| 2003 |
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Sentencia de Unificación SU-383 de 2003 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional de Colombia estableció que la consulta previa es un derecho fundamental de las comunidades indígenas. Esto significa que el Estado tiene la obligación de consultar a estos pueblos antes de tomar decisiones (como leyes o programas administrativos) que puedan afectarlos directamente, en este caso, el programa de erradicación de cultivos ilícitos. |
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| 2023 |
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Sentencia de Unificación SU-545 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional advierte que, en el caso de comunidades indígenas y afrodescendientes, el fallo reafirma la obligación del Estado de realizar procesos de consulta previa antes de implementar cualquier medida que afecte sus territorios o modos de vida. Se reconoce que las estrategias de erradicación forzada han sido impuestas sin el consentimiento de estas comunidades, desconociendo su derecho a la autodeterminación y a la gestión autónoma de sus recursos, además refiere que, la falta de consulta genera una afectación directa a la cosmovisión de estos pueblos, pues la relación con la tierra y la producción agrícola hace parte integral de su identidad cultural. Como consecuencia, se ordena al Estado garantizar espacios de diálogo y concertación con las comunidades afectadas antes de continuar con cualquier proceso de erradicación en sus territorios. |
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