| Año |
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Documento |
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Restrictor |
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| 2022 |
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Decreto 1052 de 2022 Nivel Nacional
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Establece la responsabilidad del Ministerio coordinar con las demás entidades del Sistema Nacional del Deporte, la implementación de programas deportivos para el entrenamiento de atletas y paratletas como: el Programa Avanzado de Desarrollo -PAD, el Programa "Podium" y el Programa de Atleta Excelencia. |
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| 2022 |
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Decreto 1295 de 2022 Nivel Nacional
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Reglamenta parcialmente los artículos 3° de la Ley 181 de 1995 y 4° de la Ley 1967 de 2019, y se adiciona la Parte 16 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015, Único Reglamentario del Sector Deporte, con el fin de establecer parámetros generales para promover y planificar el deporte femenino competitivo y de alto rendimiento, a través de la caracterización de disciplinas deportivas y la suscripción de convenios y contratos financiados o cofinanciados con recursos del Ministerio del Deporte. |
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| 2022 |
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Ley 2236 de 2022 Congreso de la República de Colombia
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Determina que los deportistas interesados en participar en el programa "Juegos Intercolegiados Nacionales", deben inscribirse en el Sistema de Información que disponga el Ministerio del Deporte. |
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| 2025 |
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Resolución 1003 de 2025 Ministerio del Deporte
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Reglamenta e implementa el Programa de Apoyo Atleta Excelencia, con el fin de mantener y mejorar los resultados deportivos en eventos del Ciclo Olímpico, Paralímpico, Sordolímpico en competiciones a nivel internacional |
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| 2026 |
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Decreto 1019 de 2026 Nivel Nacional
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Modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Deporte (Decreto 1085 de 2015) para fortalecer el talento, la reserva deportiva y la promoción del deporte de alto rendimiento con un enfoque inclusivo y territorial. En cumplimiento de la jurisprudencia constitucional (Sentencia T-286 de 2025) y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, la norma integra formalmente a los atletas sordolímpicos y del sector sordolímpico en el Programa Atleta Excelencia y en los Juegos Nacionales Juveniles. El decreto reestructura el acceso a incentivos, apoyos económicos, acompañamiento técnico, psicosocial y biomédico para deportistas de reserva juvenil; establece que los Juegos Nacionales Juveniles se realizarán cada cuatro años para los sectores olímpico, paralímpico y sordolímpico como inicio del ciclo deportivo nacional; y dispone que el Ministerio del Deporte reglamentará la metodología de evaluación de deportes y pruebas para los Juegos Nacionales y Paranacionales en los seis meses posteriores a su clausura. |
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