| Año |
|
Documento |
|
Restrictor |
|
| 2006 |
|
Sentencia T-704 de 2006 Corte Constitucional de Colombia
|
|
La Corte Constitucional resalta la importancia de respetar y garantizar la participación efectiva de las comunidades indígenas en la administración y decisión sobre sus recursos económicos, en concordancia con su derecho a la autonomía y a la autodeterminación. La omisión en la inversión y control de estos recursos no solo impide la realización de derechos sociales y culturales, sino que también vulnera el principio constitucional de respeto a la diversidad étnica. La sentencia indica que la protección de estos derechos debe estar acompañada por mecanismos institucionales que aseguren la participación activa y efectiva del pueblo Wayuu en la gestión de su desarrollo. |
|
| 2019 |
|
Fallo 01946 de 2019 Consejo de Estado
|
|
La Sala Plena del Consejo de Estado estableció que para determinar si una solicitud de amparo de tutela tiene o no relevancia constitucional, se debe determinar si el actor cumple su carga argumentativa y justifica suficientemente la relevancia constitucional por vulneración de sus derechos fundamentales y si la acción de tutela no se erije en una instancia adicional al proceso ordinario en el cual haya sido proferida la providencia acusada, ahora bien aduciendo a lo anterior la Sala en mención decidió revocar la providencia impugnada, y en su lugar, declaró improcedente el amparo, por considerar que el municipio de Cogua se encuentra ejerciendo pleno uso de las facultades otorgadas por el Ministerio del Medio Ambiente. |
|
| 2022 |
|
Sentencia T-033 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
|
|
Dani García Pulgarín promovió acción de tutela contra la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Notaría Novena de Medellín. Indicó que ambas autoridades, presuntamente, comprometieron sus derechos a la dignidad humana, a la personalidad jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia, porque le negaron el cambio de su nombre por segunda vez y no modificaron, en sus documentos de identidad, el componente sexo en una categoría distinta a masculino o femenino. La Registraduría Nacional del Estado Civil adujo que el sexo, como componente de los documentos de identidad, se registra en función de conceptos biológicos y que considera que no afectó ningún derecho fundamental en este asunto. La Notaría Novena de Medellín, No obstante, manifestó que es indispensable que la persona interesada respete las normas que regulan dichas modificaciones. En vista de ellas, la Notaría no puede acceder a las pretensiones de la parte demandante, pues las disposiciones legales imponen que el nuevo cambio de nombre sea ordenado por un juez y el del componente sexo se efectúe pasados 10 años. La corte falla, confirmando la decisión de acceder a la protección constitucional en lo que corresponde al cambio de nombre de la parte demandante; y concede el amparo de los derechos a la igualdad, a la dignidad humana, a la personalidad jurídica y al libre desarrollo de la personalidad respecto del cambio de sexo solicitado, de conformidad con la parte motiva de esta decisión |
|
| 2024 |
|
Sentencia de Unificación SU-487 de 2024 Corte Constitucional de Colombia
|
|
La Corte Constitucional ha señalado que la acción de tutela contra sentencias judiciales es un instrumento excepcional, dirigido a enfrentar aquellas situaciones en que la decisión del juez incurre en graves falencias, de relevancia constitucional, las cuales tornan la decisión incompatible con la Constitución. En este sentido, la acción de tutela contra decisión judicial es concebida como un juicio de validez y no como un juicio de corrección del fallo cuestionado, lo que se opone a que se use indebidamente como una nueva instancia para la discusión de los asuntos de índole probatoria o de interpretación del derecho legislado, que dieron origen a la controversia. |
|
| 2025 |
|
Sentencia de Unificación SU-088 de 2025 Corte Constitucional de Colombia
|
|
La Corte Constitucional ha sido enfática en señalar que, al estudiar el requisito de relevancia constitucional, el juez debe ser cuidadoso en verificar que la controversia planteada verse sobre cuestiones que trasciendan la esfera legal o que constituyan asuntos eminentemente económicos. Así las cosas, para acreditar este requisito es preciso evidenciar una restricción que impacte en los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia en su faceta constitucional, y que dicha limitación se haya dado como consecuencia de una actuación ostensiblemente arbitraria e ilegítima, por parte de las autoridades jurisdiccionales cuestionadas |
|
Total: 5 documentos encontrados para ACCIÓN DE TUTELA ::
Relevancia constitucional
|
|