Instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad de Chapinero, de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo No. 13 de junio 26 de 2000 del Concejo de Bogotá.
Instala el Consejo de Planeación local de Chapinero conforme a lo estipulado en el Acuerdo No. 878 de 2023, para que inicie sesiones, y los consejeros y/o representantes desarrollen las tareas encomendadas y materialicen las funciones determinadas en la normativa.
Modifica el artículo 2 del Decreto Local 002 del 30 de enero de 2024, en lo relacionado con la conformación y el período institucional del Consejo de Planeación Local de Chapinero.