leyes vigentes en el momento de su radicación ante las entidades públicas, y por consiguiente, ello no implica el cumplimiento de los supuestos definidos en las Leyes 1882 de 2018 y 1955 de 2019. 
2019-06-10 
220229270 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa acerca de la naturaleza jurídica y régimen legal aplicable a las empresas industriales y comerciales del Estado, la cual se deberá establecer para cada caso particular, atendiendo al acto de creación, normas y estatutos aplicables a la correspondiente entidad, su ámbito de actuaciones, funciones públicas administrativas encomendadas y actividades económicas industriales y/o comerciales autorizadas; a efectos de establecer su régimen contractual aplicable. 
2022-05-27 
220229270 de 2022  EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO - Naturaleza Jurídica 
Precisa que a las empresas industriales y comerciales del Estado y a las sociedades de economía mixta le son aplicables las reglas generales de las entidades descentralizadas por servicios, entre las cuales se encuentra la necesidad de estar adscritas o vinculadas, según corresponda a la administración pública en el nivel bien sea nacional, departamental, municipal o distrital al que pertenezcan, atendiendo su acto de creación. 
2022-05-27 
220229270 de 2022  EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO - Contratación 
Aclara que para conocer el régimen jurídico aplicable a las empresas industriales y comerciales del estado en materia de contratación de prestación de servicios, es necesario revisar, si se realiza la contratación para necesidades encaminadas a desarrollar actividades propias de la gestión económica y/o industrial o comercial en competencia con los particulares en el mercado, en cuyo caso se sujetara a las disposiciones de Derecho Privado, en cambio cuando se realice la contratación de prestación de servicios para la atención de tareas administrativas confiadas a dichas entidades en ejercicio de funciones públicas, les será aplicable el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. 
2022-05-27 
ir al inicio


EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO-ESES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220202948 de 2020  EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - Juntas Directivas 
Indica que si un particular hace parte de una junta directiva de una Empresa Social del Estado del Distrito Capital lo es de una entidad descentralizada y adscrita al sector salud del Distrito, por lo cual estaría dentro de la inhabilidad contenida en el numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993 que dispone que no podrán ser elegidos ediles quienes hayan sido miembros de una junta directiva distrital. 
2020-03-04 
220202948 de 2020  EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - Distrito Capital 
Concluye que las Empresas Sociales del Estado del Distrito Capital están dentro de la estructura general del sector descentralizado funcionalmente o por servicios, y hacen parte del Sector Salud como entidades adscritas, conforme a los artículos 26 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, 32 del Acuerdo Distrital 641 de 2016 y 2.5.3.8.4.1.1. del Decreto Nacional 780 de 2016. 
2020-03-04 
8345 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concepto pago honorarios miembros junta directiva. 
2021-05-11 
8345 de 2021  EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - Juntas Directivas 
Concepto pago honorarios miembros junta directiva. 
2021-05-11 
2202218480 de 2022  EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - Procedimientos Sancionatorios 
Traslada por competencia a la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud una solicitud de concepto formulada por la Gerencia de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. respecto de la titularidad jurídica de competencia en contratos celebrados por las Empresas Sociales del Estado para aplicar procedimientos sancionatorios contractuales. Lo anterior con base en los numerales 1), 2) y 3) del artículo 4 del Decreto Distrital 507 de 2013. 
2022-09-15 
ir al inicio


ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
22017866 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Inspección, Vigilancia y Control 
La inspección, vigilancia y control de competencia de la Administración Distrital, por conducto de las Secretarías de Despacho, se efectúa a las entidades sin ánimo de lucro con domicilio en Bogotá, D.C., en cumplimiento de las funciones atribuidas por la Ley 22 de 1987, los Decretos Nacionales 432 y 1318 de 1988, 1093 de 1989, 525 de 1990 y 1088 de 1991. 
2017-01-25 
220172509 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Constitución 
Se fomulan preguntas relacionadas con las entidades sin ánimo de lucro -ESAL a nivel general y de competencia. 
2017-03-06 
220172732 de 2017  FUNDACIONES - Patrimonio 
Precisa que el patrimonio de las Fundaciones es autónomo y se destina única y exclusivamente al objetivo que los fundadores le otorgaron a la entidad a través de sus estatutos, conforme al artículo 650 del Código Civil. Por tanto, su patrimonio no pertenece a ninguno de los individuos que la componen y en ese sentido, no puede ser parte del proceso de sucesión del fundador o fundadores fallecidos. 
 
220173146 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Inspección, Vigilancia y Control 
Hace un recuento histórico de las normas que regulan la competencia para ejercer la inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro de naturaleza privada, por parte de la administración Distrital. 
2017-03-27 
220173987 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Órganos de Dirección 
Corresponderá a cada entidad sin ánimo de lucro - ESAL, de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que regulan, determinar los órganos de dirección y administración; las instancias o reuniones en las que se tomarán y adoptarán decisiones; el quórum para la toma de decisiones mayoritarias; y todos los demás elementos requeridos para el ejercicio de sus actividades, entre ellos, todo lo relacionado con las funciones que deberá cumplir la asamblea general o la reunión de asociados. 
2017-04-07 
220174476 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Inspección, Vigilancia y Control 
Señala que es la Comisión Nacional de Televisión, la encargada, por disposición constitucional, de ejercer la facultad de inspección, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro cuyas actividades estén relacionadas con el servicio de televisión. 
2017-04-24 
220176766 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Fusión 
Expone los requisitos y reglamentación aplicable para la fusión entre entidades sin ánimo de lucro, diferenciando esta, con la figura de la incorporación, que a su vez define. 
2019-02-27 
220178843 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Generalidades 
Las Entidades sin Ánimo de Lucro -ESAL- tienen su origen en el artículo 38 de la Constitución Política y surgen como desarrollo del derecho fundamental de asociación, el cual garantiza la libertad de las personas para asociarse y desarrollar actividades comunes sin perseguir un ánimo de lucro con ello. El régimen civil colombiano define las ESAL, como personas jurídicas conformadas por la asociación de personas naturales con el fin desarrollar actividades en su beneficio, el de terceras personas o para la comunidad en general, y como atributo de esa ficción jurídica, las Entidades sin Ánimo de Lucro con capaces de ejercer derechos, contraer obligaciones, y estar representadas legal, judicial y extrajudicialmente en virtud del desarrollo y ejecución de las actividades propias de su objeto. 
2017-08-11 
2201711148 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Remuneración 
Precisa que las Entidades sin Animo de Lucro (E.S.A.L.) en la ejecución de su objeto no persiguen lucro o remuneración, no obstante cuando en cumplimiento de su fin social sea necesario realizar actividades administrativas, aquellas personas que presten este servicio, así sean fundadores o miembros de la junta directiva de la E.S.A.L. tienen derecho a recibir un pago u honorarios, siempre y cuando el precio de la actividad corresponda a precios comerciales promedio conforme a la naturaleza de los servicios o productos de la transacción. 
2017-10-02 
2201711981 de 2017  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Sucursales o Subsidiarias 
Precisa con base en el artículo 3° de la Guía Práctica de Entidades Sin Animo de Lucro, que las E.S.A.L. no podrán constituir sucursales, a excepción de las Entidades del Sector Solidario, sobre las cuales, agrega la Dirección de Doctrina que deben crear sus estatutos teniendo en consideración los requisitos contemplados en el Decreto Nacional 2150 de 1995, y que pueden ser creadas por escritura pública o documento privado conforme al artículo 143 del Decreto en mención.  
2017-10-24 
220188779 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Órganos de Dirección 
Señala los términos y oportunidad en que se puede realizar un cambio en los órganos de administración por parte de la Asamblea General de Asociados de una Entidad Sin Ánimo de Lucro, y su obligación de inscribir a los nuevos miembros ante la cámara de comercio para que la modificación cobre efecto.  
2019-06-28 
220189892 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Constitución 
Para la obtención de la personalidad jurídica de las ESAL, estas se podrán constituir por escritura pública o documento privado, según lo prescribe el capítulo II del Decreto Nacional 2150 de 1995, reglamentado por el Decreto Nacional 427 de 1996. De ahí que el artículo 634 del Código Civil disponga que no son personas jurídicas las Entidades Sin Ánimo de Lucro que no se hayan establecido en virtud de la ley. 
2018-07-25 
220189892 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Representación 
El representante legal, es la persona natural o jurídica encargada de ejecutar las decisiones adoptadas por los órganos de dirección y administración de la Entidad Sin Ánimo de Lucro - ESAL, adelantando su gestión con diligencia, buena fe e inteligencia, dentro de las atribuciones y limitaciones legales estatutarias establecidas para el efecto. Adicional, es la única persona facultada para comprometer con su firma a la Entidad Sin Ánimo de Lucro - ESAL, a través de la celebración y ejecución de todos los actos jurídicos y contratos comprendidos dentro del objeto social y que se relacionen directamente con la existencia y el funcionamiento de esta.  
2018-07-25 
2201813222 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Remuneración 
Precisa que la naturaleza jurídica de las Entidades Sin Ánimo de Lucro es la de desarrollar actividades en beneficio de sus asociados, de terceras personas o para la comunidad en general sin perseguir un ánimo de lucro con ello. Así las cosas, no existe, un reparto de excedentes o utilidades entre sus asociados o fundadores, por ende, la participación de los asociados en la Asamblea General no debe conllevar al reconocimiento o pago alguno de honorarios, pues es un derecho - deber asistir e intervenir en ella. 
2018-09-25 
2201813222 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Normas Aplicables 
Las Entidades Sin Ánimo de Lucro -ESAL- tienen su origen en el artículo 38 de la Constitución Política y surgen como desarrollo del derecho fundamental de asociación, el cual garantiza la libertad de las personas para asociarse y desarrollar actividades comunes sin perseguir un ánimo de lucro con ello. El artículo 16 del Decreto Distrital 059 de 1991, establece los requisitos que el régimen estatutario de las asociaciones o corporaciones sin ánimo de lucro deberán contener. 
2018-09-25 
2201813222 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Órganos de Dirección 
Las Entidades Sin Ánimo de Lucro para su correcto funcionamiento, cuentan con órganos de fiscalización, administración y dirección. El órgano de fiscalización analiza permanentemente que el patrimonio de la entidad esté adecuadamente protegido, conservado y utilizado para el objeto destinado. Por su parte, el órgano de administración tiene la función, entre otras, de cumplir y hacer cumplir las decisiones adoptadas por la Asamblea General de Asociados. Por último, el órgano de dirección es la Asamblea General de Asociados, cuya función es velar por el cumplimiento de los objetivos de la Entidad, es el máximo órgano directivo y administrativo. 
2018-09-25 
2201813223 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Revisor Fiscal 
Precisa que, si al momento de elegir al revisor fiscal por parte de la Asamblea General de la entidad sin ánimo de lucro, el seleccionado se encontraba incurso en alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades tipificadas por el legislador, se deberá dar por terminado el vínculo laboral o contractual con él y, de manera inmediata, nombrar al revisor fiscal suplente como principal, siempre que este último no se encuentre en ninguna de las situaciones enunciadas. También se reitera, consultar los estatutos de cada entidad, con el fin de verificar y exigir el cumplimiento de lo allí establecido para tal fin. 
2018-09-25 
2201813223 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Estatutos 
Precisa que, si al momento de elegir al revisor fiscal por parte de la Asamblea General de la entidad sin ánimo de lucro, el seleccionado se encontraba incurso en alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades tipificadas por el legislador, se deberá dar por terminado el vínculo laboral o contractual con él y, de manera inmediata, nombrar al revisor fiscal suplente como principal, siempre que este último no se encuentre en ninguna de las situaciones enunciadas. También se reitera, consultar los estatutos de cada entidad, con el fin de verificar y exigir el cumplimiento de lo allí establecido para tal fin.  
2018-09-25 
2201813223 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Generalidades 
Precisa que, si al momento de elegir al revisor fiscal por parte de la Asamblea General de la entidad sin ánimo de lucro, el seleccionado se encontraba incurso en alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades tipificadas por el legislador, se deberá dar por terminado el vínculo laboral o contractual con él y, de manera inmediata, nombrar al revisor fiscal suplente como principal, siempre que este último no se encuentre en ninguna de las situaciones enunciadas. También se reitera, consultar los estatutos de cada entidad, con el fin de verificar y exigir el cumplimiento de lo allí establecido para tal fin. 
2018-09-25 
2201816638 de 2018  ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Constitución 
Formula preguntas relacionadas con las entidades sin ánimo de lucro -ESAL a nivel general y de competencia. 
2018-11-30 
2202324548 de 2023  PROPIEDAD HORIZONTAL - Solución de Controversias 
Precisa que para la solución de los conflictos que se presenten entre los propietarios o tenedores del edificio o conjunto; o entre estos y el administrador, el consejo de administración o cualquier otro órgano de dirección o control de la persona jurídica; se podrá acudir al comité de convivencia y a los mecanismos alternos de solución de conflictos, así como a los jueces civiles competentes, en el marco de la aplicación del reglamento de propiedad horizontal. 
2023-11-22 
2202324548 de 2023  PROPIEDAD HORIZONTAL - Derechos de Los Propietarios 
Precisa que para la solución de los conflictos que se presenten entre los propietarios o tenedores del edificio o conjunto; o entre estos y el administrador, el consejo de administración o cualquier otro órgano de dirección o control de la persona jurídica; se podrá acudir al comité de convivencia y a los mecanismos alternos de solución de conflictos, así como a los jueces civiles competentes, en el marco de la aplicación del reglamento de propiedad horizontal. 
2023-11-22 
2202324548 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Actos Administrativos 
Precisa que para la solución de los conflictos que se presenten entre los propietarios o tenedores del edificio o conjunto; o entre estos y el administrador, el consejo de administración o cualquier otro órgano de dirección o control de la persona jurídica; se podrá acudir al comité de convivencia y a los mecanismos alternos de solución de conflictos, así como a los jueces civiles competentes, en el marco de la aplicación del reglamento de propiedad horizontal. 
2023-11-22 
ir al inicio


ESPACIO PÚBLICO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220179106 de 2017  ESPACIO PÚBLICO - Arborización y Manejo Silvicultural 
Mantiene la posición jurídica adoptada en el concepto No. 2-2016-24268 y manifiesta la importancia de que las entidades competentes para la intervención silvicultural en la ciudad de Bogotá observen el Manual de Silvicultura Urbana, Zonas Verdes y Jardinería contemplado en el Decreto Distrital 531 de 2010 y actúen de manera armonica en relación al manejo silvicultural de la ciudad.  
2017-08-17 
8838 de 2021  CONSEJOS LOCALES - Consejos Locales de Vendedores Informales 
La persona que acepte voluntariamente la comisión del comportamiento contrario a la convivencia, podrá solicitar al Inspector de Policía que se le conmute la multa por la participación en actividad pedagógica de convivencia, cuando: a. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición del comparendo solicite la asignación de cita efectiva en los sitios habilitados, para el efecto, por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, y b. Se presente y participe en actividad pedagógica de convivencia, en la fecha, hora y lugar que le habilite la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, conforme con la oferta institucional dispuesta para el efecto como mecanismo mediante el cual los candidatos electos podrán conmutar las medidas correctivas ejecutoriadas (en caso de tenerlas). 
2021-05-18 
ir al inicio


ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
22017866 de 2017  ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO - Cierre  
Los alcaldes locales tienen la facultad para ordenar el cierre temporal o definitivo de un establecimiento de comercio, cuando se den las causales para dicho cierre, tal y como ocurre para cuando una persona jurídica que se haya constituido o registrado bajo la denominación de club o centro social y que ofrezca servicios o actividades de recreación, expendio de licor, baile o cualquier tipo de espectáculo, extienda tales servicios, actividades o espectáculos a toda clase de público, trascendiendo de lo privado a lo público, por lo cual se consideran establecimientos abiertos al público, siendo de competencia de los alcaldes locales. 
2017-01-25 
2202118296 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte concepto jurídico en relación con la prohibición para el ingreso de animales a los establecimientos comerciales y se precisa interpretar que el ingreso de animales de asistencia se encuentra abiertamente permitido en el parágrafo 1 del artículo 117 sin condición que delimite o le obligue a acreditar su condición. 
2021-09-14 
2202120274 de 2021  ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO - Horarios 
Emite concepto sobre los establecimientos de venta alimentos, restaurantes, comidas rápidas y cocinas ocultas. al respecto se emiten las siguiente orientaciones: El horario que deben manejar estos establecimientos si venden bebidas embriagantes es entre las 10:00 a.m. y las 3:00 a.m., así mismo deben implementar los protocolos de bioseguridad contenidos en la Resolución 777 de 2021 . Los establecimientos que no expendan alcohol, no están cobijados por la prohibición horaria, y en ese sentido, pueden funcionar dentro del horario que, de acuerdo con la libertad económica, disponga su propietario y/o administrador. El art.83. Ley 1801 de 2016, faculta a los alcaldes para fijar horarios para el ejercicio de la actividad económica. 
2021-10-08 
ir al inicio


FIRMA DIGITAL Y MECÁNICA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220182717 de 2018  ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Firma Digital y Mecánica 
En concordancia con los pronunciamientos emitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC-, respecto a la validez de la firma mecánica aplicada a un correo electrónico, se reitera que por hacer parte de un mensaje de datos, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 527 de 1999, su eficacia, validez o fuerza obligatoria y probatoria deberá ser evaluada de acuerdo con las normas particulares previstas en los artículos 3 a 25 de dicha ley y con las generales establecidas en el Código General del Proceso, para analizar la prueba documental, al tiempo que las consecuencias jurídicas del mensaje de datos se regirán por las normas aplicables al acto o negocio que contenga. Por lo tanto, si la firma mecánica (escaneada) en el documento remitido a través de mensaje de datos (correo electrónico) cumple con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la Ley 527 de 1999, dentro de las cuales no se encuentra la de ser firma digital, la validez o eficacia del acto que aprueba dependerá del efecto que las normas especiales o generales que lo regulen le confieran a esa firma.  
2018-03-02 
ir al inicio


FUNDACIONES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220184751 de 2018  FUNDACIONES - Inspección, Vigilancia y Control 
Se debe consultar los estatutos en cuanto a la participación de ?Los beneficiarios de una Fundación?, en la Asamblea de ?Asociados?, con el fin de establecer si tienen asiento en la en la misma, con voz y voto, ya que los estatutos tienen fuerza obligatoria sobre la ESAL, y sus miembros están obligados a obedecerlos bajo las penas que los mismos estatutos imponga, según el artículo 641 del Código Civil. 
2018-04-18 
ir al inicio


GOBIERNO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220198003 de 2019  ELECCIÓN POPULAR - Inhabilidades 
Precisa que existen tres inhabilidades consagradas en la ley, para las personas que aspiran a los cargos de diputado, concejal y edil, relacionadas con la celebración y ejecución de contratos con entidades públicas de la entidad territorial respectiva, las cuales, no hacen distinción alguna en la calidad del contratista, ni el objeto del acuerdo negocial (compraventa, prestación de servicios, suministros, administración de bienes, etc.). Por ende, al guardar silencio el legislador respecto de la calidad del contratista o, sobre el objeto del contrato celebrado, debe entenderse que las inhabilidades se aplicarán de manera idéntica a todos los aspirantes a ser elegidos diputado, concejal y edil, que hubieren celebrado contratos con entidades públicas, pues es claro que cuando la ley no hace dicha distinción, no le es dado al intérprete hacerlo. 
2019-06-19 
2201911038 de 2019  ELECCIÓN POPULAR - Inhabilidades 
Respuesta sobre el Régimen de inhabilidades e incompatibilidades para aspirar a cargos de elección popular en las entidades territoriales. 
2019-08-14 
ir al inicio


GRUPOS POBLACIONALES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220206904 de 2020  SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL - Funciones 
mite concepto sobre la jurisprudencia y normas internacionales (Convención de las Naciones Unidas) existentes entre los años 2000 y 2018 que respalden los actos, asistencia o acompañamiento del núcleo familiar cuando asistían al adulto mayor, sin haber un proceso de interdicción en un Juzgado de familia y Las Leyes que amparan los derechos y protección a los niños, niñas y adolescentes, pueden dar alcance a los adultos mayores, desde que fecha y que normas lo reglamentan.? 
 
220206904 de 2020  ANCIANOS Y PERSONAS O ADULTOS MAYORES - Protección 
Determina que de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Política, el Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria, y que el Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia. 
 
220206904 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre la jurisprudencia y normas internacionales (Convención de las Naciones Unidas) existentes entre los años 2000 y 2018 que respalden los actos, asistencia o acompañamiento del núcleo familiar cuando asistían al adulto mayor, sin haber un proceso de interdicción en un Juzgado de familia y Las Leyes que amparan los derechos y protección a los niños, niñas y adolescentes, pueden dar alcance a los adultos mayores, desde que fecha y que normas lo reglamentan.? 
 
ir al inicio


IMPUESTOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202221797 de 2022  ADMINISTRACIÓN CENTRAL D.C. - Aportes Voluntarios 
Conceptúa sobre la vigencia del Decreto Distrital 093 de 2020, donde se precisa que perdió vigencia por disposición expresa del mismo decreto, bajo la causal 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 - CPACA ?Cuando se cumpla la condición resolutoria a que se encuentre sometido el acto?, el artículo 26 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 mantuvo la vigencia del Sistema Bogotá Solidaria así como sus mecanismos de focalización, financiamiento, operación y arreglo institucional definidos en los Decretos Distritales 93 y 108 de 2020; en tal sentido, y tal como lo expresa la Secretaría Distrital de Hacienda ?(?) como el Decreto Distrital 93 de 2020 había incluido las donaciones denominadas ?aportes voluntarios? del Decreto 797 de 2018 dentro de los mecanismos de financiamiento del Sistema, se considera vigente dicha destinación? 
2022-10-01 
ir al inicio


INMUEBLES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220227137 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Dirección de Doctrina y Asuntos Normativos 
Conceptúa sobre la procedencia de la segunda instancia en los procesos de restitución de inmueble arrendado, cuando la causal no sea la mora en el pago del canon de arrendamiento, y precisa que en este caso los mismos se tramitarán en doble instancia, con lo cual corresponderá al juez del proceso determinar las providencias que podrán ser susceptibles del recurso de alzada, toda vez que el legislador sólo estableció que se tramitaría en única instancia, el proceso de restitución de inmueble arrendado, cuando la causal de restitución sea la mora en el pago del canon de arrendamiento.  
2022-05-09 
ir al inicio


INSPECCION Y VIGILANCIA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202120274 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre cómo se incluye dentro de los Decretos Distritales 277 de 2021 y 318 de 2021 a los establecimientos de venta alimentos, restaurantes, comidas rápidas y cocinas ocultas. al respecto se emiten las siguiente orientaciones: La reglamentación vigente en materia de reactivación económica para los establecimientos que se dediquen a alguna actividad económica, como la indicada en la solicitud, está contenida en la Resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, y lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Decreto Distrital 277 de 2021. El horario que deben manejar estos establecimientos si venden bebidas embriagantes es entre las 10:00 a.m. y las 3:00 a.m., así mismo deben implementar los protocolos de bioseguridad contenidos en la Resolución 777 de 2021 . Los establecimientos que no expendan alcohol, no están cobijados por la prohibición horaria, y en ese sentido, pueden funcionar dentro del horario que, de acuerdo con la libertad económica, disponga su propietario y/o administrador. El art.83. Ley 1801 de 2016, faculta a los alcaldes para fijar horarios para el ejercicio de la actividad económica y establece las competencias de las autoridades de policía, en relación con los establecimientos de comercio. De otra parte, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., tiene funciones relacionadas con la inspección, vigilancia y control de los establecimientos de comercio que funcionan en el Distrito Capital. 
2021-10-08 
ir al inicio


JUNTAS DIRECTIVAS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220192290 de 2019  ASAMBLEAS DEPARTAMENTALES - Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos 
Señala las incompatibilidades e inhabilidades aplicables para aspirar a cargos de elección popular en las asambleas departamentales. 
2019-02-27 
220204728 de 2020  JUNTAS DIRECTIVAS - Honorarios 
Emite concepto sobre honorarios honorarios a percibir por parte de los miembros de junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP con ocasión de las sesiones que se lleven a cabo durante la medida de cuarentena. 
2020-05-12 
220204728 de 2020  EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - EAAB - ESP - Junta Directiva 
Emite concepto sobre honorarios honorarios a percibir por parte de los miembros de junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP con ocasión de las sesiones que se lleven a cabo durante la medida de cuarentena. 
2020-05-12 
220204728 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre honorarios honorarios a percibir por parte de los miembros de junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP con ocasión de las sesiones que se lleven a cabo durante la medida de cuarentena. 
2020-05-12 
ir al inicio


LABORAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202012025 de 2020  SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - Acuerdo Laboral 
Concepto, respecto de la viabilidad jurídica para realizar negociación sectorial en el Sector Administrativo de Salud, y concretamente sobre la viabilidad de establecer una mesa sectorial en la Secretaría Distrital de Salud. 
2020-09-04 
2202012025 de 2020  SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD - Circulares y Directivas 
Concepto, respecto de la viabilidad jurídica para realizar negociación sectorial en el Sector Administrativo de Salud, y concretamente sobre la viabilidad de establecer una mesa sectorial en la Secretaría Distrital de Salud. 
2020-09-04 
ir al inicio


LICENCIAS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220176763 de 2017  SERVIDORES PÚBLICOS - Licencia de Maternidad 
Precisa que de conformidad con la modificación introducida por el artículo 4 del Acto Legislativo 02 de 2015 al artículo 134 de la Constitución Política, la licencia de maternidad de las mujeres miembros de las corporaciones públicas constituye una falta temporal que da lugar a su reemplazo. En ese sentido, solo podrán ser reemplazadas por los candidatos no elegidos que según el orden de inscripción o votación obtenida, le sigan en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral. 
 
220209251 de 2020  TELECOMUNICACIONES - Antenas y Estructuras 
La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos emite concepto sobre el alcance estricto del parágrafo 4° del artículo 1° del Decreto Legislativo 540 de 2020 respecto del contenido del artículo 6 del Decreto Legislativo 491 de 2020, frente al trámite a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación respecto a las autorizaciones para la localización de antenas. 
2020-07-28 
220209251 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos emite concepto sobre el alcance estricto del parágrafo 4° del artículo 1° del Decreto Legislativo 540 de 2020 respecto del contenido del artículo 6 del Decreto Legislativo 491 de 2020, frente al trámite a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación respecto a las autorizaciones para la localización de antenas. 
2020-07-28 
ir al inicio


LOCALIDADES BOGOTÁ D.C. - Autoridades Locales
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201912948 de 2019  JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TEUSAQUILLO - Reglamento Interno 
Precisa que la elección de la mesa directiva de la Junta Administradora Local ?JAL- de Teusaquillo y de las mesas directivas de cada una de las seis comisiones permanentes, corresponde llevarla a cabo a la plenaria de la JAL, por no habérsele atribuido a otra instancia la elección de tales mesas directivas. 
2019-08-19 
2201913557 de 2019  ALCALDIAS LOCALES - Delegaciones 
El acto mediante el cual el Alcalde Mayor, facultado por el artículo 92 del Decreto Ley 1421 de 1993, había efectuado la delegación para ordenar los gastos con cargo a los recursos de los fondos de desarrollo local, como lo era el artículo 8 del Decreto Distrital 101 de 2010, sufrió un decaimiento a partir del vencimiento del plazo durante el cual se difirió la nulidad del citado artículo 92 del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., por haber sido expulsado este último del universo jurídico, como consecuencia de la decisión del Consejo de Estado, de declarar nula dicha disposición. Según lo previsto en el Decreto Distrital 374 de 2019, los alcaldes locales tienen ?la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con las disposiciones que regulan las inversiones y gastos con cargo a tales Fondos?, en virtud de la delegación conferida por el Alcalde Mayor, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Acuerdo Distrital 740 de 2019. 
2019-10-03 
2201915108 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Con la expedición del Acuerdo 740 de 2019 ?Por el cual se dictan normas en relación con la organización y el Funcionamiento de las Localidades de Bogotá, D.C.?, se entienden derogados los anteriores Acuerdos del Concejo de Bogotá y/o Decretos del Alcalde Mayor, mediante los cuales se realizaba reparto de competencias y/o delegación de funciones a los Alcaldes Locales o Juntas Administradoras Locales, en especial lo pertinente en el Acuerdo 06 de 1992, Decreto 854 de 2001, Decreto 610 de 2010 y todos los demás Acuerdos, Decretos y Resoluciones mediante los cuales, antes de la vigencia del Acuerdo 740 de 2019, se realice tal delegación de funciones y competencias. 
2019-11-01 
2202212559 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Realiza el peticionario, varias preguntas sobre la Junta Administradora Local de Usaquen, tales como si es posible continuar sesionando de manera virtual o debe retomar sesiones presenciales, los requisitas para seguir sesionando de manera virtual, si hay que expedir un nuevo acto administrativo y si es posible, que entidad es responsable de ajustar las instalaciones para incorporar las medias preventivas y por ultimo si Pueden los Ediles NO vacunados retomar sesiones presenciales: Se da respuesta, sobre lo establecido en la Ley 1421 de 1993, la cual ha establecido respecto a las reuniones, sesiones, acuerdos y decretos locales y demás aspectos referentes a su funcionamiento, así mismo, el Ministerio de Salud y Protección local, estableció una serie de medidas de bioseguridad para contrarrestar la propagación del virus, promover el autocuidado y contribuir con la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, atendiendo al principio de responsabilidad. 
2022-07-07 
ir al inicio


LOCALIDADES BOGOTÁ D.C. - Contratación
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202212559 de 2022  JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USAQUÉN - Sesiones fuera del Recinto o en Sectores Locales 
Realiza el peticionario, varias preguntas sobre la Junta Administradora Local de Usaquen, tales como si es posible continuar sesionando de manera virtual o debe retomar sesiones presenciales, los requisitas para seguir sesionando de manera virtual, si hay que expedir un nuevo acto administrativo y si es posible, que entidad es responsable de ajustar las instalaciones para incorporar las medias preventivas y por ultimo si Pueden los Ediles NO vacunados retomar sesiones presenciales: Se da respuesta, sobre lo establecido en la Ley 1421 de 1993, la cual ha establecido respecto a las reuniones, sesiones, acuerdos y decretos locales y demás aspectos referentes a su funcionamiento, así mismo, el Ministerio de Salud y Protección local, estableció una serie de medidas de bioseguridad para contrarrestar la propagación del virus, promover el autocuidado y contribuir con la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, atendiendo al principio de responsabilidad. 
2022-07-07 
2202221015 de 2022  LOCALIDADES DE BOGOTÁ D.C. - Competencia y Funciones 
Conceptúa señalando que dentro de la delegación realizada por la Alcaldesa Mayor de Bogotá a las Alcaldías Locales, se encuentra inmersa la facultad sancionatoria. Al haberse realizado la respectiva delegación en las Alcaldías Locales, son las mismas, quienes tienen a su cargo la suscripción de los contratos, la supervisión de los mismos y la verificación del cumplimiento del objeto contractual, para que, en caso de considerarlo pertinente, pueda dar inicio a las facultades sancionatorias que le han sido otorgadas de manera legal. En este sentido, puede concluirse que el proceso sancionatorio es accesorio a la gestión contractual y, por tanto, sigue la suerte de lo principal. 
2022-10-10 
ir al inicio


LOCALIDADES BOGOTÁ D.C. - Fondos de Desarrollo Local
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
22018432 de 2018  FONDOS DE DESARROLLO LOCAL - Cumplimiento Sentencias Judiciales 
Aclara que con los recursos de los Fondos de Desarrollo Local se puede atender el pago de las decisiones judiciales, consecuencia de la acción u omisión de las alcaldías locales a través del rubro presupuestal ?Créditos judicialmente reconocidos.? 
2018-01-15 
2202221015 de 2022  FONDOS DE DESARROLLO LOCAL - Competencia y Funciones 
Conceptúa señalando que dentro de la delegación realizada por la Alcaldesa Mayor de Bogotá a las Alcaldías Locales, se encuentra inmersa la facultad sancionatoria. Al haberse realizado la respectiva delegación en las Alcaldías Locales, son las mismas, quienes tienen a su cargo la suscripción de los contratos, la supervisión de los mismos y la verificación del cumplimiento del objeto contractual, para que, en caso de considerarlo pertinente, pueda dar inicio a las facultades sancionatorias que le han sido otorgadas de manera legal. En este sentido, puede concluirse que el proceso sancionatorio es accesorio a la gestión contractual y, por tanto, sigue la suerte de lo principal. 
2022-10-10 
ir al inicio


LOCALIDADES DEL DISTRITO CAPITAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220203847 de 2020  JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES - Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos 
Emite concepto sobre las prohibiciones para los parientes de miembros de las Juntas Administradoras Locales. 
2020-03-31 
ir al inicio


MEDIO AMBIENTE
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220172296 de 2017  EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - EAAB - ESP - Funciones 
Señala las obligaciones que tiene la Empresa de Acueducto y Alcantarillado respecto a la realización de obras de estabilización de taludes en ríos y quebradas, la conservación, recuperación y mantenimiento de los humedales en sus componentes, hidráulico, sanitario, biótico y urbanístico realizando además el seguimiento técnico de las zonas de ronda, bajo la coordinación de la autoridad ambiental competente. 
2017-02-02 
ir al inicio


NATURALEZA DE ENTIDADES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201713844 de 2017  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Confirma las funciones de la Secretaría Jurídica Distrital de acuerdo a sus competencias y funciones básicas en asuntos normativos a nivel Distrital, en relación a la pregunta en referencia señala como una de las funciones de la Subsecretaría Jurídica Distrital, intervenir y proponer fórmulas de arreglo directo cuando surjan conflictos entre los organismos y entidades distritales y que para el caso en concreto de tratarse de un conflicto distinto al anterior, es decir, entre un ciudadano o un usuario y la ETB, se debe acudir en primer lugar, a la misma Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá ETB, presentando sus peticiones, quejas o recursos en las oficinas físicas, oficinas virtuales, la línea gratuita de atención al usuario, Oficina de Defensoría del Cliente, exclusivamente para atender los casos extremos de fallas en el servicio.  
2017-11-30 
2201817650 de 2018  ADMINISTRACIÓN CENTRAL D.C. - Estructura 
Concluye que la Secretaría de Obras Públicas tiene personería jurídica propia y por consiguiente su propio NIT, autonomía administrativa y su propio patrimonio de acuerdo al artículo 26 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, mientras que las Secretarías de Despacho no tienen personería jurídica por lo cual tienen el mismo NIT. 
2018-12-17 
2201817650 de 2018  BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Estructura, Organización y Funcionamiento 
Concluye que la Secretaría de Obras Públicas tiene personería jurídica propia y por consiguiente su propio NIT, autonomía administrativa y su propio patrimonio de acuerdo al artículo 26 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, mientras que las Secretarías de Despacho no tienen personería jurídica por lo cual tienen el mismo NIT. 
2018-12-17 
220221989 de 2022  EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO - Normas Aplicables 
Emite concepto sobre el siguiente asunto: ?Canal Capital no está obligado a incluir dentro de sus estudios previos o pliegos de condiciones este requisito teniendo en cuenta que es una entidad no sometida al Estatuto General de Contratación de la administración pública en razón a su condición de empresa industrial y comercial del Estado. ¿Es correcta la afirmación??. La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, explica que : El Decreto Distrital 332 de 2020 ?(?) aplicarán para los procesos contractuales que adelanten las entidades del nivel central y descentralizado del Distrito Capital, incluyendo las localidades, que estén sometidos al estatuto general de contratación de la administración pública". De otra parte, en virtud de lo dispuesto en la Escritura de Constitución 4854 del 14 de noviembre de 1995, a la empresa Canal Capital le es aplicable los dos tipos de regímenes de contratación, ya que por una parte tiene el carácter de entidad descentralizada indirecta del orden distrital como Empresa Industrial y Comercial del Estado y por el otro se indica que podrá celebrar actos, contratos y convenios con las normas que rigen a las entidades descentralizadas del orden distrital y las empresas industriales y comerciales del Estado entre otras. Concluye entonces que el régimen de derecho privado aplica para las actividades, bienes y servicios propios de la actividad misional industrial o comercial o de gestión económica en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados; y los procedimientos de contratación de Ley 80 de 1993 y sus modificaciones, aplican para las actividades requeridas para su funcionamiento o que contribuyan para cumplir su objeto misional. A la luz de lo anterior se deducirá la aplicación del Decreto 332 de 2020. 
2022-02-09 
ir al inicio


OBRA PUBLICA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201711892 de 2017  EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A. - Planes Ambientales, de Desarrollo, Estratégicos y Operativos 
Transmilenio S.A. solo puede disponer de los recursos que le son entregados única y exclusivamente para el desarrollo de infraestructura del Sistema Integrado de Transporte Masivo, tal y como lo determinó el Contador General de Bogotá, D.C., en concepto con radicado No. 2012EE343346 del 31 de diciembre de 2012, al señalar que Transmilenio S.A. está condicionado a ejecutar los recursos que le son girados del Rubro ?Infraestructura? única y exclusivamente para el desarrollo de obras para la infraestructura del Sistema Integrado de Transporte. 
2017-08-23 
2201711892 de 2017  INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU - Obras Urbanísticas 
Considera la Subsecretaría Jurídica no es necesaria la expedición de un acto administrativo que faculte a Transmilenio S.A. a dar la instrucción al IDU de entregar los bienes remanentes de los proyectos de infraestructura de transporte a las entidades distritales que estén interesadas en su intervención, toda vez que, con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad contractual, formalizadas en el Convenio Interadministrativo No. 020 de 2001 y su modificación No. 8, Transmilenio S.A. cuenta con la competencia contractual para realizar tal actividad. 
2017-08-23 
120206736 de 2020  OBRAS PUBLICAS - Normas Aplicables 
Conceptúa sobre la aplicación del Decreto 142 de 2020 ? obras publicas y horarios en el sentido de que no hay restricción de circulación para la construcción o ejecución de obras públicas y que dicha actividad se encuenra exonerada de turnos establecidos con el fin de dar cumplimiento a la misionalidad y fines sociales, de acuerdo con el Anexo No. 1 del Decreto 143 de 2020, y dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social y la calamidad pública declarada en el distrito capital mediante Decreto Distrital 87 de 16 de marzo de 2020. 
2020-08-18 
120206736 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre la aplicación del Decreto 142 de 2020 ? obras publicas y horarios en el sentido de que no hay restricción de circulación para la construcción o ejecución de obras públicas y que dicha actividad se encuenra exonerada de turnos establecidos con el fin de dar cumplimiento a la misionalidad y fines sociales, de acuerdo con el Anexo No. 1 del Decreto 143 de 2020, y dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social y la calamidad pública declarada en el distrito capital mediante Decreto Distrital 87 de 16 de marzo de 2020. 
2020-08-18 
120206736 de 2020  CALAMIDAD PÚBLICA - Virus del Covid-19 o Coronavirus 
Conceptúa sobre la aplicación del Decreto 142 de 2020 ? obras publicas y horarios en el sentido de que no hay restricción de circulación para la construcción o ejecución de obras públicas y que dicha actividad se encuenra exonerada de turnos establecidos con el fin de dar cumplimiento a la misionalidad y fines sociales, de acuerdo con el Anexo No. 1 del Decreto 143 de 2020, y dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social y la calamidad pública declarada en el distrito capital mediante Decreto Distrital 87 de 16 de marzo de 2020. 
2020-08-18 
ir al inicio


ORDEN PÚBLICO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202219301 de 2022  ALCALDE/SA - Funciones 
Conceptúa que los/las alcalde/sas en desarrollo de las funciones establecidas en el artículo 91 de la Ley 136 de 1994 pueden decretar la ley seca en sus territorios con el fin de mantener o restablecer el orden público. 
2022-09-23 
ir al inicio


ORGANOS DE CONTROL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220201572 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Análisis de la normatividad aplicable para los contralores territoriales para el periodo iniciado en el 2016, así como el marco jurídico procedente en la elección del Contralor Distrital en la vigencia del Acto Legislativo 04 de 2019. 
2020-02-07 
220201572 de 2020  CONTRALORÍAS TERRITORIALES - Organización y Funcionamiento 
Manifiesta la normatividad aplicable para los contralores territoriales para el periodo iniciado en el 2016, así como el marco jurídico procedente en la elección del Contralor Distrital en la vigencia del Acto Legislativo 04 de 2019 
2020-02-07 
220201572 de 2020  CONTRALOR DISTRITAL - Elección 
Manifiesta la normatividad aplicable para los contralores territoriales para el periodo iniciado en el 2016, así como el marco jurídico procedente en la elección del Contralor Distrital en la vigencia del Acto Legislativo 04 de 2019. 
2020-02-07 
ir al inicio


PARQUEADEROS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
1201920815 de 2019  PARQUEADEROS O APARCADEROS PUBLICOS - Zonas de Propiedad y Uso Publico 
Concluye que el Decreto Distrital 321 de 1992 no se encuentra vigente, dado que el artículo 481 del Decreto Distrital 190 de 2004 derogó expresamente el Acuerdo 6 de 1990 y sus reglamentarios, entre ellos el Decreto en estudio. 
2019-12-03 
1201920815 de 2019  PARQUEADEROS O APARCADEROS PUBLICOS - Predios Privados 
Concluye que el Decreto Distrital 321 de 1992 no se encuentra vigente, dado que el artículo 481 del Decreto Distrital 190 de 2004 derogó expresamente el Acuerdo 6 de 1990 y sus reglamentarios, entre ellos el Decreto en estudio. 
2019-12-03 
1201920815 de 2019  PARQUEADEROS O APARCADEROS PUBLICOS - Reglamentación 
Concluye que el Decreto Distrital 321 de 1992 no se encuentra vigente, dado que el artículo 481 del Decreto Distrital 190 de 2004 derogó expresamente el Acuerdo 6 de 1990 y sus reglamentarios, entre ellos el Decreto en estudio. 
2019-12-03 
ir al inicio


PARTICIPACIÓN CIUDADANA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201913941 de 2019  PARTICIPACIÓN CIUDADANA - Generalidades 
La participación de la ciudadanía en los Presupuestos Participativos no se agota con la priorización de proyectos y la destinación de recursos públicos, sino que se extiende al seguimiento y fiscalización por parte de la sociedad civil para que la concertación definida en los Acuerdos Participativos, efectivamente se incorpore, para su ejecución, en el presupuesto anual. Así las cosas, la ciudadanía debe verificar que los proyectos votados y priorizados por la comunidad estén contenidos en los Acuerdos Participativos e incorporados como tales, en el presupuesto anual de la respectiva entidad territorial o local, con el fin de que puedan ser objeto de control social, disciplinario, jurisdiccional y político, pues, si no están incorporados en el presupuesto anual no se podrá exigir su ejecución y cumplimiento.  
2019-10-11 
8073 de 2021  CONSEJOS LOCALES - Consejos Locales de Vendedores Informales 
Precisa que la jurisprudencia constitucional avala la condición establecida en el numeral 3 del artículo 10 y parágrafo del Decreto Distrital 092 de 2021, referentes a requisitos para participar en las elecciones de Consejos Locales y Distrital de Vendedores Informales, como consecuencia de que el primer requisito se trata de información de carácter público y el segundo requisito no es una prohibición absoluta. Deben entenderse además, como parte de un procedimiento que procura preservar los principios de moralidad pública y transparencia en el ejercicio de la toma de decisiones en asuntos públicos. 
2021-05-05 
8073 de 2021  POLICIA NACIONAL - Medidas Correctivas, Conducción y Retención  
Aclara que el requisito establecido en el parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 092 de 2021 referente a no contar con medida correctiva ejecutoriada para participar en las elecciones de los Consejos Locales de Vendedores Informales y del Consejo Distrital de Vendedores Informales, es acorde a la ley y la constitución, en razón a que no se consolida en una prohibición absoluta, pues la misma termina en el momento de su conmutación o de su cumplimiento, permitiendo que las personas elegidas para ser parten de los Consejos Locales de Vendedores Informales, cuando cuenten con medidas correctivas ejecutoriadas, se posesionen una vez las mismas sean cumplidas. 
2021-05-05 
ir al inicio


PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL Y LOCAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202116346 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte concepto jurídico en relación con el término legal para llevar a cabo el estudio y aprobación del proyecto de acuerdo ?Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá? en el Concejo Distrital. 
2021-08-19 
ir al inicio


PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202118077 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Solicita concepto jurídico en el marco del trámite del proyecto de acuerdo ?Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. con relación a la obligación de realizar un cabildo abierto, la Secretaria Jurídica Distrital responde, que la realización del cabildo abierto para la aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá puede ser realizarse en sesiones extraordinarias. 
2021-09-09 
2202118077 de 2021  PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Concepto 
Solicita concepto jurídico en el marco del trámite del proyecto de acuerdo ?Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. con relación a la obligación de realizar un cabildo abierto, la Secretaria Jurídica Distrital responde, que la realización del cabildo abierto para la aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá puede ser realizarse en sesiones extraordinarias. 
2021-09-09 
2202118077 de 2021  CABILDO ABIERTO - Concepto 
Solicita concepto jurídico en el marco del trámite del proyecto de acuerdo ?Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. con relación a la obligación de realizar un cabildo abierto, la Secretaria Jurídica Distrital responde, que la realización del cabildo abierto para la aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá puede ser realizarse en sesiones extraordinarias. 
2021-09-09 
2202121828 de 2021  CABILDO ABIERTO - Concepto 
Solicita concepto sobre la obligación de realizar un cabildo abierto, en el marco del trámite del proyecto de acuerdo, por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., la Secretaria Juridica Distrital, responde que, la realización del cabildo abierto para la aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá puede ser realizada en sesiones extraordinarias. 
2021-11-04 
2202121904 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte concepto jurídico en relación con las proposiciones supresivas, aditivas, sustitutivas, asociativas o transpositivas en relación de los Planes de Ordenamiento Territorial. 
2021-11-05 
2202213014 de 2022  POT BOGOTÁ D.C. - Normas Aplicables 
Solicita la vigencia de los Decretos Distritales 190 de 2004 y 555 de 2021 formuladas por los curadores urbanos de Bogotá D.C., la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación responde que se encuentra vigente y suspendidos provisionalmente sus efectos a partir de la ejecutoria del auto, esto es el 16 de junio de 2022, determina que en tanto subsista la medida cautelar de suspensión provisional del Decreto Distrital 555 de 2021, y en virtud de la figura jurídica de reviviscencia de la norma derogada recobra fuerza vinculante el Decreto Distrital 190 de 2004. 
2022-07-13 
2202221162 de 2022  PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Concepto 
El Decreto Distrital 555 de 2021 está vigente a partir del 30 de diciembre de 2021; sin embargo, sus efectos se suspendieron entre el 16 de junio de 2022 hasta el 31 de agosto siguiente, periodo en el que nuevamente rigió el Decreto Distrital 190 de 2004. Igualmente, en la aplicación del Decreto 555 de 2021 se deberá tener en cuenta el régimen de transición previsto en la citada disposición. 
 
ir al inicio


PLAZAS DE MERCADO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220224795 de 2022  ESPACIO PÚBLICO - Aprovechamiento Económico del Espacio Público de Bogotá D.C 
Conceptúa que los contratos de aprovechamiento económico del espacio público en plazas de mercado en el Distrito Capital no corresponden a una causal de contratación directa y, que, en tal virtud, no les es aplicable la restricción temporal conocida como Ley de Garantías Electorales. 
2022-04-01 
ir al inicio


POLITICAS PÚBLICAS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220186685 de 2018  POLÍTICAS PÚBLICAS A NIVEL NACIONAL - Generalidades 
Precisa que: 1) Las políticas públicas son instrumentos políticos o jurídicos, a través de los cuales se garantiza de manera progresiva el goce efectivo del derecho constitucional en su faceta prestacional. 2) Los elementos de las políticas públicas son los siguientes: a) Debe responder a la satisfacción de las necesidades de la población hacia la cual fue estructurado. b) Debe contemplar un cronograma de actividades para su ejecución, c) Debe permitir una verdadera participación democrática en todas sus etapas (elaboración, implementación y evaluación), y d) Debe ser ejecutado en un tiempo determinado, sin que este lapso se torne en irrazonable ni indefinido. 3) El artículo 1 del Decreto Distrital 150 de 2008, adoptó la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria para el período comprendido entre el año 2008 al 2016, es decir, la vigencia de la citada Política Pública Distrital venció el 31 de diciembre del año 2016. 
2018-06-22 
ir al inicio


PROPIEDAD HORIZONTAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220173283 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Régimen 
Precisa las facultades y régimen aplicable a la persona jurídica que surge de la constitución de la propiedad horizontal. Al respecto aclara que, conforme lo dispuesto en la Ley 675 de 2001, el objeto de la persona jurídica - Propiedad Horizontal, es el de administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes; manejar los asuntos de interés común de los propietarios de bienes privados; y cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento de propiedad horizontal. En cuanto a su naturaleza, esta es de carácter civil y no tiene ánimo de lucro. 
2019-03-27 
220173472 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Asambleas 
En relación a la problemática concerniente a la posibilidad de la convocatoria a asamblea general de copropietarios en ausencia de administrador de la copropiedad por negación de su inscripción y certificación por la Alcaldía Local de Kennedy, la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de la Secretaría Jurídica Distrital le menciona al peticionario el artículo 40 de la ley 675 de 2001 en el cual se determina el procedimiento para la reunión ordinaria de la asamblea general de propietarios por derecho propio y el inciso segundo del artículo 39 ídem el cual regula lo referente a la convocatoria de reuniones extraordinarias. 
2017-03-30 
220175385 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Régimen 
(...) el régimen de propiedad horizontal tiene, entre otras, las siguientes características: Es una forma de dominio sobre unos inmuebles, en virtud de la cual una persona es titular del derecho de propiedad individual sobre un bien y, además, comparte con otros la titularidad del dominio sobre ciertos bienes denominados comunes, necesarios para el ejercicio del derecho que se tiene sobre el primero. (...) el régimen de propiedad horizontal impone también obligaciones para el propietario que tienen que ver con aquellas conductas cuya observancia resulta indispensable para que la modalidad de la propiedad cumpla a cabalidad sus objetivos. Son obligaciones de los propietarios, por ejemplo, pagar las cuotas (ordinarias y las extraordinarias) correspondientes para cubrir adecuadamente los gastos en que se incurra para mantener los bienes comunes, de manera que cumplan con sus finalidades. Además, el régimen de propiedad horizontal puede imponer limitaciones al ejercicio de la propiedad que se tiene sobre el bien individual con el objeto de conservar la armonía de la comunidad o las características de la misma. Igualmente, podrá establecer restricciones a la destinación que se le otorgue al inmueble, más allá de las regulaciones que las autoridades hayan establecido para los usos del suelo del sector del cual se trate. 
2017-05-18 
220175385 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Asambleas 
(...) corresponde a la Asamblea General de Propietarios aprobar las reformas al reglamento de la propiedad horizontal. Dicha asamblea está compuesta por la totalidad de los propietarios de los bienes privados, o por sus representantes, los cuales tendrán derecho a participar en la deliberación y a votar en las decisiones que se adopten. Al ser la máxima autoridad de la copropiedad, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en la Constitución y en la ley, sus determinaciones serán de obligatorio cumplimiento para todos los copropietarios, incluyendo a quienes sean disidentes o a quienes no estuvieron presentes en la votación. 
2017-05-18 
220175385 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Consejo Administrativo 
(...) corresponde a los copropietarios a través de la Asamblea General, definir en su reglamento, en concordancia con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 675 de 2001, las calidades que deben reunir los postulantes para ser designados al Consejo de Administración, cuando, no siendo obligatoria su constitución al interior de la propiedad horizontal, dicho órgano de administración esté debidamente consagrado en el reglamento de propiedad horizontal. 
2017-05-18 
2201710106 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Personería Jurídica y Representación Legal 
Reitera el concepto emitido por esta dependencia en cuanto a la a la existencia del régimen de propiedad horizontal, el mismo subsistirá hasta tanto no se configure alguna de las causales previstas en el artículo 9 de la Ley 675 de 2001 para que se declare su extinción, esto es: ?(i) se presente la destrucción o deterioro del edificio o conjunto en una proporción de por lo menos el 75%; (ii) haya decisión unánime de los titulares del derecho de propiedad sobre los bienes privados o; (iii) medie orden administrativa, o judicial que decrete dicha extinción y se eleve a escritura pública tal circunstancia?.  
2017-09-08 
2201710130 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Personería Jurídica y Representación Legal 
Dispone el artículo 32 de la Ley 675 de 2001 que la propiedad horizontal una vez constituida legalmente, da origen a una persona jurídica conformada por los propietarios de los bienes de dominio particular y su objeto será administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interés común de los propietarios de bienes privados y cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento de propiedad horizontal. La persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal es de naturaleza civil, sin ánimo de lucro. Su denominación corresponderá a la del edificio o conjunto y su domicilio será el municipio o distrito donde este se localiza.  
2017-09-11 
2201710130 de 2017  PROPIEDAD HORIZONTAL - Régimen 
El artículo 3 de la Ley 675 de 2001 define el régimen de Propiedad Horizontal como el ?Sistema jurídico que regula el sometimiento a propiedad horizontal de un edificio o conjunto, construido o por construirse?, el cual se encuentra regulado por un reglamento o estatuto que señala los derechos y obligaciones específicas de los copropietarios de un edificio o conjunto sometido a ese tratamiento. 
2017-09-11 
220186695 de 2018  PROPIEDAD HORIZONTAL - Asambleas 
La Secretaría Jurídica encuentra que la única instancia facultada jurídicamente para elegir a los miembros del Consejo de Administración de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal es la Asamblea General de Propietarios. Lo anterior, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 675 de 2001, según el cual, la Asamblea General de Propietarios es el órgano de dirección de la persona jurídica que tiene, entre otras funciones, la de ?Elegir y remover los miembros del consejo de administración y, cuando exista, al Revisor Fiscal y su suplente, para los períodos establecidos en el reglamento de propiedad horizontal que, en su defecto, será de un año?. (Subrayado y negrilla fuera del texto). 
2018-05-23 
22019987 de 2019  PROPIEDAD HORIZONTAL - Actas de Asambleas Ordinarias y Extraordinarias 
Precisa que es función de las autoridades municipales y distritales expedir copia de las actas de Asamblea General, cuando le son negadas a algún copropietario, tal como lo dispone el parágrafo del artículo 47 de la citada disposición. 
2019-01-30 
22019987 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
conceptúa frente a la función de las autoridades municipales y distritales expedir copia de las actas de Asamblea General, cuando le son negadas a algún copropietario, tal como lo dispone el parágrafo del artículo 47 de la citada disposición. 
2019-01-30 
22019987 de 2019  PROPIEDAD HORIZONTAL - Asambleas 
Precisa que es función de las autoridades municipales y distritales expedir copia de las actas de Asamblea General, cuando le son negadas a algún copropietario, tal como lo dispone el parágrafo del artículo 47 de la citada disposición. 
2019-01-30 
22020489 de 2020  PROPIEDAD HORIZONTAL - Consejo Local de Propiedad Horizontal 
Conceptúa sobre la compatibilidad de una persona que funge como edil para inscribirse y ser elegido como Consejero Local de Propiedad Horizontal, y sobre la restricción de la capacidad jurídica de un edil en su condición de administrador y representante legal de una propiedad horizontal para participar de manera personal y activa en las actividades precontractuales, que conllevan a la suscripción de actos contractuales en nombre de la copropiedad.  
2020-01-16 
22020489 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre la compatibilidad de una persona que funge como edil para inscribirse y ser elegido como Consejero Local de Propiedad Horizontal, y sobre la restricción de la capacidad jurídica de un edil en su condición de administrador y representante legal de una propiedad horizontal para participar de manera personal y activa en las actividades precontractuales, que conllevan a la suscripción de actos contractuales en nombre de la copropiedad. 
2020-01-16 
220202664 de 2020  PROPIEDAD HORIZONTAL - Consejo Local de Propiedad Horizontal 
Aclara que quien se desempeñe como consejero local de propiedad horizontal no ostenta el carácter de empleado público, por ende, si un edil pretende postularse y ser electo como consejero local, ello no le generaría inhabilidad alguna pues los CLPH son instancias de participación ciudadana de carácter consultivo y asesor de la administración local en los asuntos relacionados con las propiedades horizontales que se encuentran en cada una de las localidades del Distrito Capital, y no ostentan la calidad de ser corporaciones públicas, ni entidades u organismos de la administración distrital. 
2020-02-28 
220223987 de 2022  PROPIEDAD HORIZONTAL - Representantes Legales 
Eleva consulta sobre el administrador y/o representante legal de una propiedad horizontal, tales como si puede o no actuar sin haber hecho el registro de su correspondiente nombramiento, si puede celebrar contratos en nombre de la sociedad o si puede despedir empleados, a lo que en su respuesta, se remite a la Ley 675 de 2001, el Régimen de propiedad Horizontal, señalando señalando con claridad que la competencia de la alcaldesa Mayor y por delegación de los alcaldes locales únicamente está prevista para la inscripción y certificación de la existencia y representación legal de las personas jurídicas a las que alude la referida ley, así como ordenar la entrega de copia de actas a los propietarios, cuando éstas le sean negadas y en ese orden de ideas aun cuando la norma no establece las consecuencias directas o explicitas de la no inscripción ante la autoridad competente de un nombramiento de persona natural o jurídica como administrador de una propiedad horizontal, es evidente que la falta de inscripción, genera un impacto directo en las facultades legales ante la entidad competente que expide la certificación, quien no podrá reconocer para los efectos jurídicos en el ejercicio del rol asignado al administrador, a aquel que no surtió para el efecto, la debida inscripción de nombramiento. 
2022-03-18 
220223987 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Eleva consulta sobre el administrador y/o representante legal de una propiedad horizontal, tales como si puede o no actuar sin haber hecho el registro de su correspondiente nombramiento, si puede celebrar contratos en nombre de la sociedad o si puede despedir empleados, a lo que en su respuesta, se remite a la Ley 675 de 2001, el Régimen de propiedad Horizontal, señalando señalando con claridad que la competencia de la alcaldesa Mayor y por delegación de los alcaldes locales únicamente está prevista para la inscripción y certificación de la existencia y representación legal de las personas jurídicas a las que alude la referida ley, así como ordenar la entrega de copia de actas a los propietarios, cuando éstas le sean negadas y en ese orden de ideas aun cuando la norma no establece las consecuencias directas o explicitas de la no inscripción ante la autoridad competente de un nombramiento de persona natural o jurídica como administrador de una propiedad horizontal, es evidente que la falta de inscripción, genera un impacto directo en las facultades legales ante la entidad competente que expide la certificación, quien no podrá reconocer para los efectos jurídicos en el ejercicio del rol asignado al administrador, a aquel que no surtió para el efecto, la debida inscripción de nombramiento. 
2022-03-18 
ir al inicio


RECURSOS DISTRITALES - Destinación
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220182127 de 2018  ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Condonación de deudas 
Aclara que las entidades distritales no pueden condonar deudas (intereses u obligaciones) a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado ya que al hacerlo se configuraría un detrimento patrimonial para la entidad pública que la concede, porque implica la renuncia a una obligación cierta y actualmente exigible. 
2019-02-19 
220201208 de 2020  ENTIDADES PÚBLICAS - Recursos Públicos 
Precisa que las entidades públicas solo podrán invertir recursos públicos en inmuebles privados para realizar aquellas obras a las que por ley esté obligada en su calidad de usufructuaria, comodataria o arrendataria, o aquellas obras que según el Código Civil, la habilitan para exigir su reembolso al propietario del inmueble. En los demás casos, la inversión de recursos públicos generará un detrimento patrimonial para la entidad estatal y un enriquecimiento injustificado para el particular propietario del inmueble. 
2020-01-30 
ir al inicio


REPRESENTACIÓN JUDICIAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220237616 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre inquietudes relacionadas con el NIT de las entidades distritales y representación judicial de la misma. 
2023-05-11 
ir al inicio


RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201711147 de 2017  ANIMALES - Peligrosos 
El trámite de registro de ejemplares caninos potencialmente peligrosos, si es exigible actualmente, aún sin que se haya expedido la reglamentación por parte del gobierno nacional a las pólizas de responsabilidad civil extracontractual enunciadas en los artículos 127 y 128 de Código Nacional de Policía y de Convivencia. Por ello, no es posible afirmar que hasta tanto se expida la reglamentación de las pólizas, no se pueda llevar a cabo el trámite de registro de estos animales; más aún cuando en el mercado actualmente existen pólizas para las mascotas que dentro de sus diversas coberturas incluyen los eventos en los que se pueda presentar responsabilidad civil extracontractual derivada de las acciones de dichos animales. Sugiere que se acerque a alguna de las Alcaldías Locales de la ciudad donde podrá adelantar el trámite de registro, los requisitos pueden ser consultados previamente en el siguiente enlace:http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/registro-perros-potencialmente-peligrosos  
2017-10-02 
ir al inicio


RIFAS, JUEGOS Y ESPECTÁCULOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220203190 de 2020  JUEGOS, RIFAS Y ESPECTACULOS - Tarifas 
Conceptúa que la norma exigible al contrato de concesión No. 68 de 2016, es el artículo 24 de la ley 643 de 2001 con la modificación efectuada por el artículo 23 de la ley 1393 de 2010 en razón a que el pago que realizan los concesionarios del juego de apuestas permanentes en la ciudad de Bogotá D.C., no es de caracter tributario. 
2020-03-10 
220203190 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa que la norma exigible al contrato de concesión No. 68 de 2016, es el artículo 24 de la ley 643 de 2001 con la modificación efectuada por el artículo 23 de la ley 1393 de 2010 en razón a que el pago que realizan los concesionarios del juego de apuestas permanentes en la ciudad de Bogotá D.C., no es de caracter tributario. 
2020-03-10 
ir al inicio


SALUD
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202012025 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concepto, respecto de la viabilidad jurídica para realizar negociación sectorial en el Sector Administrativo de Salud, y concretamente sobre la viabilidad de establecer una mesa sectorial en la Secretaría Distrital de Salud. 
2020-09-04 
ir al inicio


SERVICIOS PÚBLICOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202010290 de 2020  EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - EAAB - ESP - Junta Directiva 
La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos emite concepto sobre impedimento para participar en la junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.A.B.-ESP 
2020-08-12 
2202010290 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
La Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos emite concepto sobre impedimento para participar en la junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.A.B.-ESP 
2020-08-12 
ir al inicio


SERVIDORES PÚBLICOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220186579 de 2018  ALCALDE/SA - Atribuciones 
Precisa que una vez conformada la terna para la designación del alcalde local respectivo, el Alcalde Mayor cuenta con la discrecionalidad de nombrar a uno de los ternados, es decir, a uno de los tres candidatos incluidos en el terceto, quien deberá reunir los requisitos y calidades exigidas para el desempeño del cargo, y no estar comprendido dentro de cualquiera de las inhabilidades establecidas para los ediles, terna que podrá ser el resultado del adelantamiento del procedimiento establecido en el Decreto Nacional 1350 de 2005, es decir, de la realización de un proceso meritocrático para la escogencia de los aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos para la integración de las ternas de las que se designarán los alcaldes locales de las localidades del Distrito Capital. De conformidad con el artículo 7 ídem, en el caso de que la terna sea conformada por alguna persona que tenga una inhabilidad o no cumpla los requisitos, la misma será devuelta por el Alcalde Mayor a la respectiva Junta Administradora Local para que sea integrada de nuevo con los aspirantes que superaron las etapas del proceso que no tienen inhabilidades y cumplen los requisitos. 
2018-05-21 
220196889 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Actos Administrativos, Trámite, Efectos 
Precisa que los empleados de libre nombramiento y remoción como los que ocupan cargos de gerencia pública, conforme al numeral 2 del artículo 47 de la Ley 909 de 2004, pueden ser libremente nombrados y removidos en ejercicio del poder discrecional que tiene la Administración para escoger a sus colaboradores, toda vez que ocupan lugares de dirección y/o confianza dentro de la entidad pública razón por la cual, no gozan de las mismas prerrogativas en igualdad de condiciones que para los empleados pertenecientes al régimen de carrera, como lo señaló el Departamento Administrativo de la Función Pública en el concepto 84491 de 2017. Es por lo anterior, que la declaratoria de insubsistencia de un empleado de libre nombramiento y remoción obedece a la facultad discrecional del nominador, fundada en la necesidad de mejoramiento del servicio y en el derecho de escoger a sus colaboradores, por tratarse de cargos de dirección, confianza y manejo. 
2019-05-29 
220196889 de 2019  LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN - Facultad Discrecional 
Precisa que los empleados de libre nombramiento y remoción como los que ocupan cargos de gerencia pública, conforme al numeral 2 del artículo 47 de la Ley 909 de 2004, pueden ser libremente nombrados y removidos en ejercicio del poder discrecional que tiene la Administración para escoger a sus colaboradores, toda vez que ocupan lugares de dirección y/o confianza dentro de la entidad pública razón por la cual, no gozan de las mismas prerrogativas en igualdad de condiciones que para los empleados pertenecientes al régimen de carrera, como lo señaló el Departamento Administrativo de la Función Pública en el concepto 84491 de 2017. Es por lo anterior, que la declaratoria de insubsistencia de un empleado de libre nombramiento y remoción obedece a la facultad discrecional del nominador, fundada en la necesidad de mejoramiento del servicio y en el derecho de escoger a sus colaboradores, por tratarse de cargos de dirección, confianza y manejo. 
2019-05-29 
220196889 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Precisa que los empleados de libre nombramiento y remoción como los que ocupan cargos de gerencia pública, conforme al numeral 2 del artículo 47 de la Ley 909 de 2004, pueden ser libremente nombrados y removidos en ejercicio del poder discrecional que tiene la Administración para escoger a sus colaboradores, toda vez que ocupan lugares de dirección y/o confianza dentro de la entidad pública razón por la cual, no gozan de las mismas prerrogativas en igualdad de condiciones que para los empleados pertenecientes al régimen de carrera, como lo señaló el Departamento Administrativo de la Función Pública en el concepto 84491 de 2017. Es por lo anterior, que la declaratoria de insubsistencia de un empleado de libre nombramiento y remoción obedece a la facultad discrecional del nominador, fundada en la necesidad de mejoramiento del servicio y en el derecho de escoger a sus colaboradores, por tratarse de cargos de dirección, confianza y manejo. 
2019-05-29 
220196889 de 2019  ACTO ADMINISTRATIVO - Notificación 
Resuelve consulta referente al proceso de notificación de actos administrativos de manera general. 
2019-05-29 
220197040 de 2019  SERVIDOR PÚBLICO - Inhabilidades, Incompatibilidades 
El régimen de inhabilidades e Incompatibilidades definido en la Constitución Política y en la Ley para la función pública, no establece ninguna causal, relacionada con que el servidor público ejecute las recomendaciones de una instancia asesora creada al interior de la entidad pública, en la que este haga parte, y a su vez, en ejercicio de sus funciones definidas en el manual de funciones, adelante o dirija las actuaciones administrativas tendientes a tramitar los diferentes procedimientos de contratación o de selección de contratistas definidos en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1508 de 2012 y 1882 de 2018. 
2019-05-31 
2201913207 de 2019  ALCALDE/SA LOCAL - Inhabilidades 
Tema: SERVIDORES PÚBLICOS. Sub-Tema: Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos. Responde a los impedimentos de un funcionario público que ejerció como Alcalde Local hasta el 08 de abril de 2020, y que este interesado en vincularse con alguna entidad estatal, debe revisar los cargos o empleos de las entidades y organismos del nivel distrital, territorial o nacional, así como los manuales de funciones y requisitos establecidos para cada una de dichos cargos, y también la forma de provisión de los mismos, a efecto de cumplir con los requisitos y procedimientos para la vinculación en alguno de ellos, dado que no es posible para esta Dirección definir las entidades del orden distrital o nacional, o los tipos de cargos en los que se puede desempeñar un exalcalde local de Bogotá, D.C., que termine su vinculación el 08 de abril de 2020. 
2019-09-13 
120204338 de 2020  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Inhabilidades e Incompatibilidades 
Indica que con relación a lo previsto en el parágrafo del artículo 45 de la ley 1123 de 2007, es conveniente precisar que a las inhabilidades en materia de contratación pública les resultan aplicables los principios de reserva de ley, taxatividad e interpretación restrictiva, que ha desarrollado la jurisprudencia, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6º, 123 e inciso final del Artículo 150 de la Constitución Política. 
2020-04-15 
220204129 de 2020  SERVIDOR PÚBLICO - Inhabilidades, Incompatibilidades 
Determina que no será inhabilidad para contratar con el Distrito haber presentado una acción popular contra ese ente territorial en el ejercicio que como ciudadano tiene derecho la persona a presentar acciones en causa propia, en el marco del númeral 1°del artículo 29 de la Ley 1123 de 2007 y el parágrafo del artículo 45 del Decreto 430 de 2018. 
2020-04-15 
9435 de 2021  SERVIDORES PÚBLICOS - Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos 
Concepto sobre servidor público del Distrito, abogado, se encuentra en incompatibilidad para llevar un trámite de sucesión notarial. 
2021-05-24 
9435 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concepto sobre servidor público del Distrito, abogado, se encuentra en incompatibilidad para llevar un trámite de sucesión notarial. 
2021-05-24 
10709 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Teletrabajo 
Profiere concepto sobre asistencia de servidores públicos a reuniones presenciales y virtuales con ocasión de la emergencia sanitaria. 
2021-05-04 
10709 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Profiere concepto sobre asistencia de servidores públicos a reuniones presenciales y virtuales con ocasión de la emergencia sanitaria.  
2021-05-04 
10709 de 2021  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Deberes 
Profiere concepto sobre asistencia de servidores públicos a reuniones presenciales y virtuales con ocasión de la emergencia sanitaria. 
2021-05-04 
10709 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Virus del Covid-19 o Coronavirus 
Profiere concepto sobre asistencia de servidores públicos a reuniones presenciales y virtuales con ocasión de la emergencia sanitaria. 
2021-05-04 
10709 de 2021  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Situaciones Administrativas 
Profiere concepto sobre asistencia de servidores públicos a reuniones presenciales y virtuales con ocasión de la emergencia sanitaria. 
2021-05-04 
10788 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concepto referente a la calidad de servidores públicos de la junta directiva de la EAAB-ESP. 
2021-06-08 
10788 de 2021  EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - EAAB - ESP - Junta Directiva 
Concepto referente a la calidad de servidores públicos de la junta directiva de la EAAB-ESP. 
2021-06-08 
2202322716 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Dirección de Doctrina y Asuntos Normativos 
Emite Concepto sobre si la agresión a funcionario público donde esta contempla en la ley marco jurídico y de qué forma se materializa. El concepto emitido dice que se materializa, cuando se ejerce violencia, bien sea física o psicológica, contra un servidor público por razón de sus funciones, y con el fin de obligarlo a ejecutar u omitir algún acto propio de su cargo o realizar uno contrario a sus deberes oficiales; adquiere especial relevancia para su materialización, que la conducta esté encaminada a obligar al funcionario a realizar u omitir alguna de las funciones propias de su cargo. 
2023-10-25 
ir al inicio


SERVIDORES PÚBLICOS - Pensión
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220197840 de 2019  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Pago de Mesadas 
Conceptúa que el Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones - FONCEP si tiene la competencia para sustituir al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD en el pago de obligaciones pensionales de ex trabajadores del IDRD de acuerdo a la posición unánime adoptada por las entidades que son cabeza de los Sectores Hacienda y Cultura, Recreación y Deporte, con base en el artículo 2 del Decreto Distrital 339 de 2006 y Decreto 629 de 2016. 
2019-06-14 
220197840 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa que el Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones - FONCEP si tiene la competencia para sustituir al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD en el pago de obligaciones pensionales de ex trabajadores del IDRD de acuerdo a la posición unánime adoptada por las entidades que son cabeza de los Sectores Hacienda y Cultura, Recreación y Deporte, con base en el artículo 2 del Decreto Distrital 339 de 2006 y Decreto 629 de 2016. 
2019-06-14 
ir al inicio


SERVIDORES PÚBLICOS DISTRITALES - Inhabilidades e Incompatibilidades
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220197040 de 2019  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Inhabilidades e Incompatibilidades 
El régimen de inhabilidades e Incompatibilidades definido en la Constitución Política y en la Ley para la función pública, no establece ninguna causal, relacionada con que el servidor público ejecute las recomendaciones de una instancia asesora creada al interior de la entidad pública, en la que este haga parte, y a su vez, en ejercicio de sus funciones definidas en el manual de funciones, adelante o dirija las actuaciones administrativas tendientes a tramitar los diferentes procedimientos de contratación o de selección de contratistas definidos en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1508 de 2012 y 1882 de 2018. 
2019-05-31 
220197044 de 2019  SERVIDOR PÚBLICO - Inhabilidades, Incompatibilidades 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a cargos de elección popular en corporación públicas del orden territorial con relación a la celebración o suscripción de contratos con entidades públicas. 
2019-05-31 
220197044 de 2019  ELECCIÓN POPULAR - Inhabilidades 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a cargos de elección popular en corporación públicas del orden territorial con relación a la celebración o suscripción de contratos con entidades públicas. 
2019-05-31 
220197044 de 2019  PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES - Servidores Públicos 
Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a cargos de elección popular en corporación públicas del orden territorial con relación a la celebración o suscripción de contratos con entidades públicas. 
2019-05-31 
2201913593 de 2019  VEEDURIA DEL DISTRITO CAPITAL - Régimen de Inhabilidades e Incompatibilidades 
Señala que el Veedor Distrital no podrá desempeñar empleo alguno en el Distrito Capital, ni ser inscrito como candidato a cargos de elección popular, sino un (1) año después de haber cesado en el ejercicio de sus funciones. 
2019-10-03 
2201914648 de 2019  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Inhabilidades e Incompatibilidades 
Precisa que no podrán ser alcaldes locales quienes dentro de los tres meses anteriores a la inscripción de la candidatura se hayan desempeñado como empleados públicos del Distrito, de acuerdo al artículo 84 y numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993. 
2019-10-24 
2201914648 de 2019  ALCALDE/SA LOCAL - Inhabilidades 
Precisa que no podrán ser alcaldes locales quienes dentro de los tres meses anteriores a la inscripción de la candidatura se hayan desempeñado como empleados públicos del Distrito, de acuerdo al artículo 84 y numeral 4 del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993. 
2019-10-24 
220204129 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Determina que no será inhabilidad para contratar con el Distrito haber presentado una acción popular contra ese ente territorial en el ejercicio que como ciudadano tiene derecho la persona a presentar acciones en causa propia, en el marco del númeral 1°del artículo 29 de la Ley 1123 de 2007 y el parágrafo del artículo 45 del Decreto 430 de 2018. 
2020-04-15 
9850 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Cocepto sobre inhabilidad para ser candidato a edil. 
2021-05-27 
9850 de 2021  EDILES - Inhabilidades 
Cocepto sobre inhabilidad para ser candidato a edil. 
2021-05-27 
2202216627 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Solicita concepto sobre si puede presentarse sin estar inhabilitada para las elecciones al concejo de Bogotá y si puedo firmar contrato de prestación de servicios profesionales y terminar antes de las elecciones del octubre 29 del 2023 sin estar inhabilitada para ser candidata al concejo de Bogotá, el concepto es que la facultad del legislador para establecer el régimen de inhabilidades para los servidores públicos, encuentra su límite en las propias disposiciones constitucionales y en los principios de razonabilidad y proporcionalidad, estos últimos en razón a la naturaleza de las funciones desempeñadas por sus destinatarios; no podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal distrital, quien, dentro del año anterior a la elección, haya intervenido en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. 
2022-08-24 
220231760 de 2023  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Regimen de Inhabilidades 
Responde consulta acerca de la normatividad vigente establecida para el régimen de inhabilidades de los funcionarios públicos, miembros de consejos o juntas directivas, contratistas y demás personas que ejercen funciones públicas en la Secretaría Jurídica Distrital. 
2023-02-08 
220231760 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Responde consulta acerca de la normatividad vigente establecida para el régimen de inhabilidades, régimen de incompatibilidades y causales de conflicto de intereses de los funcionarios públicos, miembros de consejos o juntas directivas, contratistas y demás personas que ejercen funciones públicas en la Secretaría Jurídica Distrital. 
2023-02-08 
220231760 de 2023  SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES - Régimen de Incompatibilidades 
Responde consulta acerca de la normatividad vigente establecida para el régimen de incompatibilidades de los funcionarios públicos, miembros de consejos o juntas directivas, contratistas y demás personas que ejercen funciones públicas en la Secretaría Jurídica Distrital. 
2023-02-08 
ir al inicio


SUJETOS DE CONTROL
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220242806 de 2024  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte Concepto relacionado con la asistencia del Alcalde Mayor a la citación de control politico realizada por el Congreso de la República, precisando que en los casos en que se realice control político al Alcalde o Alcaldesa Mayor, (que solo procede en asuntos de interés nacional y no local), se deberá dar respuesta y asistir a las sesiones citadas. Aclarando que en desarrollo del artículo 137 de la CP, es viable la presentación de excusas para no asistir a la sesión. En ese sentido, es viable excusarse de asistir cuando el asunto reviste una naturaleza exclusivamente local, para lo cual, se recomienda revisar los criterios explicados en este concepto para determinar si el cuestionario gira en torno a asuntos de interés nacional o local. 
2024-03-04 
ir al inicio


TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES - TIC
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202010261 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Petición en grado de consulta sobre inicio de actividades de producción de programas y anuncios de televisión en la ciudad de Bogotá 
2020-08-11 
ir al inicio


TRABAJADORES OFICIALES
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220208833 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concepto jurídico respecto del alcance de las excepciones del Decreto Distrital 169 de 2020. 
2020-07-21 
ir al inicio


TRANSITO Y TRANSPORTE
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220201919 de 2020  TRANSITO VEHICULAR - Infracciones 
Análisis de la aplicación de los artículos modificado por la Ley 1383 de 2010 y 136 del Código Nacional de Tránsito modificado por el artículo 205 del Decreto 018 de 2012 y Decreto Ley 2106 de 2019.  
2020-02-14 
220201919 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Análisis de la aplicación de los artículos 135 modificado por la Ley 1383 de 2010 y 136 del Código Nacional de Tránsito modificado por el artículo 205 del Decreto 018 de 2012 y Decreto Ley 2106 de 2019. 
2020-02-14 
220201919 de 2020  MULTAS Y COMPARENDOS - Normas Aplicables 
No modificó el procedimiento que debe adelantarse cuando la orden de comparendo tenga como elemento inicial de prueba medios técnicos o tecnológicos que permiten evidenciar la comisión de infracciones al régimen de tránsito.  
2020-02-14 
220202845 de 2020  REGISTRO ÚNICO NACIONAL DE TRÁNSITO - RUNT - Lectura, Migración, Registro y Reporte de Información  
Conceptúa sobre alcances de la inexequibilidad del parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, con referencia a las direcciones físicas y electrónicas registradas por el propietario del vehículo, las cuales corresponden a aquellas registradas por el propietario en el Registro Único Nacional de Tránsito ?RUNT, dado que, conforme al parágrafo 3 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, es responsabilidad de los propietarios de rodantes actualizar la dirección de notificación en dicho registro, so pena de que la Secretaría de Movilidad envíe orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, la cual se presume actualizada.  
2020-03-03 
220202845 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre alcances de la inexequibilidad del parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, con referencia a las direcciones físicas y electrónicas registradas por el propietario del vehículo, las cuales corresponden a aquellas registradas por el propietario en el Registro Único Nacional de Tránsito ?RUNT, dado que, conforme al parágrafo 3 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, es responsabilidad de los propietarios de rodantes actualizar la dirección de notificación en dicho registro, so pena de que la Secretaría de Movilidad envíe orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, la cual se presume actualizada. 
2020-03-03 
220202845 de 2020  VEHÍCULOS - Infracciones 
Conceptúa sobre alcances de la inexequibilidad del parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, con referencia a las direcciones físicas y electrónicas registradas por el propietario del vehículo, las cuales corresponden a aquellas registradas por el propietario en el Registro Único Nacional de Tránsito ?RUNT, dado que, conforme al parágrafo 3 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, es responsabilidad de los propietarios de rodantes actualizar la dirección de notificación en dicho registro, so pena de que la Secretaría de Movilidad envíe orden de comparendo a la última dirección registrada en el RUNT, la cual se presume actualizada.  
2020-03-03 
6961 de 2021  SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD - Sistema Integrado de Transporte Público - SITP 
A partir del 1 de enero de 2022, el Distrito Capital no podrá adelantar procesos de adquisición de la flota de transporte público, cuya base de movilidad esté soportada en el uso de combustibles fósiles. Lo anterior aplica para todos los componentes de la flota zonal o troncal del transporte público. 
2021-04-20 
2202122182 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto unificando criterios sobre el siguiente problema jurídico: ¿Se puede utilizar la facultad del artículo 145 de la Ley 1801 de 2016, para que la Secretaría Distrital de Movilidad declare el abandono de los vehículos (bicicletas) incautados por infracciones al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana??. Indica la entidad que a la autoridad de tránsito le corresponde adelantar la declaratoria de vehículos (bicicletas) inmovilizados, por infracción a las normas de tránsito, según lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley 769 de 2002, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1730 de 2014. La respuesta se enfoca en que las autoridades de policía o las que tengan la tenencia de las bicicletas incautadas o inmovilizadas por comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana, pueden suscribir actos, convenios y/u otros instrumentos que se estimen procedentes, con la Secretaría Distrital de Movilidad, para que como autoridad de tránsito, lleve a cabo la declaratoria del abandono de las bicicletas inmovilizadas, una vez vencido el plazo de los seis meses de que trata el artículo 145 de la Ley 1801 de 2016. 
2021-11-09 
ir al inicio


TRANSPARENCIA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220198500 de 2019  CORRUPCIÓN - Transparencia y Prevención de la Corrupción 
En Colombia existe referentes normativos (Ley 599 del 2000 ?Código Penal?, Ley 1952 de 2019 ?Código General Disciplinario? y Ley 1474 de 2011 ?Estatuto Anticorrupción?) que incluyen disposiciones generales que prohíben el dar, ofrecer o recibir cualquier pago, promesa o regalo con el fin de lograr ventajas injustificadas, lo cual quedó contenido en los delitos de cohecho, soborno trasnacional y corrupción privada. Sin embargo, no existe una norma legal que establezca parámetros para determinar cómo y cuándo se deben aceptar retribuciones por concepto de regalos u hospitalidad, a excepción, como ya lo vimos, del sector salud, el cual cuenta con el ?Registro de Transferencias de Valor?, aplicable a operaciones entre actores del sector salud y la industria farmacéutica y de tecnologías en salud, mediante el cual se busca contribuir a la transparencia en las relaciones de estos actores mediante el registro de la entrega de dineros o bienes y servicios. 
2019-07-02 
051 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Dirección de Doctrina y Asuntos Normativos 
Imparte lineamientos sobre la necesidad de que los organismos y entidades distritales verifiquen permanentemente la totalidad de las sentencias desfavorables con obligaciones de pagar, y estas sean incorporadas al sistema diligenciando las respectivas fichas de pago e incluyendo la totalidad de los desembolsos efectuados para dar cumplimiento a la sentencia, y comprueben que los procesos terminados que han sido fallados en contra de la entidad distrital, que originan una erogación económica, tengan asociada una cuenta por pagar al beneficiario por concepto de sentencias judiciales, que deberá cancelarse con el fin de dar cumplimiento a la sentencia. De esta manera, se pueden prevenir posteriores incidentes de desacato o sobrecostos por concepto de intereses moratorios y otros conceptos que puedan originar el incumplimiento de la respectiva obligación. 
2022-10-19 
ir al inicio


TRIBUTARIO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220204257 de 2020  LEYES - Vigencia y Promulgación 
indica que la vigencia de la Ley 1955 de 2019, según lo dispuesto en el artículo 336 regiría a partir de su publicación, la cual se efectuó en el Diario Oficial 50964 del 25 de mayo de 2019. Sin embargo, se debe tener en cuenta que el artículo 49 ídem, se dispuso que fuera a partir del 1 de enero de 2020, la fecha a partir de la cual todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, que se encontraban denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente, debieran ser calculados en UVT. 
2020-04-22 
ir al inicio


URBANISMO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
14595 de 2021  LICENCIAS URBANÍSTICAS - Licencia de Urbanización 
Profiere concepto jurídico sobre la construcción urbanística, infracción y su respectiva caducidad, entre otros. 
2021-07-28 
19997 de 2021  PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Normas Aplicables 
Concluye que los artículos 332, 338, 342 y 341 del Decreto Distrital 190 del 22 de junio de 2004, que regulan la norma urbanística para usos urbanos se encuentran vigentes y que el literal b) del artículo 7 del Decreto Distrital 159 del 21 de mayo de 2004, que regula normas para uso dotacional, fue derogado expresamente por el art. 37 del Decreto Distrital 080 de 2016. 
2021-10-07 
2202117764 de 2021  MEDIO AMBIENTE - Sanciones 
Emite concepto sobre la autorización para el movimiento de tierras. Se realizan las siguientes orientaciones en virtud del concepto: 1. El movimiento de tierras sin la autorización previa se considera una infracción en materia ambiental. 2. Las infracciones desde lo ambiental se encuentran Ley 1333 de 2009 (art.5). 3. Los inspectores de policía pueden conocer de estos comportamientos que atentan contra la convivencia en materia de ambiente (art.206, Ley 1801 de 2016). 4. El procedimiento aplicable es el contemplado en el art 223 y ss. de la Ley 1801 de 2016 y la prevista en la Ley 1333 de 2009 como infracción ambiental. 
2021-09-06 
2202117764 de 2021  URBANISMO - Infracciones 
Emite concepto sobre la autorización para el movimiento de tierras. Se realizan las siguientes orientaciones en virtud del concepto: 1. El movimiento de tierras sin la autorización previa se considera una infracción en materia ambiental y puede ser susceptible de una sanción urbanística. 2. Las infracciones se encuentran en la Ley 1801 de 2016 (núm.. 2, art.135), Decreto Ley 2811 de 1974 (art.183) y Ley 1333 de 2009 (art.5). 3. Los inspectores de policía pueden conocer de estos comportamientos que atentan contra la convivencia en materia de urbanismo, y ambiente (art.206, Ley 1801 de 2016). 4. El procedimiento aplicable es el contemplado en el art 223 y ss. de la Ley 1801 de 2016. 
2021-09-06 
2202123998 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Se emite concepto sobre el término de prescripción o caducidad en materia de infracciones urbanísticas. Se hace la siguiente orientación: hay que señalar que en materia de derecho urbanístico existe una norma, artículo 138 de la Ley 1801 de 2016 - Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, la cual de manera específica reglamenta la caducidad de la potestad sancionatoria del Estado en materia de infracciones urbanísticas, en los casos de: parcelar, urbanizar, intervenir, y construir en terrenos aptos para estas actuaciones. Al respecto se aclara que esta norma no hace alusión a lineamiento alguno para contabilizar el término de caducidad, toda vez que el único criterio que valora a este efecto está directamente relacionado con la ejecución de estas actuaciones en terrenos aptos para la construcción. De otra parte, se debe tener en cuenta el artículo 226 de la Ley 1801 de 2016 que consagra que, respecto de las conductas contrarias a la convivencia cometidas en bienes de uso público, bienes fiscales, zonas de reserva forestal, bienes de propiedad privada afectados al espacio público, bienes de las empresas de servicios públicos, o bienes declarados de utilidad pública o de interés social, cultural, arquitectónico o histórico, no opera la caducidad de la acción policiva. Se concluye que le corresponderá a cada autoridad conforme al ámbito de sus competencias, evaluar y determinar de acuerdo a los derroteros legales aplicables a cada acaso en particular, la procedencia o no de la declaratoria de caducidad de la potestad administrativa en materia de infracciones urbanísticas. 
2021-12-09 
2202124279 de 2021  URBANISMO - Concepto 
Solicita le aclaren, cual es el término de caducidad que se aplica a la infracciones urbanísticas, especialmente a la construcción de edificaciones con un mayor número de pisos al autorizado por la normatividad urbanística, la Secretaría Jurídica responde, que le corresponderá a cada autoridad conforme al ámbito de sus competencias, evaluar y determinar de acuerdo a los derroteros legales aplicables a cada acaso en particular, la procedencia o no de la declaratoria de caducidad de la potestad administrativa en materia de infracciones urbanísticas. 
2021-12-13 
220226992 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Dirección de Doctrina y Asuntos Normativos 
Conceptua sobre la vivienda turistica y la prestación el servicio de hospedaje o alojamiento turístico, siendo entendidas como aquellas ?Unidades privadas, casas y demás construcciones integradas arquitectónica y funcionalmente destinada total o parcialmente a brindar el servicio de alojamiento turístico según su capacidad, a una o más personas. Pertenecen a esta clasificación los apartamentos turísticos, fincas turísticas, casas turísticas y demás inmuebles cuya destinación corresponda a esta definición? 
2022-05-06 
2202219389 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
La derogación expresa ocurre cuando la nueva ley dice explícitamente que deroga otra norma más antigua y en ese sentido, el art. 22 del 0478 de 1988 literalmente dispuso la derogatoria del Decreto 107 de 1985, Plan de Estructura urbana, localización y normas urbanísticas del área Metropolitana del Salitre. De manera que a partir del momento de la publicación del Decreto 478 de 1988 en el Registro Distrital 450 del 25 de julio de 1988, el Decreto 107 de 1985 quedo excluido del ordenamiento jurídico. 
2022-09-23 
ir al inicio


VARIOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201911518 de 2019  OBSERVATORIOS DISTRITALES - Observatorio del Delito 
Conceptúa que se debe analizar la actividad o inactividad del Observatorio del Delito en el periodo comprendido entre la vigencia de el Decreto Distrital 309 de 2002 y el Decreto Distrital 562 de 2017, con el fin de obtener respuesta para la reorganización del Observatorio Distrital. 
2019-08-23 
ir al inicio


VEHÍCULOS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220204257 de 2020  SANCIONES - Graduación 
Indica que la ejecución de las multas impuestas con ocasión de la violación de las normas de tránsito; la fijación de las tarifas por los servicios de grúas y parqueaderos por concepto de inmovilización de vehículos; la determinación de las tasas para los trámites realizados por la entidad; las sanciones y multas por concepto de declaratoria de incumplimiento de contratos; y las sanciones pecuniarias por concepto de sanciones en materia disciplinaria; estas tendrán que ser calculadas con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT), por así haberlo dispuesto el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, 
2020-04-22 
ir al inicio


VICTIMAS
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2201811740 de 2018  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Funciones 
La Corte Suprema de Justicia establece que la diferencia esencial entre estos dos tipos penales radica en lo siguiente: mientras en la injuria por vía de hecho se ofende el honor de una persona a través de formas no verbales, incluso cuando la conducta incluye matices sexuales que no vayan más allá del simple tocamiento o caricia fugaz o imprevista, es decir que no denoten un ánimo rijoso o lujurioso; en el acoso sexual hay un ejercicio de poder asimétrico, basado en superioridad jerárquica por parte del perpetrador frente a la víctima y una sistematicidad o persistencia en el tiempo, todo ello encaminado a la consecución de un fin sexual no consentido. Es importante resaltar que en relación con el acoso sexual la Corte Suprema de Justicia señala que si bien la Corte Constitucional se ha referido al tema en clave de la protección de la mujer, no significa que el delito sólo opera respecto de la mujer como sujeto pasivo, pues, tal conclusión no se desprende del texto de la norma, en cuanto remite al genérico ?el que?, para referirse al agresor, pero de igual manera, delimita que la víctima lo es ?otra persona?, sin definir género específico. En consecuencia, es factible advertir que, si bien, el delito en cuestión opera por lo general en contra de la mujer, nada impide que en determinados casos específicos pueda materializarse respecto de víctimas de otro género o identidad sexual, siempre y cuando se cubran los presupuestos modales, objetivos y subjetivos, que diseñan el tipo penal. 
2018-08-29 
ir al inicio


VIGENCIA NORMATIVA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220175002 de 2017  POT UNIDADES DE PLANEAMIENTO ZONAL -UPZ- - Reglamentación 
Se analiza la vigencia normativa de algunas de las UPZ con relación a los tratamientos urbanisticos de los diferentes sectores normativos y las fichas de edificabilidad, con ocasión de la derogatoria del Decreto 562 de 2014 y la expedición del Decreto Distrital 79 de 2016, señalando que mediante el citado Decreto "se reincorporaron al ordenamiento jurídico los tratamientos y las modificaciones adoptados en las UPZ" señaladas en el concepto. 
2017-05-11 
220176028 de 2017  RESIDUOS SÓLIDOS - Bodegas de Reciclaje 
Se pronuncia sobre la vigencia de los Decretos Distritales 113 de 2013 y 469 de 2015. Al respecto se concluye que los actos citados ?No han sido derogados ni expresa, ni tácitamente por norma distrital. En cuanto a cada uno de ellos se concluye:a) El Decreto Distrital 113 de 2013 se encuentra vigente, salvo los plazos concedidos para el plan de acción, el inventario de segunda etapa, y las acciones de reporte de la información a cargo del IPES, contenidos en los artículos 6, 9 y 10. En este aspecto, es importante tener en cuenta que el vencimiento de término para la adecuación de las normas no exime, como ya se había señalado, del cumplimiento de las normas que rigen la actividad del reciclaje. Debe entenderse que el Decreto Distrital 113 de 2013 incorpora las disposiciones del Decreto Distrital 469 de 2015. Particularmente, en lo que se refiere a la modificación del artículo 7. b. El Decreto Distrital 469 de 2015 se encuentra vigente. Con relación al artículo 1º que establece el plazo para culminar el plan de acción para la regularización, es de señalar que el mismo ya se extinguió, por cuanto se previó una vigencia hasta el 31 de marzo de 2016.? 
2017-06-01 
220183333 de 2018  COMITES DISTRITALES - Comités Sectoriales e Intersectoriales 
Resuelve una solicitud acerca de la vigencia del Decreto Distrital 505 de 2007 ?Por el cual se reglamenta el Consejo de Gobierno Distrital y los Comités Sectoriales?, señalando la entidad consultada que la citada norma se encuentra vigente y que los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo pueden seguir ejerciendo sus funciones, sin perjuicio del cambio de denominación contenida en el Artículo 2.2.22.3.6 del Decreto Nacional 1499 de 2017, hasta que se lleve a cabo la actualización del Decreto Distrital 505 de 2007 a cargo de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional y la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. 
2018-03-13 
2201912722 de 2019  VEEDOR DISTRITAL - Periodo 
Precisa que el actual Veedor Distrital, una vez finalice el periodo para el cual fue nombrado, debe permanecer en el cargo hasta tanto el Veedor Distrital nombrado por el Alcalde Mayor elegido para el siguiente periodo constitucional, asuma su función como nuevo Veedor Distrital, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 124 del Decreto Ley 1421 de 1993. 
2019-09-16 
2201916026 de 2019  ACTO ADMINISTRATIVO - Decaimiento 
El Consejo de Estado ha señalado que el decaimiento del acto administrativo se define como un fenómeno de derogación implícita aplicable a los actos administrativos dictados en ejecución de una ley y cuya validez se sustenta en la que se predique de la norma que le da sostén. De modo que cuando una ley es declarada inconstitucional o es derogada, los actos administrativos expedidos para desarrollarla, implementarla o con fundamento en esta (secundum leqem), dejan de tener fuerza obligatoria y pierden vigencia de facto.  
2019-11-19 
2201916026 de 2019  ACTO ADMINISTRATIVO - Pérdida de Fuerza Ejecutoria 
La Corte Constitucional ha expresado en relación con la pérdida de fuerza ejecutoria del acto administrativo, y particularmente en lo relativo al decaimiento del acto administrativo, la extinción de ese acto jurídico producida por circunstancias supervinientes que hacen desaparecer un presupuesto de hecho o de derecho indispensable para la existencia del acto: a) derogación o modificación de la norma legal en que se fundó el acto administrativo; b) declaratoria de inexequibilidad de la norma constitucional o legal; c) declaratoria de nulidad del acto administrativo y d) desaparición de las circunstancias fácticas o de hecho que determinaron el reconocimiento de un derecho o situación jurídica particular y concreta. 
2019-11-19 
2201916026 de 2019  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concluye que los Decretos Distritales 1853 de 1983, 325 de 1992 y 736 de 1993 no se encuentran vigentes, porque de acuerdo con el artículo 91.2 de la Ley 1437 de 2011 han perdido fuerza ejecutoria. Esto en razón a que el artículo 481 del Decreto Distrital 190 de 2004 derogó expresamente el Acuerdo 6 de 1990 y sus reglamentarios, entre ellos los mencionados Decretos.  
2019-11-19 
2201916566 de 2019  ALCALDE/SA MAYOR - Decretos y Resoluciones - Preparación y Trámite 
La Secretaría Jurídica Distrital no certifica la vigencia de los decretos, resoluciones, directivas y circulares expedidos por el Alcalde Mayor, por no tener competencia para ello, sino que efectúa el análisis del acto respectivo y determina su vigencia, cumpliendo para ello el procedimiento contenido en el Capítulo II de la Resolución 088 de 2018, expedida por esta Secretaría, cuando resulte aplicable. 
2019-12-02 
2201916578 de 2019  ACTO ADMINISTRATIVO - Decaimiento 
Conceptúa que el Decreto Distrital 321 de 1992 no se encuentra vigente, como consecuencia de que perdió fuerza ejecutoria por la desaparición en el ordenamiento jurídico de los fundamentos que le dieron origen, específicamente por la derogatoria del Acuerdo Distrital 6 de 1990.  
2019-12-02 
120203701 de 2020  MULTAS Y COMPARENDOS - Normas Aplicables 
Manifiesta de acuerdo al artículo 49 de la ley 1955 de 2019 que los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas ejecutoriadas antes del 1 de enero de 2020 se mantendrán en salarios mínimos legales vigentes, mientras que aquellas sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas que se encuentren ejecutoriadas con posterioridad al primero de enero de 2020 serán calculadas con base a Unidad de Valor Tributario (UVT). 
2020-04-23 
220204257 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Emite concepto sobre aplicación del artículo 49 de la Ley 1955 de 2019  
2020-04-22 
220204257 de 2020  SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD - Multas, Comparendos y Sanciones 
Determina que la Secretaria Distrital de Movilidad, deberá atender lo dispuesto por el parágrafo del artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, esto es, que: ?Los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, que se encuentren ejecutoriados con anterioridad al 1° de enero de 2020 se mantendrán determinados en smmlv? 
2020-04-22 
220208833 de 2020  DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN - Conceptos 
Concepto jurídico respecto del alcance de las excepciones del Decreto Distrital 169 de 2020 
2020-07-21 
220208833 de 2020  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Virus del Covid-19 o Coronavirus 
Concepto jurídico respecto del alcance de las excepciones del Decreto Distrital 169 de 2020 
2020-07-21 
220208833 de 2020  DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN - Virus del Covid-19 o Coronavirus 
Concepto jurídico respecto del alcance de las excepciones del Decreto Distrital 169 de 2020 
2020-07-21 
2202019191 de 2020  ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Vigencias Normativas 
Determina que el Decreto Distrital 547 de 2016 se encuentra vigente, como consecuencia de que éste se basó en competencias otorgadas por el Concejo de Bogotá y dentro del plazo establecido en el Acuerdo Distrital 645 de 2016, el Decreto se fundamento en el Decreto Distrital 645 de 2016, la ley 489 de 1998 y los parámetros del Acuerdo Distrital 257 de 2006. 
2020-11-19 
133 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Precisa el alcance del Decreto Distrital 007 de 2021 y las excepciones al mismo. 
2021-01-06 
133 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Emergencia Sanitaria 
Precisa el alcance del Decreto Distrital 007 de 2021 y las excepciones al mismo. 
2021-01-06 
133 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Virus del Covid-19 o Coronavirus 
Precisa el alcance del Decreto Distrital 007 de 2021 y las excepciones al mismo. 
2021-01-06 
133 de 2021  ACCESO A CARGOS PÚBLICOS - Convocatoria Pública 
Precisa el alcance del Decreto Distrital 007 de 2021 y las excepciones al mismo. 
2021-01-06 
15887 de 2021  CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO CAPITAL - Organización y Funcionamiento 
Concluye que el Decreto Distrital 1561 del 29 de agosto de 1979 no se encuentra vigente porque el artículo 1° del Decreto Distrital 1561 de 1979 fue sustituido por el artículo 28 del Acuerdo Distrital 11 de 1988, que actualmente rige con la modificación a su literal a), introducida por el Acuerdo Distrital 9 de 1992; las demás disposiciones que regulan temáticas asociadas al Fondo cuenta (administración y funcionamiento) fueron derogadas de manera tácita por las leyes 322 de 1996, 1575 de 2012 y 1796 de 2016, normas posteriores y de mayor jerarquía dentro del ordenamiento que el Decreto Distrital objeto de análisis y revisada la estructura organizacional del Distrito Capital y particularmente la de la UAECOB no se evidencia la existencia de un Fondo Cuenta para la administración de los recursos. 
2021-08-13 
22589 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Funciones 
Profiere concepto sobre la vigencia normativa del Decreto Distrital 137 de 2004, concluyendo que no se encuentra vigente, en razón los contenidos generales el mismos, entran en contradicción con la reglamentación contenida en el Decreto 160 de 2014 compilado en el Capítulo 4 del Título 2 del Decreto Único del Sector Trabajo 1072 de 2015, que regula el proceso de negociación sindical y establece las pautas para la instalación del comité, el plazo, las funciones y el término de funcionamiento, y que por ser de mayor jerarquía aplica en todo el territorio nacional. 
2021-11-17 
22589 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Vigencia Normativa 
Profiere concepto sobre la vigencia normativa del Decreto Distrital 137 de 2004, concluyendo que no se encuentra vigente, en razón los contenidos generales el mismos, entran en contradicción con la reglamentación contenida en el Decreto 160 de 2014 compilado en el Capítulo 4 del Título 2 del Decreto Único del Sector Trabajo 1072 de 2015, que regula el proceso de negociación sindical y establece las pautas para la instalación del comité, el plazo, las funciones y el término de funcionamiento, y que por ser de mayor jerarquía aplica en todo el territorio nacional. 
2021-11-17 
22589 de 2021  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Profiere concepto sobre la vigencia normativa del Decreto Distrital 137 de 2004, concluyendo que no se encuentra vigente, en razón los contenidos generales el mismos, entran en contradicción con la reglamentación contenida en el Decreto 160 de 2014 compilado en el Capítulo 4 del Título 2 del Decreto Único del Sector Trabajo 1072 de 2015, que regula el proceso de negociación sindical y establece las pautas para la instalación del comité, el plazo, las funciones y el término de funcionamiento, y que por ser de mayor jerarquía aplica en todo el territorio nacional. 
2021-11-17 
13487 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Vigencia Normativa 
Concluye que el Decreto Distrital 621 de 2017, ?Por el cual se declara la existencia de condiciones de urgencia por motivos de utilidad pública e interés social para la adquisición de los derechos de propiedad y demás derechos reales sobre los terreno e inmuebles requeridos en el marco del ?Proyecto Relleno Sanitario Doña Juana? y se dictan otras disposiciones?, está vigente, pues no ha sido derogado expresa o tácitamente y tampoco concurre causal de pérdida de ejecutoria del acto administrativo, que afecte su eficacia y en consecuencia su vigencia. 
2022-07-19 
220224433 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Actos Administrativos, Trámite, Efectos 
De acuerdo con la facultad prevista en el artículo 22 del Decreto 430 de 2018 , en concordancia con el procedimiento determinado en la Resolución 088 de 2018, expedida por ésta Secretaría, en cuanto a la determinación de la vigencia de decretos expedidos por el Alcalde Mayor, se procederá a realizar el análisis de vigencia sobre los siguientes Decretos Distritales: 1. Decreto 90 2020 Por el cual se dictan medidas transitorias para garantizar el orden público en el Distrito Capital, con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital 087 del 2020. Expedido por la Alcaldesa Mayor en conjunto con la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia 2. Decreto 134 2020 Por el cual se modifica el Decreto 131 del 2020 "Por el cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones. Expedido por la Alcaldesa Mayor en conjunto con la Secretaría Distrital de Gobierno. 3. Decreto 169 2020 Por medio del cual se imparten órdenes para dar cumplimiento a la medida de aislamiento preventivo obligatorio y se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público en las diferentes localidades del Distrito Capital. Expedido por la Alcaldesa Mayor en conjunto con la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Salud. 
2022-03-29 
220224989 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Actos Administrativos, Trámite, Efectos 
Se examina y define la vigencia de la norma objeto de estudio, esto es el artículo 13 del Decreto Distrital 350 de 2003?, se procede a dar respuesta, conforme lo establecido en el artículo 22 del Decreto 430 de 2018, en concordancia con el procedimiento determinado en la Resolución 088 de 2018, expedida por ésta Secretaría, en cuanto a la determinación de la vigencia de decretos expedidos por el/la Alcalde/sa Mayor. 
2022-04-05 
2202213014 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Solicita la vigencia de los Decretos Distritales 190 de 2004 y 555 de 2021 formuladas por los curadores urbanos de Bogotá D.C., la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación responde que se encuentra vigente y suspendidos provisionalmente sus efectos a partir de la ejecutoria del auto, esto es el 16 de junio de 2022, determina que en tanto subsista la medida cautelar de suspensión provisional del Decreto Distrital 555 de 2021, y en virtud de la figura jurídica de reviviscencia de la norma derogada recobra fuerza vinculante el Decreto Distrital 190 de 2004. 
2022-07-13 
2202215430 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Concluye que el Decreto Distrital 825 de 2019, ?Por medio del cual se establecen los perímetros y zonas para la restricción del porte, consumo, facilitamiento, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la ley 2000 de 2019, modificatorios parcialmente de los artículos 34 y 140 de la Ley 1801 de 2016, y se dictan otras disposiciones?, está vigente, pues no ha sido derogado expresa o tácitamente y tampoco concurre causal de pérdida de ejecutoria del acto administrativo, que afecte su eficacia y en consecuencia su vigencia. 
 
2202219301 de 2022  NORMAS - Vigencia 
Conceptúa estableciendo que el Acuerdo Distrital 309 de 2008 fue derogado tácitamente ya que sus disposiciones son contrarias a lo establecido en norma de mayor jerarquía, no solo por el tipo de sanción que impone, sino porque quien emite el acto carece de competencia desde el 2016. 
2022-09-23 
2202219389 de 2022  DECRETOS DISTRITALES - Vigencia Normativa 
La derogación expresa ocurre cuando la nueva ley dice explícitamente que deroga otra norma más antigua y en ese sentido, el art. 22 del 0478 de 1988 literalmente dispuso la derogatoria del Decreto 107 de 1985, Plan de Estructura urbana, localización y normas urbanísticas del área Metropolitana del Salitre. De manera que a partir del momento de la publicación del Decreto 478 de 1988 en el Registro Distrital 450 del 25 de julio de 1988, el Decreto 107 de 1985 quedo excluido del ordenamiento jurídico. 
2022-09-23 
22023622 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Revisado el artículo 608 del Decreto 555 de 2021, que contiene el actual POT, se infiere que no concurre derogatoria expresa frente a los artículos 109 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, 3° del Decreto Distrital 980 de 1997, 5° del Acuerdo Distrital 740 de 2019 y 4° del Decreto Distrital 768 de 2019, pues la nueva norma explícitamente no las está excluyendo del ordenamiento jurídico. Tampoco concurre la figura de la derogatoria táctica u orgánica, pues confrontado el contenido de los artículos 109 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, 3° del Decreto Distrital 980 de 1997, 5° del Acuerdo Distrital 740 de 2019 y 4° del Decreto Distrital 768 de 2019 con el del artículo 156 del Decreto Distrital 555 de 2021, se advierte que los temas tratados en esta última norma no llegan a reemplazar la regulación contenida en la normatividad anterior. Es importante resaltar que en el artículo 156 del POT se establecen y distribuyen funciones para las tres entidades, pero se advierte que los desarrollos de las mallas viales deben corresponder a los ?trazados y determinaciones urbanísticas contenidas en el presente plan y en los instrumentos de planeación y actos administrativos que lo reglamenten?. Por lo tanto, el ejercicio de las funciones establecidas en el art. 156 ibíd. deben entenderse en el marco las acciones necesarias para cumplir con el Plan de Ordenamiento Territorial y no se extienden a otra clase de proyectos que son ejecutados por la Administración Distrital, pues tal como lo indicó las Secretarias Distritales de Planeación y Movilidad, son ámbitos diferentes.  
2023-01-19 
2202311222 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Contratación 
Solicita se informe si el Acuerdo Distrital 21 de 1997, expedido por el Concejo de Bogotá el 6 de diciembre de 1997 continúa vigente, si se ha dado alguna derogatoria parcial o total de su articulado o si se ha modificado total o parcialmente, emite concepto, diciendo que algunas disposiciones siguen vigentes, que no presenta derogatorias expresas y que presenta algunas modificaciones. 
2023-06-23 
2202316920 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptua sobre la vigencia del Decreto Distrital 166 de 2014 a pesar de la derogatoria expresa las disposiciones y el artículo 8 se mantienen vigentes los efectos por transición conforme al régimen previsto en el artículo 37 del Decreto 623 de 2016 y normas posteriores. 
2023-08-25 
ir al inicio


VIVIENDA
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220226992 de 2022  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptua sobre la vivienda turistica y la prestación el servicio de hospedaje o alojamiento turístico, siendo entendidas como aquellas ?Unidades privadas, casas y demás construcciones integradas arquitectónica y funcionalmente destinada total o parcialmente a brindar el servicio de alojamiento turístico según su capacidad, a una o más personas. Pertenecen a esta clasificación los apartamentos turísticos, fincas turísticas, casas turísticas y demás inmuebles cuya destinación corresponda a esta definición? 
2022-05-06 
22023689 de 2023  CAJA DE VIVIENDA POPULAR - Conceptos 
Determina que el Decreto 624 de 2006 no se encuentra vigente como consecuencia de la expedición del Decreto Distrital 555 de 2021 que contiene el Plan de Ordenamiento Territorial actual que derogó expresamente el Decreto 190 de 2004. 
2023-01-20 
2202316920 de 2023  SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Vigencia Normativa 
Conceptua sobre la vigencia del Decreto Distrital 166 de 2014 a pesar de la derogatoria expresa las disposiciones y el artículo 8 se mantienen vigentes los efectos por transición conforme al régimen previsto en el artículo 37 del Decreto 623 de 2016 y normas posteriores. 
2023-08-25 
ir al inicio
 

Ir al Inicio