Documentos para PENSION DE INVALIDEZ :: Beneficiarios
Año   Documento   Restrictor  
2015   Sentencia 020 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

La norma acusada efectivamente prevé un tratamiento especial en pensiones de invalidez, que puede ser más beneficioso que la regla general para quienes por su corta historia de aportes estables al sistema general de pensiones no reúnen 50 semanas de cotización en tres años anteriores a la estructuración de la invalidez. Ahora bien, el legislador decidió circunscribir ese potencial beneficio únicamente a la población con menos de veinte años de edad, la cual puede entonces acceder a la pensión de invalidez si además de cumplir los restantes requisitos tiene 26 semanas de cotización en el año inmediatamente anterior a la estructuración de la invalidez o a su declaración. Por lo anterior la Corte declarará exequible la norma acusada, con la condición de que se extienda lo allí previsto en materia de pensiones de invalidez hacia toda la población joven, definida esta última razonablemente conforme lo señalado en esta sentencia, y en la medida en que resulte más favorable al afiliado.
 

 
2015   Sentencia 456 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

La pensión de invalidez busca amparar a la persona que ha sufrido una disminución física o mental que afecta su capacidad laboral y, por consiguiente, su calidad de vida. Además, se orienta a proteger el mínimo vital de la persona y de su familia, si esta depende de los ingresos del afectado. Así, la jurisprudencia constitucional ha considerado que el derecho a la pensión de invalidez, puede, bajo determinadas circunstancias, adquirir rango fundamental cuando se relaciona con el derecho a la vida, al mínimo vital, al trabajo, la salud y la igualdad, de las personas que sufren una disminución parcial o total de su capacidad laboral por razones ajenas a su voluntad. Este derecho adquiere una connotación especial al buscar preservar los derechos de los sujetos de especial protección como los disminuidos físicos, sensoriales o psíquicos.
 

 
2016   Sentencia de Unificación SU-588 de 2016 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional aborda la procedencia de la acción de tutela para solicitar el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez. Establece que las semanas cotizadas después de la fecha de estructuración de la invalidez deben ser tenidas en cuenta, especialmente cuando la fecha de estructuración coincide con el nacimiento de la persona o con la aparición del primer síntoma. Esto se hace para evitar la discriminación y proteger a las personas con discapacidad.
 

 
2026   Sentencia de Unificación SU-254 de 2026 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte resalta que amparó los derechos al debido proceso, la seguridad social, el mínimo vital y la vida digna de un trabajador que sufrió una pérdida de capacidad laboral del 66,67% acumulada tras un accidente laboral inicial y patologías de origen común. La Corte determinó que la Sala de Descongestión Laboral de la Corte Suprema de Justicia no incurrió en defecto fáctico sobre la calificación del origen de las secuelas, pero sí configuró un defecto por desconocimiento del precedente constitucional al negar la pensión de invalidez bajo el artículo 1° de la Ley 860 de 2003 sin evaluar la aplicación del principio de la condición más beneficiosa.
 

 

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