Documentos para ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD :: Reservas Técnicas
Año   Documento   Restrictor  
2020   Circular Externa 013 de 2020 Superintendencia Nacional de Salud  

Imparte lineamientos e instrucciones para el cálculo del capital mínimo, patrimonio adecuado, reservas técnicas y régimen de inversiones que deben tener en cuenta las Entidades Promotoras de Salud del orden departamental y distrital, así como la ADRES.
 

 
2022   Circular Externa 202215 de 2022 Superintendencia Nacional de Salud  

Modifica parcialmente las instrucciones relacionadas con las condiciones financieras para las Empresas Promotoras de Salud y las Entidades adaptadas al Sistema, acerca del cálculo del capital mínimo, patrimonio adecuado, reservas técnicas y régimen de inversiones que se deben tener en cuenta.
 

 
2022   Decreto 995 de 2022 Nivel Nacional  

Establece que las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las organizaciones de economía solidaria vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud que se encuentran autorizadas para operar el aseguramiento en salud, a las Entidades Adaptadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y las Cajas de Compensación Familiar, que operan en los regímenes contributivo y/o subsidiado independientemente de su naturaleza jurídica, deben mantener inversiones de al menos el 100% del saldo de sus reservas técnicas del mes calendario inmediatamente anterior. Las inversiones deben ser de la más alta liquidez y seguridad. Determina las formas de portafolio computable como inversión de las reservas técnicas, así como los parámetros de cómputo.
 

 

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