Documentos para OBRAS URBANISTICAS :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
2015   Sentencia C-145 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte determina que la localización de las obras de infraestructura, debe siempre respetar las normas de los planes de ordenamiento territorial mediante las cuales los municipios fijan los usos del suelo, en virtud de la competencia fijada en el artículo 313 numeral 7 de la Constitución, que replica el artículo 29 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y que para el caso objeto de estudio, debe incluir los espacios destinados para el desarrollo de establecimientos de reclusión.
 

 
2017   Concepto 220171 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos  

Las normas sobre sismo resistencia contenidas en el Acuerdo Distrital 20 de 1995, fueron derogadas con ocasión de la expedición de la Ley 400 de 1997, que de forma expresa de-rogó el Decreto Nacional 1400 de 1984. En ese sentido, por disposición del artículo 2 de la Ley 400 de 1997, modificado por el artículo 183 del Decreto Ley 019 de 2012, ninguna autoridad distrital podrá expedir ni exigir el cumplimiento de normas técnicas o de construcción en materia de sismo resistencia diferentes a las contempladas en dicha Ley ni en las disposiciones que la reglamenten, ni siquiera las contenidas en el Acuerdo Distrital 20 de 1995 que versen sobre dichas materias de sismo resistencia, por cuanto tal y como se ha expuesto en precedente, el propósito de la Ley 400 de 1997 es adoptar disposiciones y dictar normas para la construcción de edificaciones sismo resistentes, tal y como lo precisó claramente la Corte Constitucional en la Sentencia C-193 de 2006.
 

 

Total: 2 documentos encontrados para OBRAS URBANISTICAS :: Reglamentación