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Concepto 220241 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos
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Indica que no existe una disposición legal ni reglamentaria que permita la destinación de los recursos del Fondo de Compensaciones Obligados VIS/VIP, para la asignación de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior, en consideración que la norma nacional señala que dichos recursos están destinados expresamente a la adquisición de suelo o a la ejecución de las obras de urbanismo para la generación de vivienda de interés social y prioritaria y los subsidios de vivienda no se incorporan dentro de estas dos categorías. Frente a estos recursos existe una destinación específica orientada a la provisión y habilitación de suelo para el desarrollo de viviendas de interés social y prioritario. |
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