12005 de 2014 |
MUJERES - Licencia de Maternidad en caso de Aborto o Parto Prematuro |
El estatuto laboral en el artículo 237 ha reconocido en los casos de aborto de las mujeres trabajadoras, su derecho a una licencia de 2 a 4 semanas con el salario que devengaba al momento de iniciarse el descanso, pero en lo que concierne a la legalidad de la terminación del contrato de trabajo de la mujer, una vez culmine su licencia, en tal evento, la decisión de despido deberá reposar en una justa causa, las cuales se encuentran enumeradas en el artículo 62 del Código Sustantivo de Trabajo.
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2014-01-27 |