| Año |
|
Documento |
|
Restrictor |
|
| 2012 |
|
Decreto 345 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
|
|
Amplía el plazo en ocho (8) meses más, contados a partir de la publicación del presente Decreto, con el fin de definir las condiciones en que se diseñará en Plan para el cambio de la tecnología de motocicletas o vehículos similares con motor de ciclo de dos tiempos, hacia tecnologías más limpias, modificando el inciso primero del artículo 1° del Decreto Distrital 497 de 2011. Señala a su vez que el Plan que busca el cambio de la tecnología de dos tiempos, preferiblemente a aquella propulsada por energía eléctrica, deberá adoptarse mediante Acto Administrativo, debidamente motivado. |
|
| 2015 |
|
Resolución 646 de 2015 Secretaría Distrital de Ambiente
|
|
Adopta el plan para la mitigación de emisiones de los vehículos con motor de ciclo de 2 tiempos que circulan en la ciudad de Bogotá 2015-2020, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 del Decreto Distrital 171 de 2014. Establece su objetivo, monitoreo, seguimiento y duración. Finalizado el plazo para la implementación del plan, las Secretarías Distritales de Ambiente y de Movilidad, realizarán una evaluación de los resultados. En caso de ser necesario, evaluaran y tomarán medidas para dar continuidad a éste plan. Si al momento de evaluar el plan, existiere otro plan de mayor alcance, programa o política nacional o distrital que acoja literalmente el presente plan, no será necesaria su renovación. |
|
Total: 2 documentos encontrados para MOTOCICLETAS, CUATRIMOTOS, MOTOTRICICLOS, MOTOCICLOS, CICLOMOTORES Y MOTOCARROS ::
Uso de Combustibles Limpios
|
|