| 2025 |
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Circular 009 de 2025 Ministerio del Trabajo
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Establece el plazo entre el 3 de febrero y el 28 de marzo de 2025 para que empleadores públicos y privados, contratantes, trabajadores, organizaciones solidarias, agremiaciones, empresas temporales, estudiantes afiliados, administradoras de riesgos laborales y entidades de seguridad registren en la plataforma oficial del Ministerio del Trabajo la autoevaluación anual correspondiente al año 2024 sobre el cumplimiento de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
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| 2026 |
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Circular 027 de 2026 Ministerio del Trabajo
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Establece las directrices para el registro obligatorio de la autoevaluación de estándares mínimos y los planes de mejoramiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) correspondientes al ejercicio 2025. El documento precisa que todos los empleadores públicos y privados, así como contratantes y organizaciones de economía solidaria, deben realizar este reporte de manera virtual a través de la página del Fondo de Riesgos Laborales, fijando como plazo máximo el 31 de julio de 2026. |
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