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Decreto 557 de 2022 Nivel Nacional
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Adiciona el art. 2.4.1.2.1.3 al Decreto 1070 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, en lo relacionado con el servicio de practicaje en proyectos, relacionados con el mantenimiento y/o profundización de canales de acceso a puertos que impliquen el uso de equipos y actividades de dragado. El responsable del proyecto deberá garantizar el desarrollo del servicio público de practicaje a bordo de las dragas. |
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