| 2020 |
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Sentencia 56505 de 2020 Corte Suprema de Justicia
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La Sala Penal explica que los elementos del cohecho impropio contenido en el inciso 2 del artículo 406 son:"la calificación del sujeto activo, en cuanto debe tratarse de un servidor público; (ii) el hecho de que reciba dinero u otras utilidades; (iii) de parte de una persona que tenga interés en el asunto sometido a su conocimiento; (iv) siempre y cuando el dinero o la utilidad haya sido recibido mientras el servidor público tenía la dirección del trámite; y (iv) salvo que la entrega haya sido posterior, pero corresponda a una promesa hecha mientras el sujeto activo tenía el referido manejo." |
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