Documentos para PRINCIPIOS :: Principio de Inescindibilidad
Año   Documento   Restrictor  
2016   Sentencia de Unificación 850013 de 2016 Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo  

El Consejo de Estado aborda y desestima el argumento del Ministerio de Defensa según el cual, al conceder el reajuste, se estaría combinando lo más favorable de dos regímenes salariales diferentes, quebrantando el principio de inescindibilidad (o indivisibilidad) de las normas. La Sala concluye que la regulación salarial de los soldados profesionales está contenida íntegramente en el Decreto Reglamentario 1794 de 2000, y que su artículo 1, inciso 2, ya establece el 60% para los ex-voluntarios, sin necesidad de combinar regímenes.
 

 
2019   Sentencia de Unificación 02235 de 2019 Consejo de Estado  

Principio de inescindibilidad de la norma (&) consiste en entender que las normas jurídicas bajo las cuales ha de regirse un asunto concreto, deben ser aplicadas en su integridad, es decir, no pueden ser divididas para resolver con parte de ellas y parte de otras el caso de que se trate. [&] [L]a inescindibilidad se estructura con fundamento en el principio de favorabilidad, según el cual, no es viable desmembrar las normas legales, de manera que quien resulte beneficiario de un régimen debe aplicársele en su integridad y no parcialmente tomando partes de uno y otro ordenamiento. [...] [C]uando en un asunto se encuentran dos o más textos aplicables a la solución del caso concreto, la norma que se adopte: i) debe ser la más favorable al trabajador y ii) debe ser aplicada en su integridad, con lo cual, se evita el desmembramiento de las normas legales para tomar aspectos favorables que uno y otro régimen ofrezca.[&] De esta manera, quien invoca un ordenamiento que le beneficia y quien en efecto lo aplica no puede recoger las prebendas contenidas en el uno para incrustarlas en la aplicación del otro.
 

 
2022   Sentencia de Unificación 110010 de 2022 Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo  

El Consejo de Estado señala que el principio de inescindibilidad de la norma impide aplicar una disposición normativa de manera fraccionada. Este principio supone, tanto para la doctrina como para la jurisprudencia, que las normas jurídicas bajo las cuales ha de regirse o solucionarse un asunto concreto deben ser aplicadas en su integridad, es decir, no pueden aplicarse de manera fraccionada, para resolver con parte de ellas y parte de otras el caso de que se trate. Aplicado al tema objeto de esta unificación implica que, como el artículo 188 de la Ley 1437 de 2011 remite expresamente a las disposiciones generales del procedimiento civil para la liquidación y ejecución de la condena en costas en materia contencioso administrativa, en la realización de dichos trámites el juez tiene vedado: i) prescindir de la aplicación de las normas del Código General del Proceso en la tramitación de la liquidación de la condena en costas. ii) aplicar normas distintas a la definidas por el legislador. iii) aplicar el régimen procesal civil para algunos aspectos de la liquidación y ejecución de la condena en costas, y para otros aplicar el régimen de la Ley 1437 de 2011.
 

 

Total: 3 documentos encontrados para PRINCIPIOS :: Principio de Inescindibilidad