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Decreto 204 de 2022 Nivel Nacional
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Los proyectos que requieran licencia ambiental, registros o autorizaciones equivalentes ante la autoridad ambiental y que afecten el suelo, subsuelo en aguas internas, fluviales y lacustres en el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental e insular deben contar con un programa de arqueología preventiva que garantice la exploración y prospección del área de intervención, permitiendo tomar todas las medidas necesarias para su protección. Como consecuencia de este programa habrá un Plan de Manejo Arqueológico, en el cual se establecerán los niveles permitidos de intervención, condiciones de manejo y planes de divulgación. |
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