RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

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DOCTRINA DISTRITAL
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Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
089 de 2023   POLÍTICAS PÚBLICAS BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL - Política Pública de Discapacidad para Bogotá, D.C. 2023-2034 
Adopta la Política Pública de Discapacidad para Bogotá D.C., que busca garantizar el goce efectivo de los derechos y la inclusión social de las personas con discapacidad, sus familias y personas cuidadoras de personas con discapacidad en el territorio urbano, rural y disperso de Bogotá D.C. para el periodo comprendido entre 2023 y 2034. 
2023-03-06 
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Corte Constitucional de Colombia

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
C-401 de 1999   DISCRIMINACIÓN - Personas con Discapacidad 
Para la Corte los numerales 5, 6 y 7 del artículo 127 del Código Civil Colombiano, vulneran tajantemente los derechos a a igualdad y generan discriminación contra las personas con limitaciones (discapacidades) visuales, auditivas y del habla, al no considerarlos aptos para ser testigos para presenciar y autorizar un matrimonio.  
1999-06-02 
241 de 2004   PROCESO DISCIPLINARIO - Notificaciones 
¿Este régimen de notificación de la apertura de indagación preliminar y de investigación disciplinaria es compatible con lo prescrito en el artículo 91 de esa ley y de acuerdo con el cual el trámite de la notificación personal no suspende en ningún caso la actuación probatoria encaminada a demostrar la existencia del hecho y la responsabilidad del disciplinado. No obstante, aquellas pruebas surtidas sin su presencia en tanto se realizaba el trámite de la notificación, deben ser ampliadas o reiteradas en los puntos que solicite el disciplinado.¿ 
2004-03-12 
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Departamento Administrativo de Planeación Distrital

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
1515 de 1998   DISCAPACIDAD - Protección Especial 
Todos los sitios abiertos al público, de carácter recreacional o cultural, como teatros y cines, deberán disponer de espacios localizados al comienzo o al final de cada fila central, para personas en sillas de ruedas. En todo complejo vial y/o medio de transporte masivo, incluidos los puentes peatonales, túneles o estaciones que se construyan en el territorio nacional, se deberá facilitar la circulación de las personas discapacitadas, planeando instalaciones, rampas o elevadores con acabados de material antideslizante que les permita movilizarse de un lugar a otro, y deberán contar con la señalización respectiva. Las instalaciones de varios niveles que no cuenten con ascensor estarán provistas de rampas con las especificaciones técnicas y de seguridad adecuadas, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida el gobierno nacional o aquella que se encuentre vigente. 
1998-08-05 
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Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
3548 de 2014   DISCAPACIDAD - Empleos Públicos 
Resuelve consulta sobre las restricciones legales en materia laboral para personas que se encuentran en situación de discapacidad, sobre lo cual concluye: “(...) es claro que para las personas que se encuentran en situación de discapacidad no hay restricción para su vinculación laboral con los entes públicos y privados, puesto que la disposición contenida en la Ley 361 de 1997 establece que el empleador debe velar porque las labores que ha de ejercer la persona en dicha condición no le ocasionen daño alguno (…) Por consiguiente, las personas que se encuentran en condición de discapacidad pueden vincularse laboralmente a las entidades de carácter público en las mismas condiciones que las demás personas y corresponde a quienes convocan tener el cuidado de verificar que su discapacidad no es incompatible o insuperable para el cargo objeto de concurso o de simple nombramiento una vez se le haya brindado la capacitación pertinente (...)” 
2014-06-12 
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Secretaría de Educación del Distrito - SED

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
130011 de 2010   DISCAPACIDAD - Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital - PPDD 
¿ la SED brinda atención a escolares con discapacidad y talentos excepcionales como parte integrante del servicio público educativo, mediante el fomento de programas y experiencias orientadas a la inclusión académica y social de estos¿ La SED cuenta con colegios con prácticas inclusivas para niños, niñas y jóvenes con: - Retardo mental leve, síndrome de Down y autismo; - Ceguera y baja visión diagnosticada; - Sordera e Hipoacusia diagnosticada; - Lesión neuromuscular; -¿ Multidéficit; y Talentos y excepcionales¿ Desde este marco y como parte del Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condiciones de Discapacidad en el Distrito Capital, la SED concentra sus acciones especialmente al logro del propósito de la dimensión de la Política Pública de Discapacidad: Desarrollo de capacidades y oportunidades definida en el articulo 11 del Decreto 470. Sobre el derecho a la educación¿ La política de inclusión educativa para personas con discapacidad no sólo está consagrada en el reciente Decreto 366 de 2009, esta en la Ley 115 de 1994, y expresamente contemplada en la Ley 361 de 1997¿ La SED busca que la inclusión social y académica de niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepciónales sea a nivel Distrital una política prioritaria, por tanto en todas las localidades existen colegios que integran niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepcionales. 
2010-09-22 
74004 de 2016   SECRETARIA DISTRITAL DE EDUCACIÓN SED - Educación personas con discapacidad 
Consulta si es deber de la SED suministrar un intérprete de lenguaje de señas a un beneficiario del Fondo de Educación Técnica y Tecnológica en condición de discapacidad. Al respecto la entidad señala que no, debido a que esta obligación es de naturaleza nacional, en cabeza del Ministerio de Educación Nacional y a las instituciones públicas y privadas. 
 
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Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
25 de 2002   PICO Y PLACA - Vehículos Particulares 
Salvo concepto en contrario de la Secretaría de Tránsito y Transporte, entidad especializada en el tema, dentro de la excepción a la restricción vehicular, relacionado con los vehículos adaptados para los discapacitados, no se hace extensiva para los vehículos que no son adaptados mecánicamente 
2002-04-18 
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