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Documento |
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Restrictor |
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| 2010 |
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Concepto 42 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Emite concepto jurídico respecto a cuál es la entidad competente para ejercer la Inspección, Vigilancia y Control de la entidad sin ánimo de lucro denominada, Corporación para el desarrollo y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones - CORPOTIC - (en adelante CORPOTIC). |
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| 2017 |
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Concepto 220178 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios
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Las Entidades sin Ánimo de Lucro -ESAL- tienen su origen en el artículo 38 de la Constitución Política y surgen como desarrollo del derecho fundamental de asociación, el cual garantiza la libertad de las personas para asociarse y desarrollar actividades comunes sin perseguir un ánimo de lucro con ello.
El régimen civil colombiano define las ESAL, como personas jurídicas conformadas por la asociación de personas naturales con el fin desarrollar actividades en su beneficio, el de terceras personas o para la comunidad en general, y como atributo de esa ficción jurídica, las Entidades sin Ánimo de Lucro con capaces de ejercer derechos, contraer obligaciones, y estar representadas legal, judicial y extrajudicialmente en virtud del desarrollo y ejecución de las actividades propias de su objeto. |
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| 2018 |
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Concepto 220181 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos
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Precisa que, si al momento de elegir al revisor fiscal por parte de la Asamblea General de la entidad sin ánimo de lucro, el seleccionado se encontraba incurso en alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades tipificadas por el legislador, se deberá dar por terminado el vínculo laboral o contractual con él y, de manera inmediata, nombrar al revisor fiscal suplente como principal, siempre que este último no se encuentre en ninguna de las situaciones enunciadas. También se reitera, consultar los estatutos de cada entidad, con el fin de verificar y exigir el cumplimiento de lo allí establecido para tal fin. |
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| 2018 |
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Concepto 220188 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos
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Precisa generalidades concernientes a la creación de la figura, la naturaleza, funciones, y el comportamiento de las Entidades Sin Ánimo de Lucro en el ordenamiento jurídico colombiano. |
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| 2020 |
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Sentencia C-022 de 2020 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional precisa que la disposición legal acusada hace parte de una reforma al régimen tributario especial de las entidades sin ánimo de lucro, en el que, ahora, a partir de la Ley 1819 de 2016, las personas jurídicas que deseen obtener dicha calificación, permanecer en dicho régimen, o actualizar la información anualmente, deben someterse a un proceso público, con participación de la sociedad civil, en la que se examinará la información financiera, contable y actividades de la entidad, que sirve de fundamento para que sea beneficiaria del régimen tributario especial. Si la información que allegan las entidades sin ánimo de lucro a la DIAN resulta precisa permanecerán en el Régimen Especial, de lo contrario, tributarán como las restantes entidades comerciales. En cualquier caso, la DIAN dispone de propios mecanismos de verificación de información que no incluyen a terceros y en relación con los cuales cumple el objeto que le fija la ley |
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| 2023 |
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Circular 034 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital
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Expide lineamientos para el cumplimiento del artículo 86 de la Ley 2294 de 2023 - Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026, entre los cuales se establece que las entidades sin ánimo de lucro deben registrarse en la Cámara de Comercio de su domicilio principal dentro de los 12 meses siguientes a la vigencia de la referida Ley, renovar la matrícula mercantil en un término de 3 años y enviar la información requerida a la respectiva autoridad competente de inspección, vigilancia y control durante los 3 años consecutivos contados a partir de la vigencia de la Ley 2294 de 2023, con el fin de que no se declare de oficio la disolución y cancelación de su personería jurídica. |
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| 2023 |
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Circular 037 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital
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Brinda las instrucciones sobre constitución, funcionamiento y reporte de información de asociaciones, corporaciones y fundaciones, cuyos domicilios se ubican en Bogotá, D. C. y que se encuentren sometidas a la inspección, vigilancia y control por parte de la alcaldía mayor de Bogotá, D. C. |
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| 2025 |
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Decreto 658 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Modifica parcialmente el Decreto Único Distrital 479 de 2024 del Sector Gestión Jurídica, en lo relacionado con la inspección, vigilancia y control de las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), la expedición de certificaciones y la verificación de información. |
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