| 2000 |
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Sentencia T-377 de 2000 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional sostiene que la certificación judicial es un acto reglado, pues el juez de conocimiento sólo puede expedir esta clase de documentos cuando la ley expresamente lo autoriza. En tal sentido, constituye una regla general del procedimiento civil que los jueces pueden expedir certificaciones sobre la existencia de procesos, la ejecutoria de resoluciones judiciales, y sobre hechos ocurridos en su presencia y en ejercicio de sus funciones de que no haya constancia escrita; también en los demás casos autorizados por la ley. |
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