| 2023 |
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Sentencia C-113 de 2023 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte declara INEXEQUIBLE la expresión por haber adquirido carta de naturaleza en otro país, contenida en el literal e del art. 67 del Decreto Ley 2241, por el cual se adopta el Código Electoral, toda vez que es incompatible con la Constitución en cuanto el artículo 98 de la Constitución sólo prevé como causal de pérdida de la ciudadanía la renuncia a la nacionalidad, y el 96, por su parte, que la calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad.
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