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Documento |
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Restrictor |
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| 2011 |
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Decreto 4633 de 2011 Nivel Nacional
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Genera el marco legal e institucional de la política pública de atención integral, protección, reparación integral y restitución de derechos territoriales para los pueblos y comunidades indígenas como sujetos colectivos y a sus integrantes individualmente considerados, de conformidad con la Constitución Política, la Ley de Origen, la Ley Natural, el Derecho Mayor o el Derecho Propio, y tomando en consideración los instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, las leyes, la jurisprudencia, los principios internacionales a la verdad, a la justicia, a la reparación y a las garantías de no repetición. |
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| 2015 |
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Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia
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Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país ". Se ordena a las entidades nacionales realizar la identificación de las asignaciones presupuestales específicas para los pueblos indígena; la elaboración de presupuestos en los que de manera específica se señalen las partidas presupuestales, incluir dentro del SINERGIA las estrategias y metas acordadas con los pueblos indígenas, así como la elaboración de la política pública para la protección de derechos de las familias, mujeres, niñas y niños jóvenes y mayores indígenas. (Artículos 114 a 117). |
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| 2017 |
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Auto 266 de 2017 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte analiza y observa una persistente inseguridad jurídica y material sobre los territorios. La demora en la titulación de tierras, los conflictos territoriales por parte de actores armados ilegales, el desarrollo de actividades económicas a gran escala (lícitas e ilícitas) sin consulta previa, y la siembra de monocultivos y ganadería extensiva, siguen afectando el control autónomo de los territorios. Se constata un bloqueo institucional por la insuficiente capacidad institucional y presupuestal del INCODER (ahora Agencia Nacional de Tierras) para formalizar los territorios étnicos. Asimismo, se detecta una práctica inconstitucional en la respuesta estatal que invisibiliza a comunidades étnicas no focalizadas en el trámite de restitución, a pesar de sus afectaciones, generando un déficit de protección injustificado. |
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| 2024 |
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Decreto 129 de 2024 Nivel Nacional
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Adiciona el Título 25 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la reglamentación de los procedimientos de ampliación y saneamiento de las tierras de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras; se adoptan mecanismos para la protección y seguridad jurídica de los territorios ocupados y poseídos ancestral y/o tradicionalmente por las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y se dictan otras disposiciones. |
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| 2024 |
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Decreto 746 de 2024 Nivel Nacional
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Modifica los artículos 2.14.20.2.1 y 2.14.20.3.1 del Decreto 1071 de 2015, relacionado con los Mecanismos para la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente por los pueblos indígenas y se dictan otras disposiciones, toda vez que la Corte Constitucional ha resaltado la importancia de ampliar el concepto de territorio de las comunidades étnicas a nivel jurídico, para que comprenda no sólo las áreas tituladas, habituadas y explotadas por la comunidad, por ejemplo, bajo la figura de resguardo, sino también aquellas que constituyen el ámbito tradicional de sus actividades culturales y económicas, de manera que se facilite el fortalecimiento de la relación espiritual y material de estos pueblos con la tierra y se contribuya a la preservación de las costumbres pasadas y su transmisión a las generaciones futuras. |
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| 2025 |
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Sentencia T-081 de 2025 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional estudió una tutela instaurada por el gobernador de un cabildo indígena del Cauca contra la Agencia Nacional de Tierras (ANT). El accionante argumentó que su comunidad ha intentado acceder a la propiedad colectiva de tierras a través del Estado, pero no lo ha logrado. Desde 2017, existe un conflicto territorial relacionado con una hacienda en Popayán, adquirida por una asociación de docentes, pero que la comunidad indígena reclama como suya ancestralmente. Este conflicto ha escalado, incluyendo violencia y amenazas. El gobernador indígena solicitó protección para los derechos a la vida, la integridad personal y a permanecer en su territorio ancestral.
La Corte reiteró la jurisprudencia sobre el derecho al territorio de los pueblos indígenas, la protección estatal de líderes y defensores de derechos humanos, y los mecanismos administrativos de protección para líderes sociales, con énfasis en la población indígena. En el caso concreto, determinó que no se vulneró el derecho al territorio del cabildo, ya que no se demostró que el grupo étnico hubiera promovido un procedimiento de adquisición del inmueble ante la ANT, y se acreditó que la asociación de profesores es la propietaria de la hacienda. Sin embargo, la Corte identificó la necesidad de que el cabildo indígena acceda progresivamente a la tierra, lo que requiere una actuación positiva del Estado.
Además, concluyó que la Unidad Nacional de Protección (UNP) y el Ministerio del Interior no garantizaron los derechos a la vida y a la seguridad personal de los líderes y lideresas del cabildo y su abogada asesora, a pesar de tener conocimiento de la creciente violencia contra estas personas.
La Corte amparó los derechos a la vida y a la seguridad personal de los líderes y lideresas amenazados. Ordenó a la UNP implementar medidas de prevención y protección con enfoque étnico y de género, en articulación con el Ministerio del Interior, y crear una instancia de diálogo entre la comunidad indígena, la asociación de docentes, la ANT y otros actores sociales de la región. Instó al Ministerio del Interior a actuar con diligencia en la resolución de controversias interculturales en el Cauca. Ordenó a la ANT asesorar a las autoridades del cabildo sobre los procedimientos para la adquisición de tierras y gestionar prontamente dichos trámites. Asimismo, ordenó a la Defensoría del Pueblo acompañar al grupo étnico en sus actuaciones para el acceso a propiedad colectiva y promover la solución pacífica del conflicto. Finalmente, ordenó a la Procuraduría General de la Nación ejercer sus facultades disciplinarias en relación con los hechos del caso. |
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Total: 6 documentos encontrados para COMUNIDADES Y RESGUARDOS INDIGENAS ::
Reparación Integral y Restitución de Derechos Territoriales
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