Documentos para EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA :: Condicionamiento
Año   Documento   Restrictor  
2010   Sentencia C-376 de 2010 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional declara la EXEQUIBILIDAD condicionada del artículo 183 de la Ley 115 de 1994, en el entendido que la competencia que la norma otorga al Gobierno Nacional para regular cobros académicos en los establecimientos educativos estatales, no se aplica en el nivel de educación básica primaria, la cual es obligatoria y gratuita.
 

 
2010   Sentencia C-940 de 2010 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional resuelve declarar la EXEQUIBILIDAD del inciso 3º del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, condicionada a que se entienda que: 1. Cuando en el municipio en el que reside quien se considere afectado en sus derechos fundamentales por obra de un medio de comunicación social, no existan juzgados del circuito, la tutela podrá interponerse ante cualquier juez del lugar, quien deberá remitirla al correspondiente juzgado del circuito, a más tardar al día siguiente de su recibo, y comunicarlo así al demandante. 2. El juez competente, al asumir el conocimiento de la acción, dispondrá que las comunicaciones al demandante y la actuación de esté se surtan por conducto del juzgado en el que haya sido interpuesta la demanda y ante quien, dado el caso, podrá presentar la impugnación del fallo de primera instancia, para que sea tramitado ante el competente.
 

 
2011   Sentencia C-250 de 2011 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional finalmente resuelve declarar EXEQUIBLE, el artículo 100 de la Ley 1395 de 2010, en el entendido de que las víctimas y/o sus representantes en el proceso penal, podrán ser oídos en la etapa de individualización de la pena y sentencia.
 

 
2020   Sentencia C-456 de 2020 Corte Constitucional de Colombia  

La Sentencia C-456 de 2020 de la Corte Constitucional de Colombia estableció que las leyes civiles que otorgan derechos, deberes, cargas y prohibiciones a los cónyuges deben aplicarse de la misma manera a los compañeros permanentes, tanto en parejas heterosexuales como del mismo sexo. En lugar de declarar inconstitucionales las normas, la Corte las declaró de exequibilidad condicionada de los artículos del Código Civil que mencionan solo a los cónyuges (como el 19, 61, 745, 1025, 1026, 1068, 1119, 1125, 1161, 1165, 1195, 1196, 1266 y 1488) siguen siendo válidos, pero solo si sus disposiciones también se aplican a los compañeros permanentes, garantizando así la igualdad de todas las formas de familia reconocidas por la Constitución.
 

 
2023   Sentencia C-437 de 2023 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de la expresión "con excepción de las sociedades anónimas abiertas". Además, declaró la exequibilidad condicionada de la expresión "sociedades" (que también estaba en la norma), en el entendido de que la inhabilidad por extensión también debe cobijar a las sociedades anónimas abiertas y a todas las personas jurídicas sin ánimo de lucro con capacidad para contratar con el Estado.
 

 
2023   Sentencia C-504 de 2023 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de la expresión "primero civil" contenida en el artículo 175 de la Ley 1708 de 2014, en el entendido de que el derecho a no incriminar a la familia se extiende también hasta el cuarto grado de parentesco civil.
 

 
2025   Sentencia C-247 de 2025 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional respecto al artículo 3 del Decreto 154 de 2025, estableció una condición para la constitucionalidad de las restricciones en el caso de las motocicletas. El decreto original permitía la circulación de motocicletas las 24 horas del día. La Corte condicionó la exequibilidad de este punto, entendiendo que el ámbito de aplicación de la restricción para motocicletas se limita a las zonas rurales de los municipios, excluyendo las cabeceras municipales, con el objetivo de no afectar de manera desproporcionada la movilidad de los habitantes que dependen de este medio de transporte para sus actividades diarias.
 

 
2025   Sentencia C-248 de 2025 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada del artículo 2° del Decreto Legislativo 117 de 2025, para incluir a los prestadores de servicios turísticos domiciliados en los municipios de Río de Oro y González (Cesar) , ya que su exclusión original, a pesar de estar dentro del ámbito territorial de la conmoción, constituía un trato discriminatorio injustificado y violatorio del principio de equidad tributaria.
 

 
2025   Sentencia C-467 de 2025 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional enfatiza en la expresión "durante la vigencia 2025". Aunque los decretos de conmoción interior deben dejar de regir al restablecerse el orden público, la Corte declaró la expresión exequible de forma condicionada. Esto permite realizar pagos después de levantado el estado de excepción, siempre que solo falten trámites operativos de desembolso para beneficiarios identificados durante la vigencia del decreto.
 

 

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