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Decreto 399 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Pierde los beneficios, cuando alguno de los participantes del programa renuncie o incumpla las obligaciones del contrato laboral pactado, durante el periodo o los periodos en el cual se entregan los beneficios. La asignación del beneficio a empresas participantes en este programa estará limitada por el presupuesto disponible en cada una de las vigencias fiscales conforme a la vigencia de este programa, y este se causará solo a partir del momento en que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico emita la resolución en la que se señale que el modelo de ejecución del programa donde cumpla con las condiciones para su implementación. El beneficio no se activará para la población joven de 18 a 28 años hasta la finalización del programa empleo joven el primero (1) de marzo de 2023, fecha en la cual será posible la vinculación de este grupo poblacional. |
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