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Documento |
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Restrictor |
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| 1998 |
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Sentencia C-318 de 1998 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE en su integridad, de acuerdo con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta sentencia, el artículo 7 de la ley 383 de 1997, que modificó el artículo 867 del decreto 624 de 1989. |
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| 2003 |
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Sentencia 1147 de 2003 Corte Constitucional de Colombia
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La Sala Plena de la Corte Constitucional declara inexequible el artículo 115 de la Ley 788 de 2002 toda vez que a través través de esa disposición, el legislador optó por crear el impuesto sobre las ventas tipo valor agregado para los juegos de suerte y azar, con lo cual a su vez derogó tácitamente un aparte normativo del artículo 49 de la Ley 643 de 2001, que en forma clara expresaba: "La explotación directa o a través de terceros de los juegos de suerte y azar de que trata la presente ley no constituye hecho generador del Impuesto sobre las Ventas IVA", concluyendo que posterior al trámite legislativo en el Congreso de la Republica fue negada la proposición aditiva sobre el gravamen a los juegos de suerte por la Comisión Tercera del Senado, se consideró negada en primer debate de las Comisiones Conjuntas y, por tanto, dicho artículo no hizo parte del proyecto de ley 080 -Cámara- 093 -Senado- que finalmente fue aprobado, pero que posterior a ello n el curso de los debates en la plenaria de la Cámara de Representantes, el gravamen a los juegos de suerte y azar fue propuesto otra vez como artículo nuevo y finalmente aprobado en segundo debate por la plenaria de esa corporación; así las cosas conforme con las consideraciones generales que se expusieron y atendiendo al trámite legislativo en referencia, la circunstancia especial de que el artículo 115 de la Ley 788 de 2002 no haya sido votado por la Comisión Cuarta del Senado de la República, llevan a la Corte a considerar que en el proceso de formación de la norma se desconoció el principio de consecutividad consagrado en el artículo 157 de la Carta Política y se incurrió en un vicio de inconstitucionalidad insubsanable. Así las cosas, tratándose del artículo sobre el gravamen a los juegos de suerte y azar, la circunstancia de que éste hubiere sido aprobado en las Comisiones Tercera y Cuarta de la Cámara, pero a su vez hubiere sido negado por la Comisión Tercera del Senado ante la persistencia de un empate, en ningún caso liberaba o sustituía al pleno de la Comisión Cuarta de esta última Corporación del deber de votarlo en uno y otro sentido, ya que tal omisión legislativa impedía que el asunto pudiera ser retomado por otras instancias del Congreso de acuerdo a las condiciones que previamente fijan la Constitución Política y el precitado reglamento. |
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| 2003 |
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Sentencia C-205 de 2003 Corte Constitucional de Colombia
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Considera la Corte que al momento de tipificar el legislador una nueva variedad de receptación en el artículo 1 de la Ley 738 de 2002, el legislador observó los principios constitucionales de dignidad humana y buena fe, pero violó aquellos de estricta legalidad, presunción de inocencia, proporcionalidad y razonabilidad, razón por la cual dicho artículo penal será declarado inexequible y que a pesar de que los cargos de inconstitucionalidad se dirigieron únicamente contra el artículo 1 de la Ley 738 de 2002, la Corporación considera que procede la declaratoria de inexequibilidad contra toda la ley ya que al estar compuesta sólo de dos artículos, el primero que se declarará inexequible y el segundo referente a la entrada en vigor de la norma legal, precepto carente de valor jurídico autónomo. |
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| 2003 |
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Sentencia C-896 de 2003 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar la INEXEQUIBILIDAD del artículo 89 de la Ley 788 de 2002. |
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| 2010 |
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Sentencia C-985 de 2010 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente considera declarar INEXEQUIBLE la frase en todo caso las causales 1ª y 7ª sólo podrán alegarse dentro de los dos años siguiente a su ocurrencia contenida en el artículo 10 de la Ley 25 de 1992; del mismo modo, declarar la EXEQUIBILIDAD de la frase y dentro del término de un año, contado desde cuando tuvo conocimiento de ellos respecto de las causales 1ª y 7ª o desde cuando se sucedieron, respecto a las causales 2ª, 3ª, 4ª y 5ª contenida en el artículo 10 de la Ley 25 de 1992, bajo el entendido que los términos de caducidad que la disposición prevé solamente restringe en el tiempo la posibilidad de solicitar las sanciones ligadas a la figura del divorcio basado en causales subjetivas. |
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| 2011 |
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Sentencia C-203 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente declara INEXEQUIBLE la expresión no reúne los requisitos, o contemplada en el artículo 49, inciso 3º de la ley 1395 de 2010.
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| 2011 |
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Sentencia C-372 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional decide declarar INEXEQUIBLE el artículo 48 de la Ley 1395 de 2010, y por tanto, no se entiende modificado el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. Como consecuencia de lo anterior, ha de regir nuevamente la cuantía regulada por la Ley 712 de 2001, toda vez que por seguridad jurídica se hace necesario que la Corte expresamente reviva la norma que fue derogada por el artículo 48 de la Ley 1395 de 2010 y que ahora se declara contraria a la Constitución. |
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| 2011 |
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Sentencia C-399 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE la Ley 1410 de 2010, Por medio de la cual se aprueba el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte, adoptado en Asunción, Paraguay, el 8 de junio de 1990, en el Vigésimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, OEA. |
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| 2011 |
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Sentencia C-444 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional decide declarar INEXEQUIBLE la expresión al 1º de enero de 2010 contenida en el artículo 628 de la Ley 1407 de 2010 y EXEQUIBLE el resto del artículo bajo el entendido que la ley regirá a partir del 17 de agosto de 2010. |
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| 2011 |
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Sentencia C-470 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional decide declarar INEXEQUIBLES los artículos 45 y 47 de la Ley 1395 de 2010, toda vez que determina que el artículo 45 de la Ley 1395 de 2010 es inconstitucional, pues la regla que él establece resulta contraria al principio de igualdad y a los derechos al debido proceso y de acceso a la justicia, de igual manera el artículo 47 de la misma ley, que permite al juez laboral ordenar antes de la sentencia el pago de aquellos conceptos solicitados en la demanda que correspondan a derechos ciertos e irrenunciables del trabajador y que a su juicio se encuentren debidamente probados por documentos, resulta contrario a la Constitución, por cuanto afecta de manera desproporcionada el debido proceso del sujeto demandado, lesiona la igualdad en perjuicio de la misma parte e impide, sin razones válidas, la impugnación de tan importante decisión. |
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| 2011 |
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Sentencia C-877 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional declarará inexequible la expresión más las sanciones de que trata el artículo 670 de este Estatuto siempre que estas últimas no superen diez mil (10.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, del artículo 18 de la Ley 1430 de 2010. |
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| 2012 |
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Sentencia C-644 de 2012 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente decide que los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 1450, por la cual se establece el Plan de Desarrollo 2010-2014, son inexequibles en tanto regresivos respecto de los mecanismo de protección hasta entonces garantizados por el Estado con el fin de asegurar los mandatos constitucionales relacionados con el derecho de acceso a la propiedad rural de los trabajadores del campo y los derechos inherentes a éste como la vocación de permanencia sobre la misma, la vivienda campesina, la productividad de su parcela a partir del apoyo financiero, técnico y científico del Estado y, regresivo respecto del derecho de seguridad alimentaria en el mediano y largo plazo, es decir, el derecho a acceder en condiciones dignas a las fuentes de actividad económica agroindustrial para asegurar su subsistencia. |
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| 2012 |
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Sentencia C-1023 de 2012 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLES, las expresiones fotonovelas y tiras cómicas o historietas gráficas, contenidas en el artículo 2° de la Ley 98 de 1993 Por medio de la cual se dictan normas sobre democratización y fomento del libro colombiano. |
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| 2012 |
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Sentencia C-1050 de 2012 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE LA LEY 1501 DE 2011. |
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| 2012 |
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Sentencia C-1051 de 2012 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE la Ley 1518 del 13 de abril de 2012, Por medio de la cual se aprueba el Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales, del 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991. |
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| 2013 |
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Sentencia C-101 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente resuelve declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión Procurador Judicial del numeral 2), del artículo 182, del Decreto Ley 262 de 2000, por la vulneración del artículo 280 de la Constitución Política y ORDENAR a la Procuraduría General de la Nación que en un término máximo de seis meses, contados a partir de la notificación de este fallo, convoque a un concurso público para la provisión en propiedad de los cargos de Procurador Judicial, que deberá culminar a más tardar en un año desde la notificación de esta sentencia. |
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| 2013 |
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Sentencia C-120 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional indica que en materia de pago de salarios da el precitado literal d) a los allegados de los trabajadores particulares que han sido desaparecidos forzadamente o de otra manera involuntaria, en relación con el dado a los servidores públicos que se encuentran en las mismas condiciones, se declarará inexequible la expresión , cuando se trate de un servidor público , contenida en dicho literal d) del artículo 7° de la Ley 1531 de 2012, por ser contraria al derecho constitucional a la igualdad (art. 13 Const.). |
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| 2013 |
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Sentencia C-123 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte declarar INEXEQUIBLE el artículo 14 de la Ley 1505 de 2012, por medio de la cual se crea el Sub-Sistema Nacional de Voluntarios de Primera respuesta y se otorgan estímulos a los voluntarios de la Defensa Civil, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y de la Cruz Roja Colombiana y se dictan otras disposiciones en materia de voluntariado de Primera Respuesta. |
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| 2014 |
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Sentencia C-167 de 2014 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente decide declarar INEXEQUIBLE el literal (e) del artículo 4° de la Ley 399 de 1997. |
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| 2014 |
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Sentencia C-258 de 2014 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente resuelve declarar INEXEQUIBLE la Ley 1628 del 22 de mayo de 2013 por medio de la cual se aprueban el Acuerdo marco de la Alianza del Pacífico entre la República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, firmado en la ciudad de Antofagasta, Chile, el seis de junio de 2012. |
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| 2015 |
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Sentencia C-166 de 2015 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional sostiene que, por un lado, los derechos a la igualdad, el libre ejercicio de profesión u oficio, frente a los riesgos que pueden afectar los derechos a la vida, a la integridad física y a la salud de las personas, así como de los animales, el medio ambiente y la propiedad. Sin duda, el ejercicio libre de una profesión u oficio y el derecho a la igualdad representan bienes jurídico de gran importancia dentro del sistema axiológico establecido en nuestra Constitución. Sin embargo, la exposición cada vez mayor de las personas a riesgos derivados de instalciones eléctricas lleva a que la Corte deba reforzar su protección. No se trata de riesgos eventuales que afecten un área especial de la vida de algunas personas. Se trata por el contrario de riesgos graves a los cuales se ven expuestas prácticamente todas las personas en las diversas actividades de su cotidianeidad. Al no exigir unos requisitos mínimos de formación académica para el desarrollo de la proyección y diseño de instalaciones eléctricas de nivel medio, el Congreso expuso bienes jurídicamente protegidos y de gran valor constitucional a un riesgo social. Teniendo en cuenta que la magnitud de este riesgo social resulta bastante alta y que está ampliamente extendida socialmente, la disposición demandada se declarará inexequible.
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| 2016 |
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Sentencia C-106 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente resuelve declarar INEXEQUIBLE la Ley 1749 de 2015, Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo para el establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico, suscrito en Cali, República de Colombia, el 22 de mayo de 2013. |
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| 2016 |
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Sentencia C-135 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE el artículo 32 de la Ley 1727 de 2014 Por medio de la cual se reforma el Código de Comercio, se fijan normas para el fortalecimiento de la gobernabilidad y el funcionamiento de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones, de acuerdo con las razones señaladas en la parte motiva de esta providencia. |
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| 2016 |
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Sentencia C-136 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve DECLARAR INEXEQUIBLE el inciso 2º del artículo 59 de la Ley 1476 de 2011, [p]or la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública. |
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| 2016 |
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Sentencia C-221 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional precisa que el inciso 2 y el Parágrafo del Artículo 50 de la Ley 1753 de 2015, fueron declarados inexequibles mediante la Sentencia C-035 de 2016. Por consiguiente, en relación con los cargos relacionados con la vulneración de los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación, establecidos en los numerales 6 y 7 del Artículo 250 de la Constitución, se configuró el fenómeno de la cosa juzgada constitucional absoluta. Para tal efecto, se verificó que la demanda se dirigiera a cuestionar los mismos contenidos normativos, los cuales para el momento en que se efectúa este análisis de constitucionalidad han sido sustraídos del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, este Tribunal debe declarar estarse a lo resuelto según la regla universal del precedente judicial Stare decisis et non quieta movere. En lo que respecta a los cargos formulados contra el Artículo 108 de la Ley 1450 de 2011 y 20 de la Ley 1753 de 2015, por contrariar el principio de autonomía territorial (Arts. 1 y 287 C.P.) , también operó el fenómeno de la cosa juzgada constitucional y, por consiguiente, este Tribunal también debe declarar estarse a lo resuelto stare decisis en la Sentencia C-035 de 2016, que dispuso la exequibilidad condicionada de los Artículos 108 de la Ley 1450 de 2011 y 20 de la Ley 1753 de 2015, en el entendido de que: (i) en relación con la áreas de reserva minera definidas con anterioridad a la notificación de la presente sentencia, la autoridad competente deberá concertar con las autoridades locales de los municipios donde están ubicadas, con anterioridad al inicio del proceso de selección objetiva de las áreas de concesión minera y (ii) en cualquier caso, la Autoridad Nacional Minera y el Ministerio de Minas y Energía deberán garantizar que la definición y oferta de dichas áreas sean compatibles con los planes de ordenamiento territorial respectivos. |
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| 2016 |
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Sentencia C-224 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE el artículo 8º de la Ley 1645 de 2013, por la cual se declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación la Semana Santa de Pamplona, departamento de Norte de Santander, y se dictan otras disposiciones. |
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| 2016 |
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Sentencia C-486 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve Declarar INEXEQUIBLE el artículo 89 de Ley 1769 de 2015 por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2016. |
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| 2016 |
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Sentencia C-492 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve DECLARAR LA INEXEQUIBILIDAD de la expresión y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos contenida en el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010 |
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Sentencia C-519 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente resuelve declarar INEXEQUIBLE el artículo 262 de la Ley 1753 de 2015 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país. |
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Sentencia C-633 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional finalmente resuelve declarar INEXEQUIBLE el numeral 2 del artículo 18 y la siguiente expresión del artículo 20: Dejando vigente el contenido del artículo 108 de la Ley 9ª de 1983, previstos en el Proyecto de Ley No. 207 de 2012 Cámara, 113 de 2013 Senado, Por medio de la cual se crea el Fondo de Fomento Parafiscal Fiquero, se establecen normas para el recaudo y administración de la cuota de fomento fiquero y se dictan otras disposiciones |
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| 2016 |
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Sentencia C-645 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resolvió declarar la INEXEQUIBILIDAD de los artículos 14 y 15 del Decreto Ley 780 de 200; asimismo, la INEXEQUIBILIDAD PARCIAL del artículo 11.
Declarar la INEXEQUIBILIDAD del artículo 16 Declarar la INEXEQUIBILIDAD PARCIAL del artículo 17 del Decreto Ley 780 de 2005, por el cual se establece el Sistema Específico de Carrera para los Empleados del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por el cargo analizado y en los apartes subrayados: |
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| 2016 |
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Sentencia C-659 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE, la expresión en tareas de apoyo logístico, administrativo, social, cultural o de defensa de la ecología y el medio ambiente, y en general, de las actividades que contribuyan a la modernización y al desarrollo del país contenida en el parágrafo del artículo 10, de la Ley 48 de 1993. |
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| 2016 |
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Sentencia C-664 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLES el numeral 4 del artículo 7 y el numeral 2 del artículo 8 de la Ley 119 de 1994. |
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| 2019 |
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Sentencia C-593 de 2019 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE el artículo 21 de la Ley 1943 de 2018. |
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| 2020 |
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Sentencia C-487 de 2020 Corte Constitucional de Colombia
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La Sentencia C-487 de 2020 de la Corte Constitucional de Colombia declara la inexequibilidad (invalidez) del numeral 3º del artículo 8 de la Ley 1917 de 2018, que establecía los excedentes del FOSFEC como fuente de financiación para el sistema de residencias médicas. La decisión se basa en un vicio de procedimiento insubsanable: la norma fue introducida como un tema nuevo, autónomo y separable durante el cuarto y último debate en el Senado de la República, sin haber sido discutida en los tres debates anteriores, lo que violó los principios constitucionales de consecutividad e identidad flexible, que exigen que todo el articulado de un proyecto de ley sea debatido y aprobado en las cuatro etapas reglamentarias del trámite legislativo. |
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| 2021 |
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Sentencia C-030. de 2021 Corte Constitucional de Colombia
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La Sentencia C-030 de 2021 de la Corte Constitucional de Colombia declara la inexequibilidad (inconstitucionalidad) del artículo 19 de la Ley 1955 de 2019, que correspondía al Plan Nacional de Desarrollo. La Corte determinó que la norma, que modificaba las sanciones a los prestadores de servicios públicos, violaba el principio de unidad de materia. La razón principal es que, al ser una norma sancionatoria, carece de una conexión directa e inmediata con los objetivos y programas del Plan de Desarrollo. El tribunal argumentó que la ley del PND no puede ser utilizada para incluir disposiciones que no impulsen directamente su ejecución o que correspondan a la labor del legislador ordinario, ya que esto desnaturaliza su propósito de ser un instrumento de planeación. |
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| 2022 |
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Sentencia C-075 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional declara INEXEQUIBLE la Ley 2075 de 2021, que modifica el régimen vigente para la liquidación de honorarios de los concejales en los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría y se adoptan medidas en seguridad social y se promueve el derecho al trabajo digno,por incumplimiento del deber de considerar el impacto fiscal de la iniciativa.
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| 2022 |
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Sentencia C-091 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte declara inexequibles los arts. 23 y 45 de la Ley 2080 de 2021, puesto que concluyó que existía un tratamiento diferenciado entre los responsables fiscales y el resto de destinatarios de actos administrativos que carece de justificación constitucional. También encontró que el trato diferenciado se concretaba en la manera disímil en que los responsables fiscales y los demás justiciables accedían a la administración de justicia. Puesto que, unos tienen control automático e integral mientras que los otros deben demandar. |
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| 2022 |
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Sentencia C-135 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional declaró EXEQUIBLE la designación del ingeniero civil como profesional idóneo para desempeñar el rol de ingeniero geotécnico en la construcción sismo resistente, del numeral 22. del artículo 4 de la Ley 400 de 1997.
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| 2022 |
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Sentencia C-272 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional declara EXEQUIBLE el artículo 62 de la Ley 1819 de 2016, que contiene la prohibición de deducir de la base gravable del impuesto de renta las expensas originadas en hechos que pueden ser calificados como delitos dolosos
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| 2022 |
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Sentencia C-367 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional declara EXEQUIBLE el artículo 1° (parcial) de la Ley 2111 de 2021, que sustituye el Título XI De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente de la Ley 599 de 2000, en relación con los artículos 328, 328A, 328B, 328C, 329, 330, 331, 332, 333, 334, y 335 del Código Penal, siempre y cuando se entienda que las normas de reenvío que sean de naturaleza administrativa deben ser expedidas por las instituciones públicas pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental con competencias regulatorias; sean precisas, previas a la configuración de la conducta, con alcance general y de conocimiento público.
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| 2022 |
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Sentencia C-395 de 2022 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 2° de la ley 2161 de 2021, referido a un descuento por única vez en la prima del SOAT, salvo por la expresión del diez por ciento (10%), contenida en su parágrafo 1°, y todo el parágrafo 3°, que se declaran inexequibles por vulnerar las competencias del gobierno nacional
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| 2023 |
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Sentencia C-080 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLES los artículos 66, 67 y 68 de la Ley 2195 de 2022 Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones por la vulneración de los artículos 157 y 160 de la Constitución Política. |
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| 2023 |
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Sentencia C-111 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve Declarar INEXEQUIBLE el inciso 1º del artículo 53 de la Ley 1922 de 2018, [p]or medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz. |
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| 2023 |
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Sentencia C-112 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve DECLARAR INEXEQUIBLES, por desconocer el artículo 299 de la Constitución Política, las siguientes expresiones contenidas, respectivamente, en el inciso primero y el parágrafo del artículo 46 de la Ley 2200 de 2022: (&) o durante un periodo mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época, debidamente certificado por autoridad competente, y (&)y tener residencia en la respectiva circunscripción por más de diez (10) años cumplidos con anterioridad al primer día del periodo de inscripción. |
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| 2023 |
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Sentencia C-175 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE la Ley 2246 de 2022 aprobatoria del ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS EN RELACIÓN CON SERVICIOS AÉREOS ENTRE Y MÁS ALLÁ DE SUS RESPECTIVOS TERRITORIOS por vicio de trámite y conforme las razones expuestas en esta providencia. |
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| 2023 |
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Sentencia C-197 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar la INEXEQUIBILIDAD del inciso 2° del numeral 2° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que modificó el inciso 2° del numeral 2° del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y el apartado final del inciso 5° del artículo 10 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 34 de la Ley 100 de 1993, en relación con sus efectos para las mujeres. Diferir los efectos de la declaratoria de inexequibilidad hasta el 31 de diciembre de 2025, para que en dicho lapso el Congreso de la República, en coordinación con el Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, adopte un régimen de causación del derecho a la pensión de vejez en el que se considere integralmente el enfoque de género y, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia. Una vez expire el término señalado, es decir, a partir del 1° de enero de 2026 y si el Congreso no establece el régimen pensional antes indicado, el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas y, a partir del 1° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1000 semanas. |
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| 2023 |
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Sentencia C-209 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar la INEXEQUIBILIDAD de los artículos 78, 79, 80, 81, 82, 85, 86, 87 y 88 del Decreto Ley 403 de 2020. |
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| 2023 |
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Sentencia C-302 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE el Decreto 1207 de 2021, por no haber surtido el control previo de constitucionalidad.
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| 2023 |
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Sentencia C-390 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar la INEXEQUIBILIDAD del inciso 2º del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022, «por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones». |
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| 2023 |
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Sentencia C-424 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resolvió Declarar INEXEQUIBLE la Ley 2284 de 2023 por un vicio de trámite y conforme las razones expuestas en esta providencia. |
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| 2023 |
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Sentencia C-459 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resolvió declarar INEXEQUIBLE la Ley 2274 del 5 de noviembre de 2022, por medio de la cual se aprueba el Convenio Marco de Cooperación entre la República de Colombia y el Reino de España, suscrito en Madrid, Reino de España, el 3 de marzo de 2015, por vicio de trámite y conforme a las razones expuestas en esta providencia.
SEGUNDO. EXHORTAR al Gobierno nacional a que radique, lo más pronto posible, el proyecto de ley aprobatorio del Convenio Marco de Cooperación entre la República de Colombia y el Reino de España ante el Congreso de la República, incorporando el respectivo análisis de impacto fiscal, en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 819 de 2003, conforme a lo señalado en la parte motiva de esta providencia.
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| 2023 |
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Sentencia C-489 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional resuelve declarar INEXEQUIBLE el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones, que modificó el artículo 115 del Estatuto Tributario. |
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| 2026 |
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Sentencia C-005 de 2026 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte ratificó la inexequibilidad (inconstitucionalidad) de la expresión así como, imponer otras sanciones contenida en el artículo 11 de la Ley 2219 de 2022. El argumento principal es que el Congreso no puede delegar de manera abierta o indeterminada la creación de sanciones en manos de un Ministerio (en este caso, el de Agricultura). |
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Inexequibilidad
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