Documentos para DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN :: Intereses Moratorios
Año   Documento   Restrictor  
2016   Sentencia de Unificación 250002 de 2016 Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo  

El Consejo de Estado diferencia los intereses moratorios que la DIAN debe pagar de los que el contribuyente podría deber en una situación ordinaria: 1. Intereses a favor del contribuyente: No se aplican las reglas del Estatuto Tributario, sino las del Código Contencioso Administrativo (CCA). Estos intereses son de naturaleza comercial y se causan 30 días después de que la sentencia que ordenó la devolución queda en firme. La razón es que la deuda del Estado no surge de un saldo a favor en una declaración (lo que activaría las normas tributarias), sino del incumplimiento de una orden judicial de reparación. 2. Intereses a cargo del contribuyente: Aclara que, si bien el contribuyente debe pagar la tarifa especial de renta actualizada, no se le puede imponer una sanción por mora por el tiempo que tardó en pagarla. Esto se debe a que la obligación de pagarla no era clara ni exigible mientras el derecho al régimen de estabilidad estaba en litigio.
 

 

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