| 2012 |
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Acuerdo 516 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.
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La Administración Distrital, bajo la responsabilidad de la Secretaría de Movilidad, establecerá las directrices, los criterios técnicos aplicables, los alcances y la ubicación de las ¿Zonas Amarillas Seguras¿ y las zonas de parqueo en vía de vehículos tipo taxi. Así mismo, la Secretaría Distrital de Gobierno adoptará los mecanismos necesarios y desarrollará el acompañamiento operativo en materia de seguridad para estas zonas que se ajustarán integralmente a las directrices de mayor jerarquía previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá ¿POT, con relación a los accesos vehiculares a predios con frente a vías de la malla arterial y en lo pertinente a lo señalado respecto a estacionamientos. |
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| 2025 |
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Resolución 171802 de 2025 Secretaría Distrital de Movilidad
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Adopta el Protocolo para el aprovechamiento económico del espacio público en la actividad de servicios en zonas amarillas de excelencia operacional, para el aprovechamiento económico del espacio público en la actividad de Servicios en zonas amarillas de excelencia operacional (ZEO), instrumento mediante el cual se reglamenta esta actividad con motivación económica, teniendo como fines proteger el espacio público, prestar al usuario un servicio de calidad y con excelencia operacional, así como mejorar el control del tránsito y regular las actividades que afectan la movilidad. |
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