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Decreto 703 de 2026 Nivel Nacional
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Adiciona el Título II al Libro 3 del Decreto 1080 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura a fin de reglamenta las condiciones de desarrollo de las actividades taurinas, las cuales se fundamentarán en los más altos estándares de bienestar y protección animal, aplicados en las actividades relacionadas con las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, así como los procedimientos utilizados en estos eventos, periodo y lugar de tradición, autorización por tradición regular, periódica e ininterrumpida, prohibición de uso de recursos públicos, publicidad del evento, requisitos sanitarios previos a la realización del evento entre otras disposiciones. |
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