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Circular Conjunta 007 de 2022 Presidencia de la República
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Emite lineamientos para que los Ministerios hagan aplicación del artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022. Dentro de las medidas están: (i) Consolidar el inventario definitivo (por sector) de los valores a desindexar que el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 establece (cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas), dando prioridad a la revisión de los decretos únicos reglamentarios (DUR), (ii) Indicar la norma reglamentaria materia de la modificación y (iii) Enviar a la mayor brevedad (en todo caso, antes del 9 de diciembre de 2022) aquella información al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Por último establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se encargará de consolidar los inventarios y de trabajar en un proyecto de decreto que incluya todas las modificaciones posibles en materia reglamentaria. |
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