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Decreto 1319 de 2020 Nivel Nacional
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Adiciona el Título 5 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, "Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural". El Fondo Nacional de Extensión Agropecuaria - FNEA, operará como una cuenta, sin personería jurídica, conformado por subcuentas departamentales y/o subsectoriales, adscrito y bajo la administración de la Agencia de Desarrollo Rural - ADR, el cual estará destinado a la financiación de la prestación del Servicio Público de Extensión Agropecuaria, ejecutado a través de los Planes Departamentales de Extensión Agropecuaria - PDEA. |
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