Documentos para IMPUESTO UNIFICADO DE FONDO DE POBRES, AZAR Y ESPECTÁCULOS :: Exenciones
Año   Documento   Restrictor  
2009   Acuerdo 399 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Unifica el cobro y la administración del impuesto de azar y espectáculos y el impuesto de fondo de pobres, bajo la denominación de impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos. Señala las no sujeciones aplicables en el Distrito Capital sobre los impuestos cuyo recaudo y administración se fusionan.
 

 
2009   Decreto 563 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Define los lineamientos para regular la operatividad del impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, en cuanto al recaudo y administración del impuesto, reconocimiento, certificación y control de no sujeciones.
 

 
2011   Ley 1493 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Los espectáculos públicos de las artes escénicas definidos en los términos del artículo 3 de la ley se entenderán como actividades no sujetas del Impuesto de Azar y Espectáculos, al impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos del Distrito Capital, y al impuesto de Espectáculos públicos con destino al deporte.
 

 
2025   Decreto 639 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece los procedimientos administrativos, requisitos y competencias interinstitucionales para el reconocimiento, certificación y control de las no sujeciones (beneficios tributarios) aplicables a espectáculos públicos específicos, tales como compañías de ópera, eventos deportivos y festivales de artes escénicas, así como el reporte del costo fiscal de dichos beneficios. (Arts. 101-107).
 

 

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