Documentos para EXTINCIÓN DE DOMINIO :: Acción
Año   Documento   Restrictor  
2014   Sentencia C-958 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

La Acción de Extinción de Dominio es una figura legal que permite al Estado colombiano recuperar los bienes que hayan sido adquiridos de manera ilícita o con grave deterioro de la moral social. Esta figura se encuentra consagrada en la Constitución Política de Colombia desde 1991 y ha sido desarrollada en diversas leyes y jurisprudencia. La extinción de dominio se puede aplicar a bienes muebles e inmuebles, así como a derechos patrimoniales, cuentas bancarias, acciones y otros activos que hayan sido adquiridos con recursos de origen ilícito. La figura se aplica independientemente de que se haya iniciado o no un proceso penal contra el titular de los bienes. El proceso de extinción de dominio se inicia con una investigación por parte de las autoridades competentes, que pueden ser la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF). Si se encuentra que los bienes investigados tienen origen ilícito, se puede iniciar el proceso de extinción de dominio. La acción de extinción de dominio es una acción autónoma y directa que se ejerce por y a favor del Estado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna. La figura tiene como objetivo disuadir la adquisición de bienes de origen ilícito, luchar contra la corrupción y enfrentar la delincuencia organizada.
 

 

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