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Circular 081 de 2026 Ministerio del Trabajo
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Fija los lineamientos para la actualización y divulgación del Reglamento Interno de Trabajo (RIT) en el sector privado, en desarrollo de la modificación al artículo 120 del Código Sustantivo del Trabajo introducida por la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025). El acto administrativo precisa que los empleadores deben cumplir de manera obligatoria con un esquema dual de publicación: la fijación física de dos copias legibles en sitios visibles de cada centro de trabajo y la publicación permanente en un medio virtual de libre acceso para los trabajadores como intranet, correo electrónico o repositorios digitales. Cuando la empresa disponga del canal virtual, se exceptúa la obligación de realizar múltiples fijaciones físicas en sedes o lugares de trabajo separados. Asimismo, la circular exige agotar el procedimiento previo de objeciones y concertación con los trabajadores o sindicatos (artículo 119 del CST) so pena de multas de hasta cinco salarios mínimos, advierte que cualquier modificación no divulgada carecerá de efectos jurídicos y obliga a las empresas a conservar evidencias razonables (fotografías, actas o capturas de pantalla) que soporten la debida publicidad de la versión vigente. |
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