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Directiva Presidencial 08 de 2021 Presidencia de la República
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Indica a las entidades públicas del orden nacional que conforman el Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud, del Ministerio de Vivienda, del Departamento Administrativo de la Función Pública, de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional -APC Colombia-, de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP-, del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX·, de INNPULSA y FONTUR, el deber de diseñar e implementar un programa de apoyo, que comprenda estímulos de carácter educativo, cultural y recreativo, entre otros, diferenciales para los consejeros de juventud. El programa debe implementarse a partir de la vigencia 2022, en armonía de lo previsto en la Ley 1622 de 2013. |
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Documento 4040 de 2021 Consejo Nacional de Politica Economica y Social Conpes
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Promueve el desarrollo de líneas de política a nivel nacional para la juventud (Pacto Colombia con las Juventudes: Estrategia para fortalecer el desarrollo integral de la juventud) que permiten: (i) fortalecer las competencias y trayectorias de vida de la población joven del país con el fin de generar mayores capacidades y oportunidades para esta población; (ii) eliminar las barreras de inclusión y equidad que enfrentan los jóvenes para el goce efectivo de los derechos, y (iii) fortalecer la gobernanza institucional para impulsar el desarrollo integral de la juventud y su
ejercicio de participación. |
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