| Año |
|
Documento |
|
Restrictor |
|
| 2013 |
|
Sentencia de Unificación SU-515 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
|
|
La Corte profundiza en la naturaleza del proceso de pérdida de investidura, describiéndolo como un juicio de responsabilidad política con carácter sancionatorio. Se resalta que, debido a su severidad y a los derechos que limita, deben aplicarse todas las garantías del debido proceso sancionatorio, como la reserva legal, la taxatividad y la favorabilidad. Se subraya que las causales de pérdida de investidura son de orden público, de interpretación restrictiva y no admiten analogía ni extensión. |
|
| 2019 |
|
Sentencia de Unificación 110010 de 2019 Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo
|
|
El Consejo de Estado reafirma que el juicio de pérdida de investidura es un proceso de carácter sancionatorio que forma parte del ius puniendi del Estado. En sus Principios Sancionatorios: Estos procesos deben regirse por principios orientadores como la presunción de inocencia, la buena fe, la favorabilidad, el non bis in ídem, la culpabilidad, la legalidad o tipicidad, y el pro homine. En la Responsabilidad Subjetiva: La sanción debe imponerse bajo los principios de la responsabilidad subjetiva (dolo o culpa), lo que implica la obligación de analizar el elemento cognitivo y volitivo de la conducta reprochada. |
|
| 2023 |
|
Sentencia 110010 de 2023 Consejo de Estado - Sala Plena
|
|
El Consejo de Estado, define la perdida de investidura como una acción pública constitucional, de naturaleza sancionatoria, que reprocha y sanciona comportamientos contrarios a la dignidad del cargo que ejercen los representantes elegidos por voto ciudadano. La remoción de la investidura del Congresista es por causales taxativas y produce una inhabilidad permanente para ocupar cargos de elección popular. |
|
Total: 3 documentos encontrados para PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA ::
Naturaleza Jurídica
|