| 2004 |
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Ley 906 de 2004 Congreso de la República de Colombia
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La decisión será individualizada frente a cada uno de los enjuiciados y cargos contenidos en la acusación, y deberá referirse a las solicitudes hechas en los alegatos finales. El sentido del fallo se dará a conocer de manera oral y pública inmediatamente después del receso previsto en el artículo anterior, y deberá contener el delito por el cual se halla a la persona culpable o inocente. Ahora bien, si el fallo fuere condenatorio, o si se aceptare el acuerdo celebrado con la Fiscalía, el juez concederá brevemente y por una sola vez la palabra al fiscal y luego a la defensa para que se refieran a las condiciones individuales, familiares, sociales, modo de vivir y antecedentes de todo orden del culpable. |
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| 2025 |
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Sentencia SP2226 de 2025 Corte Suprema de Justicia
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La Corte establece que la imputación, la acusación y la sentencia deben mantener una coherencia estricta en sus hechos fundamentales. Se aclara que variaciones menores en la redacción o la cronología no anulan el proceso si no se alteran los hechos esenciales o se agregan hipótesis nuevas. Razón por la cual se niega la nulidad porque, aunque hubo errores en la fecha inicial (imputación), esta se corrigió y mantuvo invariable desde la acusación. |
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