Documentos para MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO :: Función Pensional
Año   Documento   Restrictor  
2014   Decreto 2408 de 2014 Nivel Nacional  

De otra parte, es necesario que los recursos que aún se encuentran en el Fondo Común de naturaleza pública (FONCAP) que corresponden a las entidades cuya función pensional ya fue trasladada a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), se transfieran a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
 

 
2018   Decreto 726 de 2018 Nivel Nacional  

Determina la herramienta a través de la cual se expedirán las certificaciones electrónicas de tiempos laborados y salarios, así como los mecanismos para su implementación, administración y la participación de los diferentes actores del Sistema General de Pensiones y modifica el Capítulo 2 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016 que compila las normas del Sistema General de Pensiones y crea el Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL) con destino al reconocimiento de prestaciones pensionales.
 

 
2020   Decreto 1813 de 2020 Nivel Nacional  

Por medio del cual se adicionan los artículos 2.2.2.1.16, 2.2.2.1.17, 2.2.2.1.18, 2.2.2.1.19 y 2.2.2120. al Capítulo 1 del Título 2, de la Parte 2, del Libro 2, y se modifican los artículos 2.2.2.2.1. y 2.2.14.1.21. del Decreto 1833 de 2016 compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones
 

 
2023   Decreto 1919 de 2023 Nivel Nacional  

Modifica disposiciones relacionadas con la administración del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), en relación con el desahorro de recursos excedentes y la autorización del giro de recursos por sector del FONPET. También se menciona la necesidad de consolidar las operaciones de recaudo, giro y sistemas de información en un mecanismo único de gestión. Por último, se prevén las apropiaciones necesarias para la operación administrativa y financiera del FONPET
 

 
2024   Decreto 1439 de 2024 Nivel Nacional  

Reajusta la pensión de invalidez de los soldados voluntarios de las Fuerzas Militares, incrementando la mesada pensional al 100% del sueldo básico de un Cabo Segundo para aquellos pensionados por invalidez, con una disminución mínima del 50% de su capacidad laboral, originada en combate, accidentes relacionados o tareas de restablecimiento del orden público, garantizando la igualdad y progresividad en los derechos prestacionales de los soldados voluntarios, promoviéndose una protección adecuada a su seguridad social conforme a los principios de justicia social.
 

 

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