| Año |
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Documento |
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Restrictor |
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| 2009 |
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Acuerdo 399 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.
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Unifica el cobro y la administración del impuesto de azar y espectáculos y el impuesto de fondo de pobres, bajo la denominación de impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos. Señala las no sujeciones aplicables en el Distrito Capital sobre los impuestos cuyo recaudo y administración se fusionan. |
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| 2009 |
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Decreto 563 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Define los lineamientos para regular la operatividad del impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, en cuanto al recaudo y administración del impuesto, reconocimiento, certificación y control de no sujeciones. |
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| 2011 |
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Ley 1493 de 2011 Congreso de la República de Colombia
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Los espectáculos públicos de las artes escénicas definidos en los términos del artículo 3 de la ley se entenderán como actividades no sujetas del Impuesto de Azar y Espectáculos, al impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos del Distrito Capital, y al impuesto de Espectáculos públicos con destino al deporte. |
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| 2025 |
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Decreto 639 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece los procedimientos administrativos, requisitos y competencias interinstitucionales para el reconocimiento, certificación y control de las no sujeciones (beneficios tributarios) aplicables a espectáculos públicos específicos, tales como compañías de ópera, eventos deportivos y festivales de artes escénicas, así como el reporte del costo fiscal de dichos beneficios. (Arts. 101-107). |
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Exenciones
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