| 2016 |
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Sentencia 880012 de 2016 Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento Archipiélago de San Andres, Providencia y Santa Catalina
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Modula la condición de tiempo de cumplimiento de la decisión, en cuanto se precisará que el señor Gobernador del Departamento, conforme sus facultades constitucionales y legales, gestionará de manera inmediata todo cuanto fuere necesario para dotar y completar el cubrimiento de estos servicios públicos, agua potable y alcantarillado de San Andrés a la comunidad, en un término máximo de nueve (09) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. |
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| 2019 |
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Sentencia T-398 de 2019 Corte Constitucional de Colombia
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La jurisprudencia constitucional ha sostenido que el derecho a la autodeterminación implica, entre otros, dos obligaciones. La primera consiste en que el Estado no puede interferir en las decisiones relacionadas con el proyecto de vida de la persona. Por ejemplo, las autoridades no pueden fijar modelos ideales de ser humano y, a partir de éste, obligar a seguirlo. La segunda hace referencia a la obligación estatal de garantizarle a las personas el acceso a ambientes físicos, de manera tal que ella pueda elegir a dónde dirigirse y seguir el plan de vida trazado. Por ejemplo, el Estado debe facilitar instalaciones para aquellas personas de especial protección, que requieren cubrir sus necesidades y, por condiciones socioeconómicas, etarias o de salud, no pueden hacerlo por sí mismas. |
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