| 2014 |
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Sentencia T-709 de 2014 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte indica y explica que ordenamiento territorial es un conjunto de acciones político-administrativas y de planificación física concertadas, (&) dentro de los límites fijados por la Constitución y las leyes, en orden a disponer de instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio bajo su jurisdicción, regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales. Y determina que su estatuto se fundamenta en los principios de la función social y ecológica de la propiedad; la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios; Ahora bien la Corte precisa que se deberá, entonces, realizar un examen de la normatividad urbanística respecto a la legalidad de la reja construida que motivó esta acción de tutela, a partir de los derechos de los sujetos de especial protección. Para tal efecto, deberá hacer un análisis integral, desde las obligaciones de cuidado que en primer término corresponden a los familiares, y, a la vez de las acciones afirmativas que corresponden al Estado como garante y promotor de la igualdad real de las personas que, por su condición de discapacitadas, se encuentran en una situación de debilidad manifiesta. |
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| 2026 |
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Decreto 545 de 2026 Nivel Nacional
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Establece directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá, como área de interés ecológico nacional, para garantizar su integridad ecológica, impulsar la transición y resiliencia territorial, fortalecer la adaptación climática, ordenar el territorio alrededor del agua y promover la sostenibilidad de las actividades productivas, culturales y sociales. |
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| 2026 |
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Decreto 1106 de 2026 Nivel Nacional
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Adiciona una subsección a la Sección 2 del Capítulo 1 del Título 2, de la parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, en lo relacionado con los Esquemas de Ordenamiento Territorial aplicables exclusivamente a las etapas de diagnóstico, formulación, implementación, seguimiento y evaluación, revisión y modificación de Esquemas de Ordenamiento Territorial - EOT. |
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