RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Secretaría
Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

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DOCTRINA DISTRITAL
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Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
8716 de 2008   PLAN DE DESARROLLO LOCAL - Elaboración, Aprobación, Ejecución y Seguimiento  
Aplicación del Acuerdo 13 de 2000 del Concejo de Bogotá, en armonía con los Decretos 739 de 1998 y 518 de 1999 expedidos por el Alcalde Mayor de Bogotá¿ A juicio de esta jefatura, no existe incompatibilidad alguna entre las normas citadas, por cuanto la primera se refiere sencillamente a la consolidación del Proyecto del Plan de Desarrollo Local, de conformidad con las atribuciones del Alcalde Local y los Encuentros Ciudadanos, mientras que la segunda se ocupa de la intervención de la UEL en fase posterior, es decir en la solicitud de contratación de cada proyecto ya elaborado y registrado y a la posibilidad de que la misma intervenga para procurar la reformulación de proyectos que no se pueden ejecutar y, a su vez, para asistir a los Encuentros Ciudadanos a fin de exponer a la comunidad sobre los proyectos que sí resultan viables. 
2008-05-30 
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Secretaría Distrital de Hacienda

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2018IE15901 de 2018   PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DE BOGOTÁ D.C. - Normas Aplicables 
El Cupo de Endeudamiento es una fuente alternativa de financiación del Plan de Desarrollo. Este cupo tiene un carácter global y flexible, en la medida en que su destinación y utilización, además de orientarse por el principio presupuestal de la “Unidad de Caja”, está supeditada a múltiples variables como las condiciones de liquidez de la Administración y ajustes derivados de las variaciones macroeconómicas nacionales y distritales, así como de externalidades que pueden afectar las estimaciones inicialmente proyectadas y a las priorizaciones posteriores de presupuestos anuales. La exposición de motivos del Acuerdo que autoriza el cupo de endeudamiento y los documentos técnicos que la acompañan, no son una fuente formal de derecho; sus únicas funciones son de carácter informativo e interpretativo. 
2018-06-20 
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Secretaría Distrital de Planeación

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
1402 de 2008   PLAN DE DESARROLLO LOCAL - Elaboración, Aprobación, Ejecución y Seguimiento  
Respecto de los Decretos Distritales 739 de 1998 y 518 de 1999, no se encuentra en el Acuerdo 13 de 2000 una disposición normativa que los derogue expresamente. En este mismo contexto, el Acuerdo 13 de 2000, en su Art. 30, estableció lo siguiente: " El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias". se realiza a continuación el estudio sobre las disposiciones de los Decretos Distritales, en adelante denominados Decretos, que contrarían el Acuerdo 13 de 2000, en adelante denominado Acuerdo¿ Consecuencialmente con los argumentos expuestos respecto del Decreto 739 de 1998, se puede concluir que el único Artículo del Decreto 518 de 1999 que se encuentra derogado, es el 1º. Por consiguiente, los Arts. 2º,3º,4º,5º se encuentran vigentes. 
2008-05-29 
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Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
1805 de 1992   PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DE BOGOTÁ D.C. - Participación del Departamento 
Los organismos departamentales de planeación prestan asesoría y asistencia técnica a los municipios de su jurisdicción para la elaboración de planes y programas de desarrollo y presupuestos, los cuales deben crearse de conformidad con las normas vigentes en lo que no sean contrarios a la Constitución Nacional, y siguiendo los criterios de coordinación, complementariedad e integración. 
1992-11-03 
76 de 2008   PLAN DE DESARROLLO LOCAL - Elaboración, Aprobación, Ejecución y Seguimiento  
El Acuerdo 13 de 2000 por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de desarrollo económico y social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital, de conformidad con el estudio elaborado por la Secretaría Distrital de Planeación derogó parcialmente los Decretos 739 de 1998 y 518 de 1999.  
2008-07-02 
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Secretaría Jurídica Distrital

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202116346 de 2021   SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Imparte concepto jurídico en relación con el término legal para llevar a cabo el estudio y aprobación del proyecto de acuerdo “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá” en el Concejo Distrital. 
2021-08-19 
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Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
29461 de 2017   PLANES DISTRITALES - Plan para la Gestión Integral de Residuos Peligrosos para Bogotá Distrito Capital 
Se solicitó a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, emitir concepto respecto de la competencia de las entidades integrantes de la Mesa Distrital de Residuos Peligrosos, en relación al “transporte y disposición final de todos los desechos peligrosos abandonados en el espacio público”, señalando que si bien el Decreto 548 del 18 de diciembre de 2015 en su Artículo 9° señalaba que, “para los residuos peligrosos, posconsumo y RCD contaminados y abandonados o arrojados de forma clandestina y/o de origen desconocido, las Alcaldías Locales en coordinación con la UAESP, garantizarán y dispondrán de los recursos necesarios para una eficiente y oportuna gestión de estos residuos, con el fin de minimizar los efectos nocivos al ambiente y a la salud”, esta norma fue derogada expresamente por el Art. 8 del Decreto 495 del 11 de noviembre de 2016; por lo cual en la actualidad no existe ninguna norma o delegación por la cual se asigne a la UAESP responsabilidad alguna sobre la recolección o disposición final de los residuos peligrosos abandonados en espacio público. 
2017-03-14 
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