| 1989 |
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Decreto 624 de 1989 Nivel Nacional
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Indica que la deduccón por depreciación se genera a favor del propietario o usufructuario del bien (art. 127), sin perjuicio de las excepciones que haga la ley. Asimismo, establece las reglas generales para realizar la deducción por depreciación respecto al cálculo de la base (art. 131), lla categorízación de bienes depreciables (art. 135), las limitaciones a la deducción (art. 137), entre otros. |
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