| Año |
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Documento |
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Restrictor |
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| 2018 |
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Resolución 1190 de 2018 Ministerio del Interior
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Adopta la Guía Metodológica denominada "Protocolo para la coordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica como un ejercicio legítimo de los derechos de reunión, manifestación pública y pacífica, libertad de asociación, libre circulación, a la libre expresión, libertad de conciencia, a la oposición y a la participación, inclusive de quienes no participan en la protesta pacífica" |
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| 2020 |
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Sentencia 110012 de 2020 Corte Suprema de Justicia
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La Corte concluye que el derecho a la protesta pacífica y no destructiva es un derecho fundamental en su dimensión estática y dinámica protegido por el ordenamiento interno, por la propia Constitución y por el derecho internacional de los derechos humanos. Señala explícitamente que la protesta intolerante y violenta, no pacífica, que aboga por el discurso y la apología al odio, a la hostilidad, que patrocina la propaganda a favor de la guerra, que propende por el odio nacional, racial, religioso, y por la discriminación, o que incite a la pornografía infantil, al delito o al genocidio, no están protegidas por la Constitución |
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| 2023 |
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Decreto 053 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece y adopta el Protocolo Distrital para la garantía y protección de los derechos a la reunión, manifestación pública y la protesta social pacífica, en el marco del reconocimiento, protección y garantía del ejercicio del derecho a la reunión y manifestación pública y pacífica, así como sus derechos involucrados, con el fin de superar toda forma de estigmatización y contribuir al mantenimiento de la convivencia ciudadana, que contemplen además lineamientos para la adopción de medidas basadas en los principios de necesidad, racionalidad, temporalidad, legalidad, diferenciación, focalización y proporcionalidad del uso de la Fuerza del Estado. |
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| 2024 |
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Directiva 001 de 2024 Fiscalía General de la Nación
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Establece los principios fundamentales que deben guiar cualquier intervención de la Fiscalía General de la Nación, en el desarrollo de una protesta social pacifica, así como aquellos orientativos para la toma de decisiones cuando concurran hechos delictivos. |
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| 2025 |
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Decreto 1190 de 2025 Nivel Nacional
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Adiciona unos artículos del Decreto Nacional 003 de 2021, en el sentido de Documentar y sistematizar las presuntas violaciones a los derechos humanos desarrolladas entre 2019 y 2021, integrando el análisis de antecedentes históricos de violencias, las demandas que originaron las manifestaciones, y evaluando los avances en los procesos disciplinarios, administrativos y penales relacionados. |
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| 2026 |
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Decreto 1525 de 2026 Nivel Nacional
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Modifica y adiciona el Decreto 003 de 2021, "Por el cual se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACÍFICA CIUDADANA" con el objetivo de (i) precisar el alcance del principio de primacía del diálogo y las reglas aplicables cuando concurran actos de violencia desde el inicio de la manifestación, conforme al principio de diferenciación; (ii) fortalecer la fase preventiva mediante la gestión anticipada de la conflictividad social y su articulación con las instancias de diálogo social; (iii) definir las reglas de dirección, funcionamiento, quórum, competencias y trazabilidad documental del Puesto de Mando Unificado, y su articulación con la línea de mando operativo de la Fuerza Pública; entre otras. |
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Derecho a la protesta
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