| 2016 |
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Sentencia C-633 de 2016 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional precisa que al pretermitir el anuncio previo de votación del informe de objeciones en la plenaria de la Cámara de Representantes, se les imposibilitó a las minorías participar activamente en el proceso deliberativo de creación del derecho, negando la preparación del debate y de los argumentos que sustentaran las razones de oposición y que consiguieran, dado el caso, llevar al convencimiento sobre la importancia de acoger las objeciones y retirar de la iniciativa la parte objetada. La falta de unanimidad manifiesta que existían divergencias frente a lo aprobado, siendo el aviso un instrumento necesario de transparencia, participación política y garantía de la oposición, en el que se busca impedir que las decisiones tan sólo reflejen la regla de las mayorías, sobre la base de una determinación acogida de manera irreflexiva y desinformada. Precisamente, en el Auto 171 de 2009, al pronunciarse sobre una irregularidad detectada en el aviso previo, la Corte señaló que dicho vicio es subsanable cuando su ocurrencia no incide negativamente en la manifestación de la voluntad de las minorías congresionales[151], aspecto que, como se nota, no ocurrió en el asunto bajo examen, al tomar por sorpresa a los congresistas con la votación de un informe que nunca fue anunciado, excluyendo a las minorías de la posibilidad de impactar, en términos reales, en el debate y en el resultado final sobre la procedencia de las objeciones.
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