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Decreto 1044 de 2026 Nivel Nacional
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Modifica el artículo 2.17.2.5.1.1. del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público en lo relacionado con el plazo para el registro de los cambios en los titulares, la destinación o en la empresa receptora de la inversión y de las cancelaciones de las inversiones internacionales. Establece que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- podrá requerirle al inversionista, o a su apoderado, la presentación del soporte del registro ante el Banco de la República de la respectiva transacción, venta o enajenación de la inversión, para efectos del control posterior del cumplimiento de esta obligación tributaria. |
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